De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Octava) en el recurso número 792/1994, interpuesto por don Eduardo Giménez Simón, sobre exclusión del servicio militar.
Madrid, 30 de septiembre de 1997.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar.
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