En el recurso contencioso-administrativo número 2.596/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Laboratorios Lesvi, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 1 de julio de 1993 y 21 de junio de 1994, se ha dictado, con fecha 5 de junio de 1997, por el citado Tribunal sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Abogado don Daniel Marcos Lozano, en nombre y representación de "Laboratorios Lesvi, Sociedad Anónima", contra el acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 1 de julio de 1993, que concedió la inscripción de la marca internacional número 556.701 "LIPOSTAL" y contra la de 21 de junio de 1994, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra aquélla, anulamos ambos acuerdos y denegamos el registro de la expresada marca internacional; sin condena en costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de octubre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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