En el recurso contencioso-administrativo número 1.401/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Daniel Sánchez, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 21 de junio de 1993 y 16 de mayo de 1994, se ha dictado, con fecha 13 de febrero de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido a nombre de "Daniel Sánchez, Sociedad Anónima", contra acuerdos de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 21 de junio de 1993 y 16 de mayo de 1994, éste desestimatorio de la reposición formulada contra el primero, por los que se concedió la marca número 1.586.627, "Dany Danone", clase 29, relativa a productos lácteos y postres lácteos; cuyos acuerdos declaramos conforme a Derecho. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de abril de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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