En el recurso contencioso-administrativo número 111/1989 (antiguo 335/1989), interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Swatch, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 16 de octubre de 1987 y 3 de abril de 1989, se ha dictado, con fecha 31 de octubre de 1991, por el citado Tribunal, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Rodríguez Montaut, en nombre y representación de "Swatch, Sociedad Anónima" debemos declarar y declaramos que es conforme a Derecho la resolución del Registro de la Propiedad Industrial que denegó la inscripción de la marca internacional número 496.846 para las clases 3, 9, 24, 25, 26 y 28; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 28 de junio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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