Advertidos errores en el texto de la Sentencia número 208/1989, de 14 de diciembre de 1989, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» número 10, de 11 de enero de 1990, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la página 15, segunda columna, párrafo 1, línea 11, donde dice: «éstos pueden desobederlo», debe decir: «éstos pueden desobedecerlo».
En la página 15, segunda columna, párrafo 5, línea 7, donde dice: «Letrado del Estado», debe decir: «Abogado del Estado».
En la página 15, segunda columna, párrafo 6, línea 3, donde dice: «participación electroal», debe decir: «participación electoral».
En la página 16, primera columna, párrafo 7, línea 2, donde dice: «propaganda institucinal», debe decir: «propaganda institucional».
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