En el recurso contencioso-administrativo número 790/1993-04, referente al expediente de marca número 1.500.183/0, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Lever España, Sociedad Anónima», y como coadyuvante «Cosméticos Astor, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de marzo de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 11 de mayo de 1993, se ha dictado, con fecha 22 de noviembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la Procuradora señora de la Plata Corbacho, en nombre y representación de "Lever España, Sociedad Anónima", y en la que ha sido parte coadyuvante "Cosméticos Astor, Sociedad Anónima», dirigida por el Procurador señor Ungría López, contra la Oficina Española de Patentes y Marcas, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho las resoluciones, de dicha Oficina, de fechas 5 de marzo de 1992 y 11 de mayo de 1993; todo ello sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de abril de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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