En el recurso contencioso-administrativo número 1/6872/92, interpuesto ante el Tribunal Supremo, por la representación procesal de don Manuel Marcial García López y otro, contra el acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 23 de noviembre de 1991 sobre declaración de urgencia de procedimiento expropiatorio correspondiente al «Proyecto de restitución de caudales a los riegos de la vega de Granada», se ha dictado auto, en fecha 28 de septiembre de 1995, cuya parte dispositiva literalmente dice:
«La Sala acuerda declara apartada y desistida, a la parte recurrente, don Manuel Marcial García López y don Antonio y don Manuel López Peralta, representados por el Procurador señor González Salinas, y terminado este procedimiento, sin hacer expresa imposición de costas.»
Esta Subsecretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos el referido auto.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 28 de diciembre de 1995.-El Subsecretario, Antonio Llardén Carratalá.
Ilmo. Sr. Director general de Obras Hidráulicas.
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