En el recurso contencioso-administrativo número 864/94, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Frigo, Sociedad Anó nima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de noviembre de 1992 y 7 de febrero de 1994, se ha dictado, con fecha 19 de diciembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña María Dolores de la Plata Corbacho, en nombre y representación de "Frigo, Sociedad Anónima", contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 7 de febrero de 1994, desestimatoria en reposición del recurso interpuesto contra la Resolución de dicha Oficina, de fecha 20 de noviembre de 1992, sobre solicitud de inscripción de la marca número 1.554.438/9, gráfica, debemos declarar y declaramos que ambas resoluciones están ajustadas a Derecho, sin hacer expresa imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de septiembre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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