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Documento BOE-A-1991-11740

Orden de 9 de mayo de 1991 por la que se modifica el artículo 5.º de la de 2 de marzo de 1988, sobre delegación de atribuciones en diversos órganos del Departamento.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 15 de mayo de 1991, páginas 15593 a 15593 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1991-11740
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1991/05/09/(3)

TEXTO ORIGINAL

LA ORDEN DE 2 DE MARZO DE 1988 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 4), DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNICA LAS ATRIBUCIONES DE CONVOCATORIA Y RESOLUCION DE LOS PROGRAMAS CUYA GESTION Y FINANCIACION TIENE ENCOMENDADAS.

SIN EMBARGO, LA EXPERIENCIA HA DEMOSTRADO QUE PARA LA EFICAZ GESTION DE LOS PROGRAMAS ENCOMENDADOS A ESE CENTRO DIRECTIVO, ES CONVENIENTE AMPLIAR LA DELEGACION DE ATRIBUCIONES, HACIENDOLA EXTENSIBLE A LA REVOCACION, REVISION Y SOBRESEIMIENTO DE LAS BECAS Y AYUDAS CONCEDIDAS, ASI COMO A LA RESOLUCION DE RECLAMACIONES CONTRA SU DENEGACION.

EN SU VIRTUD, DE ACUERDO CON EL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, ESTE MINISTERIO HA DISPUESTO:

PRIMERO. EL ARTICULO 5. DE LA ORDEN DE 2 DE MARZO DE 1988 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 4), SOBRE DELEGACION DE ATRIBUCIONES EN DIVERSOS ORGANOS DEL DEPARTAMENTO, QUE DARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:

<QUINTO. SE DELEGAN EN EL DIRECTOR GENERAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNICA LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:

A) LA CONVOCATORIA Y RESOLUCION DE LOS CONCURSOS PARA LA ADJUDICACION DE TODOS LOS PROGRAMAS CUYA GESTION Y FINANCIACION CORRESPONDA A LA DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNICA, ASI COMO LA ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS QUE, EN SU CASO, EN RELACION CON LOS MISMOS, HAYAN DE SUSCRIBIRSE.

B) LA RESOLUCION DE RECLAMACIONES CONTRA LA DENEGACION DE BECAS, AYUDAS Y SUBVENCIONES DE LOS ANTERIORES PROGRAMAS.

C) LA REVOCACION, REVISION Y SOBRESEIMIENTO DE BECAS, AYUDAS Y SUBVENCIONES DE LOS ANTERIORES PROGRAMAS.

D) LAS COMPETENCIAS QUE EL ORDENAMIENTO JURIDICO ATRIBUYE AL MINISTRO DE EDUCACION Y CIENCIA EN RELACION CON EL PERSONAL CIENTIFICO-INVESTIGADOR DEL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, A EXCEPCION DE LAS DELEGADAS EN OTROS ORGANOS POR LA PRESENTE ORDEN.>

SEGUNDO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 9 DE MAYO DE 1991.

SOLANA MADARIAGA

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNICA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 09/05/1991
  • Fecha de publicación: 15/05/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 16/05/1991
  • Fecha de derogación: 03/03/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 5 de la Orden de 2 de marzo de 1988 (Ref. BOE-A-1988-5461).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
Materias
  • Becas
  • Consejo Superior de Investigaciones Científicas
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Investigación Científica y Técnica
  • Ministerio de Educación y Ciencia
  • Subvenciones

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