Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 7.ª) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el recurso número 407/94, interpuesto por doña Begoña Toledo García contra resolución del Director general de Administración Penitenciaria, dictada por delegación del Subsecretario del Departamento, de 1 de diciembre de 1993, por la que se puso fin a la comisión de servicios que tenía conferida en el Centro Penitenciario de Preventivos de Madrid-I, disponiendo la reincorporación a su puesto de trabajo en el Centro Penitenciario de Navacalnero (Madrid-IV), en el plazo de veinticuatro horas, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 7.ª) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia de 29 de noviembre de 1995, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso interpuesto por doña Begoña Toledo García contra la resolución de la Subsecretaría de Justicia, de 1 de diciembre de 1993, que puso término a la comisión de servicio conferida y la ordenó que se reintegrase a su destino en el plazo de veinticuatro horas, debemos declarar y declaramos esta resolución ajustada a Derecho. No se hace expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Secretaría de Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 11 de marzo de 1996.-La Secretaria de Estado de Asuntos Penitenciarios, Paz Fernández Felgueroso.
Ilmo. Sr. Director general de Administración Penitenciaria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid