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Documento BOE-A-1996-6954

Orden de 7 de marzo de 1996, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la denominada Fundación «Instituto Andaluz de Derecho Autonómico», de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 26 de marzo de 1996, páginas 11645 a 11645 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1996-6954

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de reconocimiento, e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes, de esta Consejería, de la denominada fundación «Instituto Andaluz de Derecho Autonómico», instituida y domiciliada en Sevilla, avenida del Cid, sin número.

Antecedentes de hecho

Primero.-Por don José Martínez Gijón se ha deducido ante la Consejería de Educación y Ciencia, con fecha 26 de febrero de 1996, escrito de solicitud de que se proceda a la inscripción de la fundación mencionada, adjuntando escritura de constitución realizada ante don Rafael Leña Fernández, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 3.337, y corregida ante el mismo Notario con fecha 27 de diciembre de 1995, con número de protocolo 3.609.

Segundo.-Tendrá por objeto principalmente, la actividad docente e investigadora desarrollada en los siguientes objetivos particulares:

1. El estudio e investigación del Derecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del Derecho Público de las Comunidades Autónomas y del Derecho del «Estado de las Autonomías» así como los del Derecho Comparado de los Estados territorialmente descentralizados.

2. La convocatoria de becas para proyectos de investigación que versen sobre cualquier aspecto del Derecho Autonómico.

3. Organizar reuniones, seminarios, congresos y actividades análogas sobre el Derecho de las Comunidades Autónomas.

4. La publicación de obras relativas al Derecho Autonómico.

5. La elaboración de dictámenes técnicos.

Tercero.-La dotación inicial de la fundación está constituida por 600.000 pesetas, que han sido desembolsadas, mediante ingreso efectuado en cuenta a nombre de la fundación, según consta en la correspondiente escritura de constitución anteriormente mencionada.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la fundación, se confía de modo exclusivo a un patronato que estará formado por siete miembros.

Quinto.-El primer patronato se encuentra constituido por don José Martínez Gijón como Presidente; Secretario, don José León Castro y Alonso, y Vocales, don Bartolomé Clavero Salvador, don Alfonso Pérez Moreno, don Francisco del Río Muñoz, doña Pilar Alba Tercedor y don Manuel García Núñez.

Todos los cuales han aceptado los cargos.

Vistos la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, y el Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones, el Real Decreto 1762/1979, de 29 de junio, por el que se delimitan las competencias de los Ministerios de Educación y de Universidades e Investigación y de Cultura en materia de fundaciones culturales privadas y entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de educación se traspasaron por Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y, en particular, sobre las fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo, en consecuencia, el protectorado sobre las de esta clase.

Segundo.-Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas por el que, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe del Gabinete Jurídico, resuelve:

Primero.-Reconocer el interés público de la entidad, e inscribir como fundación docente privada en el correspondiente Registro, a la Fundación denominada «Instituto Andaluz de Derecho Autonómico», con domicilio en Sevilla, avenida del Cid, sin número.

Segundo.-Aprobar los Estatutos, contemplados en la escritura pública de fecha 27 de diciembre de 1995, su presupuesto y el programa de actividades correspondientes a su primer ejercicio económico.

Tercero.-Confirmar en sus cargos a los miembros del patronato de la fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que se relacionan en el quinto antecedente de hecho de esta Resolución.

Sevilla, 7 de marzo de 1996.-La Consejera, Inmaculada Romacho Romero.

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