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Documento BOE-A-1994-12971

Resolución de 16 de mayo de 1994, de la Universidad de Zaragoza, por la que se hace público el plan de estudios conducente a la obtención del título de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas en la Escuela Universitaria Politécnica de La Almunia (Zaragoza).

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 1994, páginas 18138 a 18143 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1994-12971

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y el artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, por el que se establecen las directrices generales comunes de los planes de estudio de los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional,

Este Rectorado ha resuelto publicar el plan de estudios correspondiente al título oficial de Ingeniero técnico en Informática de Sistemas, a impartir en la Escuela Universitaria Politécnica de la Almunia (Zaragoza) que fueron aprobados el 16 de julio de 1993 por la Junta de Gobierno de la Universidad de Zaragoza y homologado por el Consejo de Universidades por acuerdo de su Comisión académica de 28 de septiembre de 1993.

Zaragoza, 16 de mayo de 1994.-El Rector, Juan José Badiola Díez.

ANEXO

La publicación en el <Boletín Oficial del Estado> del día 20 de noviembre de 1990 de las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención del título de Ingeniero técnico en Informática de Sistemas dio paso al período de tres años, en que deben elaborarse los nuevos planes de estudio de esta diplomatura.

Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza dedican el capítulo I del título <Docencia e Investigación> a los planes de estudio, y en su artículo 102 se especifica que todo plan de estudios deberá ir precedido de un análisis razonado de los objetivos de formación y aprendizaje que se pretenden alcanzar con el plan de estudios que se articulará posteriormente.

Complementariamente, la Resolución de la Junta de Gobierno de la Universidad de Zaragoza de 31 de enero de 1991 sobre elaboración y tramitación de los nuevos planes de estudio señaló el procedimiento para la reforma de los mismos, subrayando la conveniencia de abordar esta tarea lo antes posible.

Trazar unos objetivos para el Ingeniero técnico en Informática de Sistemas exige partir de las funciones, actividades y tareas que le pueden se encomendadas en su ejercicio profesional para establecer el tipo y el nivel de los conocimientos, habilidades y actitudes que han de constituir el aprendizaje del estudiante.

Numerosas consultas, conversaciones con los agentes económicos y sociales y un período de información pública concluyeron en la enumeración articulada de las funciones, actividades y tareas que corresponden al Ingeniero técnico en Informática de Sistemas y cuya capacitación se pretende a través del proceso educativo, delimitando así el perfil propio de la titulación.

Las funciones que se han considerado que debe realizar el Ingeniero técnico en Informática de Sistemas son:

El ejercicio en la Administración Pública, el ejercicio en la empresa, el ejercicio libre de la profesión y el ejercicio en instituciones dedicadas a la enseñanza y a la investigación. Cada una de estas funciones desarrolla una serie de actividades que son:

En la Administración Pública:

Informes técnicos.

Desarrollo y supervisión de proyectos.

Formación de personal.

Definición y gestión de políticas informáticas.

Normalización y homologación de recursos informáticos.

Elaboración y realización de presupuestos.

En la empresa:

Desarrollo de proyectos.

Manufactura de productos informáticos.

Mantenimiento y control de calidad informáticos.

Comercialización.

Dirección técnica de la empresa.

Gestión de compras y ventas de productos informáticos.

En el ejercicio libre de la profesión:

Redacción y firma de proyectos informáticos.

Asesoría.

Peritaciones.

En la enseñanza e investigación:

Impartir enseñanzas a todos los niveles que la legislación adscribe a los mencionados titulados.

Las enseñanzas a impartir deben cubrir el panorama informático de la forma más exhaustiva posible, objetivo realizable a tenor de la flexibilidad proporcionada por las asignaturas optativas, entre otras cosas, porque no se forma al titulado para un puesto de trabajo específico.

De acuerdo con estas tareas, los objetivos adecuados al título de Ingeniero técnico en Informática de Sistemas deben ser:

Suministrar una cobertura amplia y rigurosa de la informática de forma que el alumno adquiera una sólida base de conocimientos generales.

Inculcar en el alumno la disposición adecuada para adaptarse a los constantes cambios de una disciplina en rápida evolución.

Integrar los conocimientos informáticos dentro del esquema general de materias asignadas a estudios afines.

En consecuencia, se articula el siguiente plan de estudios, aprobado en Junta de Gobierno de 16 de julio de 1993.

(PLAN DE ESTUDIOS OMITIDO)

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/05/1994
  • Fecha de publicación: 08/06/1994
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1987-27707).
    • art. 29 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto (Ref. BOE-A-1983-23432).
Materias
  • Ingenieros Técnicos en Informática de Sistemas
  • Planes de estudios
  • Universidad de Zaragoza

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