Vista la documentación aportada por la empresa y el certificado de ensayos realizados por Nederlands Meetinstituut (NMI), number PF/6996,
Esta Dirección General, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y el Decreto 199/1991, de 30 de julio, ha resuelto:
Segundo.-La modificación consistirá en lo siguiente:
Sustituir el medidor anteriormente aprobado por un nuevo medidor KMO T20. Con ello se desarrolla una nueva versión del modelo MZ 6000 de las siguientes características:
Versión 6100:
Puntos de distribución: 2.
Módulos hidráulico: 1.
Medidores: 2.
Tipo de medidor: KMO T20.
Motor: 0,75 KW.
Bomba: 80 litros/minuto.
Posibilidad de suministro simultáneo: NO.
Caudal de suministro: 75 litros/minuto.
Líquidos a medir: Gasóleos, gasolinas y petróleos.
Tercero.-Se considerará esta modificación como la primera modificación no sustancial sobre el modelo aprobado.
Cuarto.-Esta modificación no sustancial estará afectada por los mismos condicionamientos que el modelo aprobado. El signo de aprobación continúa siendo:
0537
16
95006
Quinto.-Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad interesada, si lo desea, solicitará a esta Dirección General, la prórroga de esta autorización.
Barcelona, 11 de agosto de 1997.-El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996 «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe de Servicio de Automóviles y Productos Industriales, Joan Pau Clar i Guevara.
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