En el recurso número 435/1994, interpuesto por el Abogado del Estado, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en 30 de abril de 1996, ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Estimando el recurso de lesividad interpuesto por el Abogado del Estado contra la resolución de fecha 3 de junio de 1993, de la Dirección General de Personal y Servicios del Ministerio de Educación y Ciencia, que declaró el derecho de doña Rosario Martín Pino a ser incluida en la relación de aprobados para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, debemos anular y anulamos la citada resolución, por ser contraria al Ordenamiento Jurídico; sin hacer imposición de costas.»
Dispuesto, por Resolución de 22 de octubre de 1996, el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia,
Esta Dirección General ha resuelto dar publicación al mismo, para general conocimiento.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 15 de noviembre de 1996.-La Directora general, Carmen González Fernández.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Gestión de Profesorado de Educación Infantil y Primaria.
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