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Documento BOE-A-1996-4289

Resolución de 12 de febrero de 1996, de la Dirección General de Tráfico, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia e Interior y la Junta de Castilla-La Mancha para la prevención de accidentes de tráfico, en especial los asociados al consumo de alcohol, protagonizados por jóvenes.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 24 de febrero de 1996, páginas 7202 a 7203 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1996-4289

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Justicia e Interior y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el día 17 de noviembre de 1995, un Convenio de colaboración para la prevención de accidentes de tráfico asociados al consumo del alcohol, protagonizados por jóvenes, y en cumplimiento de lo previsto en el punto noveno de la Resolución de 9 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas, por la que se publica el acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 12 de febrero de 1995.-El Director general, Miguel María Muñoz Medina.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia e Interior y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la prevención de accidentes de tráfico, en especial los asociados al consumo de alcohol, protagonizados por jóvenes

En Toledo, a 17 de noviembre de 1995.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Miguel María Muñoz Medina, en nombre de la Dirección General de Tráfico del Ministerio de Justicia e Interior, como Director del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, y de otra, la excelentísima señora doña Matilde Valentín Navarro, Consejera de Sanidad, por delegación del Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Interviniendo ambos en función de sus respectivos cargos y en ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas, con plena capacidad para formalizar el presente Convenio,

EXPONEN

Que entre los principios que informan la Ley General de Sanidad se encuentran los de coordinación, promoción de la salud y prevención.

Que la «Comisión especial del Senado de encuesta e investigación sobre los problemas derivados del uso del automóvil y de la seguridad vial» y el «Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial» recomiendan una mayor participación de las Comunidades Autónomas en la prevención de accidentes de tráfico.

Que las importantes repercusiones generadas por los accidentes de tráfico, especialmente en el grupo de edad juvenil y el alto porcentaje en los que interviene el consumo de alcohol, han puesto de manifiesto la necesidad de llevar a cabo diversas actuaciones de carácter preventivo dirigidas a reducir su incidencia. Para ello, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería de Sanidad, y el Ministerio de Justicia e Interior, a través de la Dirección General de Tráfico, han venido colaborando en el diseño y ejecución de programas de prevención a nivel regional y provincial.

Que la Administración General del Estado actúa en virtud de la competencia que ostenta en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución, y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha actúa en virtud de las competencias asumidas en materia de promoción, prevención y restauración de la salud, en los términos establecidos, respectivamente, en los artículos 31.18 y 32.3 de su Estatuto de Autonomía.

Por todo ello, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, el Ministerio de Justicia e Interior, por medio de la Dirección General de Táfico, y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por medio de la Consejería de Sanidad, suscriben el presente Convenio que tiene como fin posibilitar la colaboración entre ambas Administraciones en materia de prevención de accidentes de tráfico en jóvenes, en especial los asociados al consumo de alcohol y que se desarrollará de acuerdo con las siguientes

CLAUSULAS

Primera.-El objeto del presente Convenio es establecer las bases de la cooperación entre la Dirección General de Tráfico del Ministerio de Justicia e Interior y la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de prevención de accidentes de tráfico en jóvenes, en especial los asociados con el consumo de alcohol.

Segunda.-La formalización de este Convenio no limita la capacidad de las partes intervinientes, Ministerio de Justicia e Interior y Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para dictar las normas generales ni las disposiciones internas de organización y funcionamiento de los servicios cuyas competencias tienen atribuidas y que ejercerán de acuerdo con las mismas.

Tercera.-En la información pública que se elabore conjuntamente se consignará expresamente la referencia a la Dirección General de Tráfico del Ministerio de Justicia e Interior y la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como Administraciones que patrocinan conjuntamente las actuaciones de los programas convenidos.

Cuarta.-La Dirección General de Tráfico del Ministerio de Justicia e Interior se comprometerá:

a) Destinar un funcionario en cada una de las cinco Jefaturas Provinciales de Tráfico y otro a nivel regional para la realización de tareas de coordinación y ejecución de los programas a nivel regional y provincial.

b) Facilitar, en la medida de lo posible, la participación de los componentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en las actividades específicas derivadas de los programas elaborados, a cuyo fin las Jefaturas Provinciales de Tráfico transmitirán a sus componentes, en su caso, las oportunas instrucciones sobre actuaciones concretas a desarrollar.

c) Suministrar periódicamente las estadísticas que previamente se determinen, en relación a los accidentes de circulación y controles de alcoholemia a nivel regional y provincial.

d) Facilitar las publicaciones, material didáctico y de apoyo de que disponga la Dirección General de Tráfico relacionados con la educación vial y prevención de accidentes de circulación.

e) Colaborar con el personal adecuado y los recursos didácticos necesarios en la realización de cursos de formación, jornadas, seminarios y, en general, en el desarrollo de las actividades derivadas del Programa de Prevención de Accidentes de Tráfico en Jóvenes, en especial los asociados al consumo de alcohol a nivel regional y provincial.

Quinta.-La Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se compromete a:

a) Elaborar y desarrollar un Programa de Prevención de Accidentes de Tráfico en Jóvenes, es especial los asociados al consumo de alcohol a nivel regional.

b) Aportar los recursos de personal técnico y administrativo dependiente de la Consejería de Sanidad, al objeto de llevar a cabo la coordinación intersectorial y registro de las actividades derivadas del programa a nivel regional y provincial.

c) Realizar campañas divulgativas publicitarias de prevención de accidentes de tráfico en jóvenes, en especial los asociados al consumo de alcohol, en los distintos medios de comunicación en las épocas de mayor riesgo de accidentes de tráfico en relación a los dos elementos anteriormente citados.

d) Proporcionar y promover información en relación a la prevención de los accidentes de tráfico en jóvenes, en especial los asociados al consumo de alcohol en los distintos medios de comunicación regional, provincial y local.

e) Organizar jornadas, seminarios, cursos de formación de formadores dirigidos a los profesionales de las distintas instituciones implicadas en el programa, tanto a nivel regional como provincial.

f) Elaborar de forma propia o conjuntamente con otras instituciones material de apoyo, de registro y evaluación que facilite el desarrollo del programa.

g) Facilitar y promover la realización de actividades de información, educación y prevención en relación a los accidentes de tráfico, en especial los asociados al consumo de alcohol en los propios jóvenes a través de los profesionales de las instituciones implicadas en el programa (Profesores de institutos, sanitarios, Policía de tráfico, dirigentes juveniles, Profesores de auto-escuelas, etc.).

h) Apoyar y promocionar la realización de trabajos de investigación en prevención de accidentes de tráfico en jóvenes, en especial los asociados al consumo de alcohol, mediante la provisión de becas, subvenciones, etc.

i) Establecer un sistema bidireccional de información, registro de datos y evaluación a nivel provincial, regional y nacional.

j) Elaborar anualmente estudios provinciales y regionales de la causalidad de los accidentes de tráfico en Castilla-La Mancha.

k) Adherirse al pacto social sobre seguridad vial promovido por la Dirección General de Tráfico del Ministerio de Justicia de Interior y contribuir a la disminución de los accidentes de tráfico.

Sexta.-La duración del presente Convenio será de un año, prorrogable por tácita reconducción por períodos anuales, salvo denuncia expresa de alguna de las partes manifestada con tres meses de antelación al término de un período.

Séptima.-Dado el carácter administrativo de este Convenio, la competencia para la resolución de cuantas cuestiones puedan suscitarse, no solventadas amistosamente, corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, se firma por triplicado el presente Convenio en el lugar y fecha al comienzo indicados.-La Consejera de Sanidad, Matilde Valentín Navarro.-El Director general de Tráfico, Miguel María Muñoz Medina.

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