Orden de 22 de septiembre de 1961 por la que se dispone que por todos os Centros docentes del Departamento, no obstante haber transcurrido los plazos fijados, se admita matrícula para enseñanza oficial tanto a los becarios dotados con cargo al Fondo Nacional para el Fomento del Principio de Igualdad de Oportunidades y Patronato de Protección Escolar como a los que habiendo aspirado a dichas becas dentro de las convocatorias normales no obtuvieron el beneficio, en las condiciones que se indica
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«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 1961, páginas 13817 a 13817 (1 pág.)