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Documento BOE-A-1997-26257

Resolución de 24 de noviembre de 1997, de la Subsecretaría, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 670/1990, interpuesto por doña María Luisa Úbeda de los Cobos.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 6 de diciembre de 1997, páginas 35978 a 35978 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1997-26257

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 670/1990, interpuesto por doña María Luisa Úbeda de los Cobos, contra las Resoluciones de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de 15 de noviembre de 1989 y de 2 de febrero de 1990, por las que se hacía pública la lista definitiva de aspirantes admitidos a las pruebas para cubrir plazas de alumnos en el Centro de Estudios Judiciales, por el turno de concurso de méritos, convocado por Orden de 5 de julio de 1989, y en la que se excluía a la recurrente «por no justificar años de servicios como jurista», se ha dictado por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por doña María Luisa Úbeda de los Cobos, contra las Resoluciones de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de 15 de noviembre de 1989 y de 2 de febrero de 1990, por las que se hizo pública la lista definitiva de aspirantes admitidos a las pruebas para cubrir plazas de alumnos en el Centro de Estudios Judiciales, por el turno de concurso de méritos, convocado por Orden de 5 de julio de 1989, y en la que se excluía a la recurrente "por no justificar años de servicios como jurista", resoluciones que se anulan por no ser conformes a Derecho, y en su lugar declaramos el derecho de doña María Luisa Úbeda de los Cobos a ser admitida a participar en el referido concurso de méritos, incluyéndola en la lista definitiva de aspirantes admitidos, retrotrayéndose el expediente administrativo al momento posterior a su admisión en dicha lista, siguiendo el expediente, con respecto a ella, la oportuna tramitación para se que se valore y examine por el Tribunal correspondiente el currículum y la documentación presentada y se adopte por el Tribunal examinador la resolución que proceda con los pronunciamientos favorables que se deriven.»

En su virtud, esta Subsecretaría, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 24 de noviembre de 1997.-El Subsecretario, Ramón García Mena.

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