Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-17823

Orden de 28 de junio de 1996 por la que se modifica la autorización del centro privado de Educación Secundaria «Santo Tomás de Aquino», de La Felguera (Asturias), en la etapa del Bachillerato.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 2 de agosto de 1996, páginas 23923 a 23924 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-17823

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente del centro docente privado de Educación Secundaria denominado «Santo Tomás de Aquino», domiciliado en la calle Melquíades Álvarez, número 50, de La Felguera (Asturias), en relación con la modificación de la autorización del centro en la etapa de Bachillerato,

El Ministerio de Educación y Cultura ha resuelto:

Primero.-Modificar la autorización del centro privado de Educación Secundaria «Santo Tomás de Aquino», de La Felguera (Asturias), en la etapa de Bachillerato, que queda configurado del modo siguiente:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: «Santo Tomás de Aquino». Titular: Padres Dominicos. Domicilio: Calle Melquíades Álvarez, número 50. Localidad: La Felguera. Municipio: Langreo. Provincia: Asturias. Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: Ocho unidades y 240 puestos escolares.

b) Bachillerato modalidades de Humanidades y Ciencias Sociales, de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud y de Tecnología. Capacidad: Siete unidades y 241 puestos escolares.

Segundo.-Provisionalmente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, según lo dispuesto en el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, modificado por Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, el centro de Educación Secundaria podrá impartir las enseñanzas de 8.º de Educación General Básica, con una capacidad máxima de dos unidades y 80 puestos escolares, y Bachillerato Unificado y Polivalente y Curso de Orientación Universitaria, con una capacidad máxima de 11 unidades y 440 puestos escolares.

Tercero.-Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Departamento, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 28 de junio de 1996.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid