Visto el expediente de indulto de don Victorino Pérez Gutiérrez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Santander, en sentencia de fecha 4 de marzo de 1993, como autor de tres delitos de robo con violencia e intimidación en las personas, a tres penas de cuatro años, dos meses y un día de prisión menor; otro delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de un año de prisión menor, y dos delitos de falsificación, a dos penas de seis meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de enero de 1996,
Vengo en conmutar a don Victorino Pérez Gutiérrez las tres penas privativas de libertad impuestas por los delitos de robos, por otras tres penas de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 27 de enero de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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