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Documento BOE-A-1996-27787

Resolución de 25 de noviembre de 1996, de la Dirección General de la Policía, por la que se convocan las pruebas de aptitud técnico-profesional para auxiliares de Detective, cuya superación sustituirá al diploma de detective privado en los expedientes de habilitación para la obtención de la tarjeta de identidad profesional de Detective Privado.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 11 de diciembre de 1996, páginas 36955 a 36962 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1996-27787

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo dispuesto por la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada («Boletín Oficial del Estado» número 186, de 4 de agosto); Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada («Boletín Oficial del Estado» número 8, de 10 de enero de 1995); Orden de 7 de julio de 1995, del Ministerio de Justicia e Interior («Boletín Oficial del Estado» número 169, del 17); Resolución de 19 de enero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior («Boletín Oficial del Estado» número 27, del 31); corrección de errores de la misma («Boletín Oficial del Estado» número 61, de 11 de marzo); Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 68, del 19); así como demás normativa aplicable a la materia con carácter directo o supletorio, y en uso de las competencias que le han sido otorgadas por el apartado sexto de la citada Resolución,

Esta Dirección General convoca pruebas de aptitud técnico-profesional para auxiliares de Detective, cuya superación sustituirá al diploma de Detective Privado en los expedientes de habilitación para la obtención de la tarjeta de identidad profesional de Detective Privado, con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Destinatarios y requisitos de los solicitantes

1.1 Destinatarios: Podrán participar en las pruebas los auxiliares de Detective que, en la fecha de promulgación de la Ley 23/1992, de 4 de agosto, se encontrasen acreditados como tales por la Dirección General de la Policía, mediante la tarjeta de identidad profesional a que se refiere el artículo 5 de la Orden del Ministerio del Interior de 20 de enero de 1981.

1.2 Requisitos: Para ser admitido a la realización de las pruebas, los solicitantes habrán de reunir, antes de que termine el último día del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad.

b) Tener la nacionalidad española.

c) Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de la funciones de Detective Privado sin padecer enfermedad que impida el ejercicio de las mismas.

d) Carecer de antecedentes penales.

e) No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.

f) No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad.

g) No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

h) No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privadas, ni de su personal o medios, como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud.

i) No ser funcionario de ninguna de las Administraciones Públicas en activo, en el momento de la solicitud ni durante los dos años anteriores a la misma.

1.3 Carencia de requisitos: Si en algún momento del procedimiento posterior a la aprobación de la lista definitiva de admitidos, se tuviere conocimiento de que algún participante no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal, previa audiencia del interesado, acordará su exclusión, comunicando a este centro directivo, en su caso, las inexactitudes o falsedades que hubiera podido cometer.

2. Solicitudes y admisión a la realización de las pruebas

2.1 Plazo y formalidades de las solicitudes: Las solicitudes de participación en las pruebas a que se refiere la presente Resolución deberán remitirse, o presentarse directamente, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», a la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, sita en la avenida de Pío XII, número 50, 28016 Madrid, utilizando el modelo de instancia que se reproduce como anexo I.

2.2 Derechos de examen: Con la solicitud, que podrá obtenerse mediante la reproducción, por fotocopia u otros sistemas, del modelo citado, deberá acompañarse necesariamente el resguardo o recibo acreditativo de haber realizado el ingreso de 5.000 pesetas, en concepto de derechos de examen, en la cuenta corriente número 7.238.898 de la Caja Postal de Ahorros, sin que, en ningún caso, sea preciso efectuar otro abono derivado de este acto.

Los derechos de examen serán reintegrados de oficio, mediante giro postal con cargo a los interesados, a aquellos que resulten excluidos en la lista definitiva.

2.3 Acreditación de requisitos: Con la solicitud de participación en las pruebas deberán presentarse los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

b) Certificado de antecedentes penales, expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes.

c) Certificado de aptitudes físicas y psíquicas, que habrá de obtenerse en la forma prevenida para la emisión de los informes de aptitud necesarios a efectos de la concesión de licencia de armas.

d) Certificación expedida por el Servicio Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, de la Dirección General de la Policía, de encontrarse acreditado como auxiliar de Detective, en la fecha de promulgación de la Ley 23/1992, mediante la tarjeta de identidad profesional a que se refiere el artículo 5 de la Orden del Ministerio del Interior de 20 de enero de 1981.

e) Declaración de cumplir los requisitos establecidos en los apartados e), f), g), h) e i) de la base 1.2 de la presente convocatoria. La referida declaración deberá ajustarse al modelo que figura en el anexo II, y podrá obtenerse mediante la reproducción, por fotocopia u otros sistemas, del modelo citado.

Cuando los documentos presentados sean fotocopia del original, deberán ser debidamente autorizados o compulsados. La compulsa deberá afectar, en su caso, a la totalidad de las páginas del documento y, cuando proceda, a las dos caras de las mismas, no considerándose válida cuando carezca de la identificación personal y firma del funcionario que la extienda. A estos efectos, no se aceptarán los documentos transmitidos por telefax u otros sistemas análogos.

2.4 Lista provisional de admitidos: Transcurrido el plazo a que se refiere la base 2.1, la Dirección General de la Policía publicará Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos de las pruebas, con indicación, para los excluidos, de la causa o causas de exclusión. Dicha lista se hará pública, asimismo, en el tablón de comunicados de la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, y en todas las Comisarías Provinciales del Cuerpo Nacional de Policía.

2.5 Período de reclamaciones: Los solicitantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista provisional de los admitidos y excluidos, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

2.6 Lista definitiva de admitidos: Las reclamaciones serán resueltas en la Resolución de este centro directivo que haga pública la lista definitiva de admitidos y excluidos de las pruebas. Dicha Resolución se hará pública, igualmente, en el «Boletín Oficial del Estado», en el tablón de comunicados de la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía y en todas las Comisarías Provinciales del Cuerpo Nacional de Policía.

3. Tribunal calificador

3.1 Designación: El Tribunal calificador estará constituido por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Don Juan Bautista Zurera Moltó, Comisario Jefe de la División de Formación y Perfeccionamiento.

Vocales:

Don Silvestre Romero Medina, Comisario, Secretario técnico de la División de Formación y Perfeccionamiento.

Don José García Molina, Comisario, Secretario técnico de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana.

Don Marcelino Martín-Blas Aranda, Comisario, Jefe del Servicio Central de Seguridad Privada.

Don José Manuel Pérez Pérez, Inspector Jefe, Jefe de Estudios del Centro de Actualización y Especialización.

Don Fernando de la Fuente Aragón, Inspector Jefe, Jefe de la Sección Operativa de Control de Empresas de Seguridad.

Don Juan Serafín Quero Torres, Inspector Jefe, Jefe de la Sección Técnica de Procesos de Seguridad Privada.

Suplentes:

Presidente: Don Santiago Cuadro Jaén, Comisario, Comisario general de Seguridad Ciudadana.

Vocales:

Don Juan María Cabo Mansilla, Comisario Principal, Jefe del Centro de Actualización y Especialización.

Don José Luis Rodríguez Moreno, Comisario, Jefe del Servicio de Procesos Selectivos.

Don Jesús Núñez Hípola, Inspector Jefe, Jefe de la Sección Técnica de Baremación y Documentación.

Don José Ramón Hermida Fernández, Inspector Jefe, Jefe de la Sección Técnica del Servicio Central de Seguridad Privada.

Don Ángel Bernardos Mañas, Inspector Jefe, Jefe de Grupo Técnico.

Don Félix Sánchez Sotoca, Inspector, Jefe de la Sección Operativa de Detectives.

En la sesión constitutiva el Tribunal designará de entre sus miembros un Secretario titular y otro suplente.

3.2 Sede del Tribunal: A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la División de Formación y Perfeccionamiento, de la Dirección General de la Policía, avenida de Pío XII, 50, 28016 Madrid, teléfonos (91) 302 58 20 y (91) 302 37 93.

El Presidente dispondrá que en esta sede al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas.

3.3 Actuación del Tribunal: El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, para sesiones de valoración de pruebas, sin la presencia de, al menos, cinco miembros. Para sesiones de simple ejecución de pruebas, o cuando éstas deban llevarse a cabo por asesores especialistas, bastará la intervención de un miembro del Tribunal, comisionado por éste, para asegurar su correcta realización y trasladarle los resultados de la prueba.

Al Tribunal le corresponde el desarrollo y calificación de las pruebas, y resolverá cuantas dudas puedan surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos en ellas. De cada sesión del Tribunal se levantará el acta correspondiente.

Los errores de hecho podrán subsanarse por el Tribunal o, en su defecto, por este centro directivo, de oficio o a instancia de parte, en cualquier fase del procedimiento.

3.4 Nombramiento de asesores y colaboradores: El Tribunal podrá designar, para todas o algunas de las fases de las pruebas, a los asesores especialistas y personal colaborador y auxiliar que estime necesario, los cuales se limitarán al ejercicio de las funciones que les sean encomendadas.

3.5 Abstención y recusación: Deberán abstenerse de intervenir en las pruebas, comunicándolo al Director general de la Policía, los miembros del Tribunal, asesores y colaboradores en los que concurra alguno de los supuestos de abstención previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en los referidos supuestos de abstención. Asimismo, los participantes en las pruebas podrán recusar a los miembros del Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la mencionada Ley.

3.6 Asistencias y retribuciones: Los miembros del Tribunal, asesores y colaboradores, tendrán derecho al cobro de la asistencias de la categoría tercera, según lo dispuesto por el artículo 33 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 68, del 19), o, en su caso, al percibo de las retribuciones que puedan corresponderles.

4. Pruebas de aptitud

4.1 Descripción de las pruebas: Constarán de dos ejercicios eliminatorios:

4.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de preguntas, ajustadas al programa que se acompaña, como anexo III, a la presente Resolución, y que se corresponde con el publicado en anexo 11 de la Resolución de 19 de enero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior («Boletín Oficial del Estado» número 27, del 31), y corrección de errores de la misma («Boletín Oficial del Estado» número 61, de 11 de marzo).

Este ejercicio se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de cinco para aprobar. El Tribunal calificador hará pública, en el tablón de comunicados de la División de Formación y Perfeccionamiento, la relación de los participantes que lo hayan superado y sean convocados a la realización del siguiente.

4.1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito de un caso práctico en el que deberán interrelacionarse las materias contenidas en el programa referido en el apartado anterior.

Posteriormente, los participantes deberán leer ante el Tribunal, en sesión pública, este ejercicio. Tras la lectura, el Tribunal podrá solicitarles las aclaraciones que estime convenientes, así como formular preguntas dirigidas a contrastar sus conocimientos. El tiempo empleado en la lectura no podrá exceder de veinte minutos. Este ejercicio se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco para aprobar.

Finalizadas las pruebas de aptitud, el Tribunal elevará propuesta al Director general de la Policía con la relación de participantes que las hayan superado y declarados aptos, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

4.2 Lugar y fecha de realización de las pruebas: Las pruebas se realizarán en Madrid. En la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva de solicitantes admitidos y excluidos de las mismas, se indicará el lugar concreto y la fecha en que se llevará a cabo el primer ejercicio.

La convocatoria para la realización del segundo ejercicio se hará pública con, al menos, veinticuatro horas de antelación, en el tablón de comunicados de la División de Formación y Perfeccionamiento.

4.3 Llamamiento: Los participantes serán convocados para cada ejercicio en un único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan al mismo.

En los casos de fuerza mayor, que deberán ser justificados documentalmente, el Tribunal podrá autorizar la realización de las pruebas en un segundo y definitivo llamamiento que deberá realizarse dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se efectuó el primero. Quien no comparezca a este segundo llamamiento será excluido del proceso cualquiera que sea la causa que pueda alegarse al respecto.

4.4 Identificación de los participantes: Los participantes deberán comparecer a las diferentes pruebas provistos del documento nacional de identidad, cuya presentación podrá ser exigida por el Tribunal, incluso durante el desarrollo de las mismas. Serán excluidos quienes no presenten dicho documento.

4.5 Orden de actuación: El orden de actuación ante el Tribunal, cuando a ello haya lugar, será alfabético, comenzando por la letra «Ñ», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» número 55, de 4 de marzo), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, celebrado el 21 de febrero de 1996.

En el supuesto de que no exista ningún participante cuyo primer apellido comienzo con la letra «Ñ», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O», y así sucesivamente.

No obstante, el Tribunal podrá alterar el orden indicado, a los efectos de evitar excesivos desplazamientos a los participantes residentes en territorio no peninsular.

También podrá el Tribunal, para favorecer la mecánica de las pruebas, disponer que determinados ejercicios, o parte de los mismos, se realicen en la misma fecha o en unidad de acto. Sin embargo, sólo se entrará a evaluar cada uno respecto de quienes hayan aprobado el anterior.

5. Superación de las pruebas

La superación de los dos ejercicios que componen las pruebas de aptitud técnico-profesional sustituirá al diploma de Detective Privado en los expedientes de habilitación para la obtención de la tarjeta de identidad profesional de Detective Privado, debiendo reunir los restantes requisitos generales y específicos a que se refieren los artículos 53 y 54.5.c) del Reglamento de Seguridad Privada.

Oportunamente, se determinará el procedimiento para la tramitación de los expedientes de habilitación a que se refiere el párrafo anterior.

6. Norma final

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 25 de noviembre de 1996.-El Director general, Juan Gabriel Cotino Ferrer.

(ANEXO I OMITIDO)

ANEXO II

Declaración

Don/doña titular del documento nacional de identidad número expedido en, el ....... de de 199..........

Declara:

Primero: Que no ha sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud para participar en las pruebas de aptitud técnico profesional para Auxiliares de Detective.

Segundo: Que no ha sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad.

Tercero: Que no ha sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Cuarto: Que no ha ejercicio funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privada, ni de su persona o medios como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud ya citada.

Quinto: Que no es funcionario de ninguna de las Administraciones Públicas en activo, en el momento de la solicitud ni durante los dos años anteriores a la misma.

Y para que conste, a los efectos de cumplir lo dispuesto en la base 2.3. e) de la convocatoria para la prueba de aptitud técnico-profesional para Auxiliares de Detective, publicadas por Resolución de la Dirección General de la Policía de de de 199 («Boletín Oficial del Estado» número , de de de 199), firma la presente declaración en a de de 199.

Firma (1)

DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA.

División de Formación y Perfeccionamiento.

Avenida Pío XII, 50, 28016 Madrid.

(1) Para la validez de esta declaración, es imprescindible la firma del/la interesado/a.

ANEXO III

Programa al que deben ajustarse las pruebas de Auxiliares de Detective

A) MÓDULO ÁREA JURÍDICA

Derecho Constitucional

Tema 1. La Constitución. Noción y significado dentro de los estados modernos. Especial referencia a su carácter fundamental dentro del resto del ordenamiento jurídico.

Tema 2. La Constitución Española vigente. Los principios básicos que la inspiran. Su forma de Estado. Su régimen político.

Tema 3. Instituciones políticas cardinales del Estado español, según la Constitución y sus distintos poderes. El Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo.

Tema 4. La figura del Defensor del Pueblo en nuestra Constitución.

Tema 5. Orden público y seguridad según nuestra Constitución. Órganos garantes del orden público y de la seguridad. El modelo policial constitucional.

Tema 6. Sindicato de trabajadores y asociaciones empresariales a la luz de nuestro texto constitucional.

Tema 7. Los derechos de los ciudadanos de acuerdo con el modelo de estado social y democrático de derecho configurado por nuestra Constitución.

Tema 8. Los derechos personales o individuales; los derechos políticos; los derechos sociales y los derechos económicos reconocidos en nuestro texto constitucional.

Tema 9. Desarrollo especial de los derechos contra la vida y la integridad física y moral, la libertad ambulatoria, la inviolabilidad de domicilio, de la correspondencia y del resto de los derechos de la intimidad personal.

Tema 10. Tutela jurídica y garantías constitucionales con relación a los derechos fundamentales.

Derecho Penal. Parte general

Tema 1. Derecho Penal. Su concepto y legitimación.

Tema 2. El Derecho Penal en nuestra Constitución (Derecho Penal Constitucional).

Tema 3. Principios fundamentales del Derecho Penal moderno. Especial referencia al principio de legalidad.

Tema 4. Las fuentes del Derecho Penal. La interpretación de la Ley penal.

Tema 5. Los límites temporales del Derecho Penal.

Tema 6. Límites de la Ley penal en el espacio. Derecho Penal internacional. Especial referencia a las figuras de la extradición y del asilo según el ordenamiento jurídico español. Efectos de los juicios extranjeros.

Tema 7. La infracción penal. Definición y clases de infracciones penales. Especial referencia a infracciones graves, menos graves y leves perseguibles de oficio y a «instancia de parte».

Tema 8. La acción en la infracción penal. Acción y omisión, infracciones penales por omisión pura. Infracciones penales por comisión por omisión. Relación de causalidad y sus teorías fundamentales. Ejecución y grados de ejecución de la infracción penal.

Tema 9. Tipicidad en la infracción penal.

Tema 10. Antijuridicidad en la infracción penal.

Tema 11. Imputabilidad y culpabilidad en la infracción penal. Dolo e imprudencia. La imprudencia en el Código Penal. La no exigibilidad de otra conducta. Caso fortuito. Error.

Tema 12. Punibilibad en la infración penal.

Tema 13. Unidad de delito y pluralidad de delitos (concurso de delitos).

Tema 14. Concurso de leyes. Principios de resolución.

Tema 15. Personas criminalmente responsables de delitos y faltas. Autores. Cómplices.

Tema 16. Circunstancias eximentes de la responsabilidad criminal.

Tema 17. Circunstancias modificadoras de la responsabilidad criminal (agravantes, atenuantes y mixtas).

Tema 18. Extinción de la responsabilidad criminal.

Derecho Penal. Parte especial

Tema 19. Homicidio y sus formas. Aborto. Manipulación genética.

Tema 20. Lesiones. Lesiones al feto.

Tema 21. Delitos contra la libertad: Detenciones ilegales y secuestros. Amenazas. Coacciones.

Tema 22. Delitos contra la libertad sexual: Agresiones sexuales. Abusos sexuales. Acoso sexual. Exhibicionismo y provocación sexual. Prostitución.

Tema 23. Omisión del deber de socorro.

Tema 24. Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: Especial referencia al descubrimiento y revelación de secretos, a los delitos contra el derecho a la propia imagen y al allanamiento de morada.

Tema 25. Delitos contra el honor: Calumnia e injuria.

Tema 26. Delitos contra las relaciones familiares: Especial referencia a los delitos contra los derechos y deberes familiares.

Tema 27. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico: Especial referencia a las figuras del hurto, robo, extorsión y defraudaciones.

Tema 28. Delitos contra los derechos de los trabajadores.

Tema 29. Delitos contra la seguridad colectiva: Especial referencia a los delitos contra la salud pública y contra la seguridad del tráfico.

Tema 30. Las falsedades: Falsificación de moneda y efectos timbrados. Falsedades documentales. Usurpación del estado civil.

Tema 31. Delitos contra la Administración de Justicia: Omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución. Encubrimiento. Acusación y denuncias falsas y simulación de delitos. Falso testimonio. Obstrucción a la justicia y deslealtad profesional.

Tema 32. Delitos contra la Constitución. Rebelión. Delitos contra la Corona. Delitos contra las instituciones del Estado y la división de poderes. Delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas y al deber de cumplimiento de la prestación social sustitutoria.

Tema 33. Delitos contra el orden público: Sedición. Atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos. Resistencia y desobediencia. Desórdenes públicos. Tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos y delitos de terrorismo.

Tema 34. Las faltas y sus penas: Especial referencia a las faltas contra las personas, contra el patrimonio y contra el orden público.

Derecho Procesal Penal

Tema 1. El proceso penal. Concepto. Funciones, principios. Sistemas fundamentales del proceso penal. Sistema inquisitivo, acusatorio y mixto.

Tema 2. Jurisdicción. Concepto. Competencia. Concepto. Órganos de la jurisdicción penal en España. Competencia de cada órgano jurisdiccional.

Tema 3. Fases del proceso penal.

Tema 4. Iniciación del proceso penal. Denuncia. Concepto. Obligados a denunciar. Querella: Concepto.

Tema 5. Acción penal. Concepto. Acción pública, acción popular y acción particular.

Tema 6. Detención y prisión provisional relacionada con el proceso. Derechos del detenido. Su tratamiento. Especial referencia al procedimiento de «habeas corpus». Los derechos del procesado.

Tema 7. El secreto en el proceso penal: La denuncia en diligencias previas, en el sumario, en la prueba testifical.

Tema 8. Los instrumentos de prueba en el proceso penal español. Tratamiento del objeto, efectos e instrumentos del delito. Inspección ocular. Entrada y registro en lugar cerrado. Especial referencia a la prueba testifical documental y pericial. «Pruebas prohibidas». Investigación delictiva facultada a los Detectives privados.

Tema 9. El juicio oral. Sus principios. La práctica de la prueba. Sentencia y cosa juzgada.

Tema 10. Los recursos contra la sentencia.

Tema 11. Ejecución de sentencia.

Tema 12. Cooperación procesal penal internacional. Especial referencia la homologación y convalidación de pruebas.

Derecho Civil

Tema 1. Personal civil. Vecindad. Nacionalidad.

Tema 2. El matrimonio. Requisitos. Formas válidas del matrimonio en el ordenamiento jurídico español.

Tema 3. Circunstancias modificativas del matrimonio ya celebrado: Nulidad. Divorcio. Separación. Causas de estas situaciones y correlativos efectos jurídicos.

Tema 4. Paternidad y filiación. Facultades y obligaciones derivadas de tales estados. Clases de filiación: Matrimonial, extramatrimonial y por adopción. Consecuencias jurídicas de esta diversidad.

Tema 5. La tutela. Obligaciones del tutor.

Tema 6. El testamento y sus clases.

Tema 7. Desaparición, ausencia y fallecimiento. Declaración de fallecimiento. Derivaciones jurídicas.

Tema 8. El Registro Civil. Funciones.

Tema 9. Contrato de arrendamiento urbano. Noción y requisitos. Causas de resolución de estos contratos. Arrendamiento de viviendas amuebladas. Duración del contrato de arrendamiento. Prórroga legal y excepciones.

Tema 10. El subarriendo. Contenido y clases. Facultades del inquilino en esta clase de contratos. Duración de este contrato.

Derecho Laboral

Tema 1. El Estatuto de los Trabajadores. Visión panorámica.

Tema 2. El contrato de trabajo. Su forma. Requisitos para su validez. Período de prueba. Vida y extinción del contrato de trabajo. Las partes o sujetos del contrato de trabajo.

Tema 3. Clases de contrato de trabajo: Temporal o interino. Contrato de trabajo y diferencia con el contrato de obras o servicios. Pruebas de uno o de otro.

Tema 4. El despido. Su naturaleza jurídica y clases.

Tema 5. Negociación colectiva. Concepto y derivaciones jurídicas. Huelga: Concepto, clases y sus efectos jurídicos. «Lock out». Concepto, características y efectos jurídicos.

Derecho Mercantil

Tema 1. El comerciante individual. Concepto jurídico. Capacidad jurídica para ejercer el comercio.

Tema 2. La sociedades mercantiles. Concepto y clases. Su constitución. Efectos generales de su constitución.

Tema 3. El Registro Mercantil. Concepto. Su estructura organizativa. Principios vertebradores de este sistema registral. Clases de inscripción y sus efectos.

Derecho Administrativo

A) Derecho Administrativo general:

Tema 1. Derecho Administrativo: Concepto. El acto administrativo. Requisitos. Eficacia. Nulidad y anulabilidad.

B) Derecho Administrativo especial:

Tema 1. Autoridades competentes en materia de seguridad. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el Estado español: De ámbito nacional y de ámbito regional y local. Descripción elemental de su estructura y competencias.

Tema 2. La seguridad privada dentro del espacio de la seguridad en general, a la luz de las Leyes Orgánicas 2/1986 y 1/1992. Ley de Seguridad Privada 23/1992, de 30 de julio: Notas características de la misma. Servicios y actividades autorizadas a las empresas de seguridad. Actividades prohibidas a las mismas.

Tema 3. El personal de seguridad privada. Clasificación. Requisitos generales para la habilitación del personal de seguridad privada. El Detective privado y la Administración: Obtención de habilitación, tarjeta de identidad y libro-registro. Inscripción en el Registro de la Dirección General de la Policía. Estatuto (derechos y deberes) del Detective privado. Establecimiento de sucursales. Requisitos. Funciones del Vigilante de seguridad y del Escolta privado. Funciones del Detective privado. Especial referencia a su carácter de auxiliares y colaboradores de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El cese de actividades de los Detectives privados.

Tema 4. Los medios documentales de identificación personal en el Derecho español.

B) MÓDULO O ÁREA SOCIO PROFESIONAL

Ciencias sociales

Tema 1. Sociedad y violencia. Violencia y desestabilización social. Los factores positivos de resolución del conflicto.

Tema 2. El Detective privado en las sociedades modernas. Breve reseña histórica del Detective privado. Su actuación profesional acorde con estas sociedades.

Ciencias criminológicas

Tema 1. Origen de la criminalidad: Factores biológicos, factores psicológicos y sociales (explicaciones personalistas e interaccionistas. Explicaciones eclécticas). Otros factores: Factores de medios físicos y del medio urbano y rural.

Tema 2. Factores conyunturales de delincuencia: La edad. Reflexiones criminológicas sobre la delincuencia juvenil. Delincuencia y sexo: Reflexiones criminológicas en torno a la delincuencia femenina. Delincuencia y emigración: La delincuencia de extranjeros.

Tema 3. Delincuencia relacionada con el alcohol y los estupefacientes. Delincuencia «psiquiátricamente definida».

Deontología

Tema 1. Deontología. Concepto. Deontología y quehacer del Detective privado. El cumplimiento del deber. La función del Detective privado como servicio complementario y subordinado a la seguridad pública.

Tema 2. El Detective privado. Breve historia de su profesión. El Detective privado en la sociedad democrática a la luz de los valores fundamentales que ésta propugna: La libertad, la justicia, la igualdad, el pluralismo. El respeto a la dignidad humana dentro de cualquier actividad. Sentido ético de la investigación, tanto pública como privada.

Tema 3. El empleo racional de la fuerza: Los límites de la legítima defensa y del cumplimiento legítimo de un deber, a la luz de criterios éticos.

Tema 4. Los principios de comportamiento, referidos al personal de la seguridad privada, recogidos en el artículo 1.3 de la Ley 23/1992 y, específicamente, para Detectives privados, en el artículo 19.4 de la misma norma.

C) ÁREA TÉCNICO PROFESIONAL

Policía científica

Tema 1. Concepto de Policía científica. Sinonimia. Policiología. Técnica policial y criminalistica. Contenido, límites y relaciones. La Policía científica como ciencia y profesión. Los métodos policiales. Policía científica y Detectives privados.

Tema 2. La inspección técnico-policial. Concepto. Instrumental y material necesarios. Metódica. Técnicas complementarias. Colaboración con otros Peritos.

Tema 3. La identificación de las personas. Sistema y métodos. Ordenamiento jurídico. La identificación del sujeto vivo. Importancia de las ropas, adornos y otros complementos. La fotografía en la identificación. Biotipología psicosomática. Variabilidad racial.

Tema 4. La señas particulares en la investigación policial. Manchas, cicatrices, tatuajes, escarificaciones, etc. Psicología del tatuado. Otras señas particulares: Mutilaciones, malformaciones, deformaciones.

Tema 5. Simulación y cirugía plástica: Su interés policial. La reconstrucción facial. Radiología, informática e identificación antropológica.

Tema 6. Lofoscopia: Definición. Historia y evolución de la lofoscopia. La lofoscopia en España. Crestas papilares. Dactiloscopia. Clasificación de dactilogramas. Formas de obtención. Búsqueda y tratamiento de las huellas latentes.

Tema 7. Dactiloscopia. El dactilograma y sus componentes. Núcleo, deltas, puntos característicos. Sistema de formulación dactilar español. Subformulación del sistema dactilar: Ambigüedades y anomalías.

Tema 8. La identificación lofoscópica. Puntos característicos. Número de puntos necesarios. Poroscopia. Crestacopia. Sistemas automáticos de identificación dactiloscópica.

Tema 9. Los indicios filamentosos. Tipos. Anatomía del pelo y del bulbo piloso. El pelo en investigación criminal. Búsqueda, recogida y envío al laboratorio. Características macroscópicas y organolépticas. Pelos animales, plumas y fibras. Importancia policial. Diagnóstico genérico y específico. Estudio macroscópico, micrográfico, micrométrico y de comparación. Examen de las fibras, identificación de la materia textil.

Tema 10. La manchas. Generalidades. Manchas de sangre (I). Composición de la sangre. Búsqueda y localización. Las manchas de sangre como elemento dinámico en la reconstrucción de los hechos. Examen organoléptico. Aspecto. Color. Olor. Recogida de muestras y envío al laboratorio. Técnicas de identificación. Identificación específica. Técnicas físicas, biológicas, inmunológicas, electroforéticas y mixtas. Otras técnicas. Los grupos sanguíneos en los animales.

Tema 11. Manchas sexuales. Problemas policiales. Manchas de esperma. Frecuencia. Búsqueda y localización. Estudio morfológico y topográfico. Técnicas de recogida de muestras para envío al laboratorio. Las manchas de esperma como elemento identificador. Técnicas de análisis.

Tema 12. Otras manchas. Normas generales para su localización, recogida y envío al laboratorio. Manchas obstétricas. Manchas de líquido amniótico. Manchas de calostro y leche. Manchas producidas por excretas, de orina, de heces, de sustancias vomitadas, de secreciones. Manchas de saliva, de moco, de flujo, de sudor, de cerumen. Manchas originadas por otras sustancias orgánicas normales y patológicas. Manchas de origen vegetal. Jugos vegetales, madera y serrín, cigarrillos, cigarros, tabaco y cenizas. Manchas de polen. Manchas inorgánicas. Manchas de pintura. Manchas de óxido. Manchas de barro. Investigación de tierras. Polvos minerales. El polvo.

Tema 13. Documentoscopia. Antecedentes, concepto y contenido. La escritura manuscrita. Elementos constitutivos y formales. Cotejo e identificación de escrituras. Normas para la obtención de muestras para su cotejo. Técnica de estudio de documentos. La peritación sobre firmas y textos.

Tema 14. Falsificación de documentos. Tipos de falsificaciones. Recuperación y reconstrucción de documentos. Técnicas de detección de alteraciones documentales.

Técnicas de investigación privada

Tema 1. La investigación privada. Concepto. Fines. Fundamentos de la investigación. Relación con la investigación policial.

Tema 2. Las técnicas de investigación (I). Empleo de diferentes técnicas por el Detective privado. Empleo de tecnología en la investigación. La metodología investigativa. Las fuentes de información.

Tema 3. Técnicas de investigación (II). La identificación: Fondos documentales, la fotografía. El retrato hablado. La entrevista operativa.

Tema 4. Técnicas de investigación (III). Vigilancias y seguimientos. definiciones. Clases. Fases. La planificación de las técnicas de vigilancia y seguimiento. Técnicas de vigilancia. Técnicas de seguimiento. Análisis de resultados. Redacción de informes.

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