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Documento BOE-A-1996-17793

Resolución de 1 de julio de 1996, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 2 de agosto de 1996, páginas 23909 a 23913 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-17793

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 184/1985, de 31 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 30 de agosto), y con el fin de atender las necesidades de personal de la Universidad de Córdoba,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Córdoba, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Córdoba, tres por el sistema de promoción interna y una por el sistema general de acceso libre.

1.2 Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los sistemas.

1.3 Las plazas reservadas a la promoción interna y que queden sin cubrir se acumularán a las del sistema general de acceso libre.

1.4 El número de plazas convocadas podrá incrementarse en un 10 por 100 adicional en función de las vacantes que se produzcan desde la fecha de esta convocatoria hasta el momento de la publicación de la lista definitiva de aprobados.

1.5 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; los Estatutos de la Universidad de Córdoba y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.6 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de abril, tendrán, en todo caso, preferencia sobre el resto de los aspirantes para cubrir los puestos de trabajo vacantes que se ofrezcan.

1.7 El procedimiento de selección de los aspirantes, será el sistema de oposición, con los ejercicios, valoración y calificación que se especifican en el anexo I.

1.8 El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.9 El primer ejercicio se iniciará en Córdoba a partir del día 1 del mes de octubre de 1996. La fecha, hora y lugar del mismo se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado», en la Resolución del Rectorado de la Universidad de Córdoba en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

1.10 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente o haber realizado los estudios necesarios para su obtención en la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias de la presente convocatoria.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas pruebas por el sistema de promoción interna deberán reunir además los siguientes requisitos:

a) Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos que prestan servicios en la Universidad de Córdoba.

b) Poseer destino en propiedad y prestar servicios en la Universidad de Córdoba y estar en situación de servicio activo.

c) Poseer una antigüedad de al menos dos años en el cuerpo o escala a que pertenezcan.

d) Reunir los demás requisitos generales exigidos en esta convocatoria.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en alguno de los cuerpos o escalas anteriormente citados, serán computables a efectos de antigüedad, para participar en estas pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente en el Rectorado de esta Universidad. Asimismo, será válido el modelo oficial aprobado por la Secretaría de Estado para la Función Administrativa de fecha 9 de diciembre de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 19), que será facilitada en los Gobiernos Civiles de cada provincia, en las oficinas de Correos, así como el Centro de Información Administrativa de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública, en las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero, así como en los Rectorados de todas las Universidades Públicas del Estado. A la solicitud debidamente cumplimentada se acompañará, cosida, una fotocopia del documento nacional de identidad o documento sustitutivo del documento nacional de identidad.

3.2 En el recuadro de la solicitud 3, «Forma de acceso», los aspirantes deberán señalar el sistema por el que desean participar de acuerdo con las siguientes indicaciones:

a) Promoción interna: Los opositores que participen por este sistema pondrán una «P».

b) Libre: Los opositores que participen por este sistema pondrán una «L».

3.3 La presentación de solicitudes «ejemplar para la Universidad de Córdoba», se hará en el Registro General de la Universidad de Córdoba, calle Alfonso XIII, 13, o a través de las restantes formas previstas en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al excelentísimo señor Rector Magfco. de la Universidad de Córdoba.

La solicitudes suscritas por los españoles residentes en el extranjero deberán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a la Universidad de Córdoba.

3.4 Los aspirantes con minusvalía deberán indicar en su instancia la minusvalía que tengan acreditada, para lo cual utilizarán el número 6 de la solicitud destinado para ello. También deberán solicitar en el recuardo 7 las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.5 Los derechos de examen serán de 6.000 pesetas para todos los aspirantes y se ingresarán en la cuenta corriente número 3800.000.0001191 a nombre de la Universidad de Córdoba en Cajasur.

En la solicitud deberá figurar el sello de Cajasur, acreditativo del pago de los derechos o, en su defecto, el interesado deberá adjuntar a dicha solicitud resguardo original de ingreso o transferencia efectuada. La falta de alguno de estos requisitos determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente. La no presentación de solicitud, aun justificándose el abono de dichos derechos, provocará la exclusión definitiva del solicitante.

3.6 Los meros errores de hecho que de la solicitud pudieran advertirse como tales podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación, mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes y comprobado el pago de los derechos de examen, el Rector de la Universidad de Córdoba dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución se indicará el lugar en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha de realización del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos, en la que constará el nombre y apellidos, documento nacional de identidad, así como expresión de las causas y el plazo de subsanación de defectos.

4.2 Para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y o excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de publicación de la citada Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.3 Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso ordinario en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Rector de la Universidad de Córdoba, quien resolverá lo procedente.

De no presentarse recurso ordinario, el escrito de subsanación de defectos o de alegación de la omisión se considerará recurso ordinario si el aspirante fuese definitivamente excluido de la realización de los ejercicios.

4.4 Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de estas pruebas selectivas. A tal efecto, el reintegro se realizará de oficio.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III de esta convocatoria.

5.2 El órgano encargado de la selección será el Tribunal calificador, competente para la realización de estas pruebas selectivas.

El Tribunal adoptará las medidas que considere oportunas para la realización de los ejercicios que hayan de celebrarse, aprobando las instrucciones y criterios de valoración que estime pertinentes.

5.3 Los miembros del Tribunal, colaboradores o asesores deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad o Presidente del Tribunal, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a cuerpos o escalas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias citadas.

5.4 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Estado» resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que habrán de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.3.

5.5 El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

Previa convocatoria del Presidente, el Tribunal celebrará la sesión de constitución en el plazo mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá acordar la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Córdoba.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar, cuando sea posible, que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen correspondientes a ejercicios figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Córdoba, sito en calle Alfonso XIII, 13, y dispondrá lo necesario para que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas, tendrá la categoría primera de las recogidas en el anexo V del Real Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 21 de abril).

5.11 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la presente Resolución.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta base será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «Ñ», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de marzo), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 21 de febrero de 1995, salvo que el llamamiento sea en una sola tanda.

6.2 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, sin perjuicio de las tandas que se precise realizar, quedando decaídos en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La fecha y lugar de realización del primer ejercicio se publicará junto con la relación de admitidos y excluidos.

La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el anterior, así como en el tablón de anuncios del Rectorado, y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

6.5 Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Córdoba, indicando, en caso de existir las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la Resolución que acuerde la exclusión definitiva el interesado podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la exclusión, ante el excelentísimo señor Rector de la Universidad de Córdoba.

7. Lista de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios correspondientes a estas pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración de los ejercicios y en aquellos otros que estime oportuno la relación definitiva de aspirantes aprobados, por orden de puntuación, en la que constará la calificación de cada uno de los ejercicios.

Dicha relación será sometida al Rector de la Universidad de Córdoba para su conocimiento.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieren públicas las relaciones definitivas de aprobados, los aspirantes por el sistema de promoción interna deberán presentar, en el Registro General de la Universidad de Córdoba, la fotocopia compulsada del título exigido en la baes 2.1.3 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.

Los aspirantes por el sistema general de acceso libre deberán presentar los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Fotocopia debidamente compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separados, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.

d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo constar certificación del Ministerio u organismo del que dependiere para acreditar tal condición, especificando cuáles son los documentos ya presentados. Asimismo habrá de incluir en dicho certificado expresión del número e importe de trienios acreditados y de la fecha de su cumplimiento.

8.3 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.

8.4 Quienes dentro del plazo fijado y salvo caso de fuerza mayor no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujere que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.5 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera, a propuesta del Tribunal, mediante Resolución del Rector de la Universidad de Córdoba, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

La toma de posesión de estos aspirantes se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del citado órgano de selección, conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Córdoba, 1 de julio de 1996.-El Rector, Amador Jover Moyano.

ANEXO I

Ejercicios de valoración

1. El proceso de selección:

1.1 Sistema de promoción interna: El procedimiento de selección de los aspirantes por el sistema de promoción interna será el de oposición y estará formado por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio.-Consistirá en realizar una traducción directa con la ayuda de diccionarios, de dos textos de carácter profesional en dos idiomas distintos (inglés, francés, italiano o alemán), a elección del opositor. Cada texto tendrá una extensión máxima de 1.200 palabras.

Los aspirantes tendrán un plazo máximo de ciento ochenta minutos para el desarrollo de ese ejercicio y su valoración será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio.-Consistirá en la exposición por escrito de tres temas de los bloques I, II y III del programa que figura como anexo II a la convocatoria. El Tribunal elegirá al azar dos temas de cada grupo en presencia de los opositores, que deberán escoger uno de cada grupo.

Los aspirantes tendrán un plazo máximo de cuatro horas para desarrollar los temas, que serán leídos ante el Tribunal en sesión pública.

La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para tener acceso al siguiente ejercicio.

Tercer ejercicio.-Consistirá en la exposición oral ante el Tribunal, durante un período máximo de veinte minutos, de la resolución de un supuesto práctico. El Tribunal elegirá al azar para cada sesión tres supuestos, uno de cada tema de los que se indican a continuación:

Orientación bibliográfica.

Problemas de organización bibliotecaria o documental.

Nuevas tecnologías en la información.

El opositor deberá realizar uno de los tres supuestos propuestos, disponiendo de un plazo máximo de tres horas para su preparación por escrito y su valoración será de 0 a 10 puntos, siendo preciso obtener al menos cinco puntos. El opositor dispondrá de los textos, libros o apuntes que considere necesarios aportados por él mismo.

1.2 Sistema de acceso libre: El procedimiento de selección de los aspirantes por el sistema de acceso libre será el de oposición y estará formado por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio.-Consistirá en realizar una traducción directa con la ayuda del diccionario, de dos textos de carácter profesional en dos idiomas distintos (inglés, francés, italiano o alemán), a elección del opositor.

Los aspirantes tendrán un plazo máximo de ciento ochenta minutos para el desarrollo de ese ejercicio y su valoración será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio.-Consistirá en la exposición por escrito de cuatro temas de los bloques I, II, III y IV del programa que figura como anexo II a la convocatoria. El Tribunal elegirá al azar dos temas de cada grupo en presencia de los opositores, que deberán escoger uno de cada grupo.

Los aspirantes tendrán un plazo máximo de cinco horas para desarrollar los temas, que serán leídos ante el Tribunal en sesión pública.

La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para tener acceso al siguiente ejercicio.

Tercer ejercicio.-Consistirá en la exposición oral ante el Tribunal, durante un período máximo de veinte minutos, de la resolución de un supuesto práctico. El Tribunal elegirá al azar para cada sesión tres supuestos, uno de cada tema de los que se indican a continuación:

Orientación bibliográfica.

Problemas de organización bibliotecaria o documental.

Nuevas tecnologías en la información.

El opositor deberá realizar uno de los tres supuestos propuestos, disponiendo de un plazo máximo de tres horas para su preparación por escrito y su valoración será de 0 a 10 puntos, siendo preciso obtener al menos cinco puntos. El opositor dispondrá de los textos, libros o apuntes que considere necesarios aportados por él mismo.

Cuarto ejercicio.-Consistirá en la defensa oral y entrevista con el Tribunal, durante un máximo de treinta minutos, sobre una memoria en la que se desarrollará un proyecto de planificación de la biblioteca de la Universidad de Córdoba en las siguientes áreas orientativas: Formación y mantenimiento de las colecciones, gestión del proceso técnico, servicios de la biblioteca, gestión de recursos humanos y económicos, automatización bibliotecaria, evaluación de servicios, formación de usuarios, ordenación espacial, equipamiento e instalaciones.

Dicha memoria se habrá entregado al Tribunal en el momento de presentación de los aspirantes a las pruebas del tercer ejercicio.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario la obtención de cinco puntos como mínimo.

ANEXO II

Temario para el ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Córdoba

BLOQUE I. BIBLIOTECAS UNIVERSITARIAS

Tema 1. La biblioteca universitaria ante la Ley de Reforma Universitaria y los Estatutos.

Tema 2. Situación actual de las bibliotecas universitarias españolas.

Tema 3. Redes y sistemas europeos de cooperación entre bibliotecas académicas y de investigación.

Tema 4. Planificación de bibliotecas: Instalaciones y equipamiento.

Tema 5. Planificación y gestión de catálogos y control bibliográfico de fondos.

Tema 6. Los formatos bibliográficos en la actualidad, los formatos Marc, variedades geográficas y de aplicación.

Tema 7. Gestión de la colección bibliográfica. Desarrollo y evaluación de colecciones.

Tema 8. Gestión presupuestaria y financiera en bibliotecas universitarias.

Tema 9. Gestión de recursos humanos en bibliotecas universitarias.

Tema 10. Planificación, control, evaluación, difusión y promoción de los servicios del usuario.

Tema 11. Servicios en los lectores en una biblioteca universitaria: Referencia e información bibliográfica, difusión selectiva de la información y formación de usuarios.

Tema 12. Servicios en los lectores en una biblioteca universitaria: Préstamo, préstamo interbibliotecario y extensión bibliotecaria.

Tema 13. Planificación estratégica, dirección por objetivos, gestión de calidad en bibliotecas universitarias.

Tema 14. Formación y carrera profesional de bibliotecarios y documentalistas en la actualidad. Relación con otras profesiones.

Tema 15. Tendencias actuales en automatización bibliotecaria mediante sistemas integrados. Panorama actual de la automatización de bibliotecas en España.

Tema 16. Los OPACs. Diseño, prestaciones y accesos.

Tema 17. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Atención al ciudadano y calidad de los servicios en la Administración Pública.

BLOQUE II. GESTIÓN DOCUMENTAL

Tema 1. El centro de documentación: Organización, funciones y características.

Tema 2. Concepto y tipología del documento.

Tema 3. Análisis documental. Indización.

Tema 4. Lenguajes documentales.

Tema 5. El Thesaurus. Elementos, construcción y mantenimiento.

Tema 6. Resúmenes. Tipos y normas para su elaboración.

Tema 7. Recuperación de la información. Búsqueda retrospectivas y DSI. Procedimiento, manuales y automatizados.

Tema 8. Bases y bancos de datos. El mercado de los servicios documentales informatizados.

Tema 9. El CD-ROM y los soportes ópticos y multimedia.

Tema 10. Bibliometría. Normalización. La investigación en el campo de la documentación e información científica.

Tema 11. Acceso al documento original. Técnicas de reproducción del documento. Su aplicación en bibliotecas y centros de documentación. La disponibilidad universal de publicaciones.

Tema 12. Tendencias actuales en los servicios y redes de telecomunicación pública.

Tema 13. Mayoristas de información y documentación en el mundo: Grandes suministradores de información referencial, documentos, etc.

Tema 14. INTERNET, IRIS y las grandes redes teleinformáticas en la actualidad. Desarrollo, funcionamiento, organización, acceso y utilidad.

Tema 15. Servicios teleinformáticos básicos: Correo electrónico, transferencia de ficheros, conexión remota, directorios, etc.

Tema 16. Servicios teleinformáticos avanzados: Noticias Gopher, Web, Edi, etc. Aplicaciones en información y documentación.

Tema 17. Fuentes de información en humanidades.

Tema 18. Fuentes de información en ciencias sociales.

Tema 19. Fuentes de información en ciencia y tecnología.

Tema 20. Fuentes de información en biomedicina.

Tema 21. Control bibliográfico y acceso a la literatura gris, normas, patentes, tesis, informes, preprints, información y documentación comercial y empresarial, etc.

BLOQUE III. HISTORIA DEL LIBRO Y LA BIBLIOTECA. LEGISLACIÓN SOBRE EL PATRIMONIO DOCUMENTAL Y BIBLIOGRÁFICO. INFORMACIÓN CIENTÍFICA

Tema 1. Evolución del libro y la biblioteca en el siglo XIX.

Tema 2. El libro y la edición en el siglo XX.

Tema 3. Transformación y desarrollo de la biblioteca en el siglo XX.

Tema 4. Implicaciones sociales y culturales de la innovación tecnológica en información y documentación. La sociedad de la información.

Tema 5. Aparición y desarrollo de las publicaciones periódicas.

Tema 6. Origen y evolución de la biblioteca universitaria.

Tema 7. Conservación y restauración del fondo documental.

Tema 8. El patrimonio bibliográfico español. Panorama histórico. Normativa legal.

Tema 9. El Ministerio de Educación y Cultura y la Junta de Andalucía. Competencias y actuaciones en el ámbito bibliotecario.

Tema 10. El sistema español de investigación científica y desarrollo tecnológico. La ley de la ciencia y el plan nacional I+D.

Tema 11. Los derechos de autor. Convenios internacionales y legislación española.

BLOQUE IV. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Reforma constitucional.

Tema 2. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas: Su constitución, competencias, Estatutos de Autonomía. Administración Local: La provincia y el municipio.

Tema 3. La Junta de Andalucía. Instituciones autonómicas andaluzas. El Parlamento. El Presidente y el Consejo de Gobierno. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Superior de Justicia.

Tema 4. El Derecho Administrativo: Concepto, características. Fuentes del Derecho Administrativo: La ley, leyes orgánicas y ordinarias. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley. Reglamentos. Costumbres. Principios generales del Derecho. Somera referencia a las normas de Derecho Internacional.

Tema 5. El funcionario público. Concepto y clases. Selección. Nacimiento y extinción de la relación funcionarial. Provisión de puestos de trabajo. Promoción profesional. Situaciones administrativas.

Tema 6. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Selección. Puestos a desempeñar por el personal laboral.

Tema 7. Estatutos de la Universidad de Córdoba. Naturaleza, fines y estructura general de la Universidad de Córdoba. Los Departamentos universitarios. Constitución. Competencias, órganos de gobierno. Facultades, Escuelas Técnicas Superiores y Escuelas Universitarias: Creación, funciones y órganos de gobierno.

Tema 8. Estatutos de la Universidad de Córdoba. Los órganos colegiados de gobierno de la Universidad de Córdoba. Consejo Social. Claustro Universitario. Junta de Gobierno.

Tema 9. Estatutos de la Universidad de Córdoba. Los órganos unipersonales de gobierno de la Universidad de Córdoba: El Rector. Los Vicerrectores. El Secretario general. El Gerente.

Tema 10. Régimen económico-financiero de las Universidades. Financiación. Referencia al presupuesto de la Universidad de Córdoba: Elaboración, contenido y estructura.

Tema 11. El Ministerio de Educación y Ciencia. Las Universidades.

Tema 12. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. El procedimiento administrativo. Principios informadores. Las fases del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Procedimiento de ejecución.

Tema 13. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materia recurrible, legitimación y órgano competente.

Tema 14. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistemas de retribuciones e indemnizaciones. Incompatibilidades. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones y procedimientos.

Tema 15. Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescisión y denuncia. Contenido y efectos de los contratos administrativos. Acomodación de la Ley de Contratación del Estado a la legislación comunitaria.

ANEXO III

El Tribunal calificador estará constituido por los siguientes miembros:

Tribunal titular:

Presidente: Rector o persona en que delegue.

Vocales: Don Pedro García Moreno, Gerente de la Universidad de Córdoba; doña Marta Torres Santo Domingo, Directora de la Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid; doña Encarnación Fuente Melero, Facultativa de la Universidad de Granada, y doña Raquel Benito Alonso, Facultativa de la Universidad Complutense de Madrid.

Secretario: Don Rafael Ortega Domínguez, Coordinador del Área de Personal de Administración y Servicio de la Universidad de Córdoba.

Tribunal suplente:

Vocales: Don José Luis Cruz Soto, Adjunto Vicerrectorado de Investigación; doña Margarita Taladriz Mas, Directora de la Biblioteca Carlos III; don Francisco del Río del Río, Bibliotecario de la Biblioteca Pública Provincial de Córdoba, y doña Luisa Fernanda de Juan y Santos, Directora del Archivo de Presidencia de la Junta de Andalucía.

Secretario: Don Jesús Ledesma Figueroa, Coordinador del Área de Retribuciones de la Universidad de Córdoba.

ANEXO IV

Don , con domicilio en , y documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala , que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En a de de 19....

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