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Documento BOE-A-1997-19229

Real Decreto 1222/1997, de 18 de julio, por el que se indulta a don Antonio Miguel López Alcázar.

Publicado en:
«BOE» núm. 210, de 2 de septiembre de 1997, páginas 26145 a 26145 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1997-19229

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Antonio Miguel López Alcázar, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 2.odel derogado Código Penal y previsto en el vigente, en su artículo 4.o, apartado tercero, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cádiz que, en sentencia de fecha 3 de junio de 1988, le condenó, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión menor y multa de 200.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1985; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de julio de 1997,

Vengo en indultar a don Antonio Miguel López Alcázar la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 18 de julio de 1997.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

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