En el recurso contencioso-administrativo número 742/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Banco Popular Español, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de marzo de 1992, y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de abril de 1993, se ha dictado, con fecha 14 de febrero de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Banco Popular Español, representado por el Procurador de los Tribunales don Eduardo Codes Fijoo, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 2 de marzo de 1992, que concedió la marca 1.616.561.6 BANCOOP con gráfico, y contra la de 20 de abril de 1993, que desestimó el recurso de reposición, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones ajustadas a derecho, confirmando las mismas; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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