Advertido error en el texto de la Sentencia núm. 44, de 10 de marzo de 1997, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 87, de 11 de abril de 1997, se transcribe a continuación la oportuna corrección:
En la pág. 20, segunda columna, tercer párrafo, línea 4, donde dice: «o mantenimiento (STC 128/1995, fundamento jurídico 4.º), ni el motivo relativo a la seriedad de la imputación (STC 128/1995, fundamento jurídico 5.°), ni el que se referiría a la finalidad de la medida de privación de libertad (STC 128/1995, fundamento jurídico 6.°), pueden ser estimados.», debe decir: «o mantenimiento, ni el motivo relativo a la seriedad de la imputación, ni el que se referiría a la finalidad de la medida de privación de libertad, pueden ser estimados.».
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