La cooperativa «Productores de Almendras del Segura, Sociedad Cooperativa», de Mula (Murcia), solicita el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas y específicamente para el sector de frutos de cáscara y algarroba, conforme a los artículos 13 y 14 TER del Reglamento (CEE) número 1035/72, de la Comisión, de 18 de mayo; al Real Decreto 1101/1986, de 6 de junio, y el apartado b) del artículo 5 del Real Decreto 509/1992, de 14 de mayo.
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Primero.-Reconocer como organización de productores de frutas y hortalizas y específicamente para el sector de frutos de cáscara y algarroba, conforme a los artículos 13 y 14 TER del Reglamento (CEE) número 1035/72, del Consejo, de 18 de mayo, a la cooperativa «Productores de Almendras del Segura, Sociedad Cooperativa», de Mula (Murcia).
Segundo.-Inscribir en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas a la cooperativa «Productores de Almendras del Segura, Sociedad Cooperativa», de Mula (Murcia), con el número 534 para el producto almendra.
Tercero.-La concesión de los beneficios en virtud de artículo 14 del Reglamento (CEE) número 1035/72, del Consejo, de 18 de mayo, se condicionan a las disponibilidades presupuestarias.
Madrid, 22 de noviembre de 1996.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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