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Documento BOE-A-1997-27494

Orden de 21 de noviembre de 1997 por la que se modifica el concierto educativo del centro «López Vicuña», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 20 de diciembre de 1997, páginas 37500 a 37501 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-27494

TEXTO ORIGINAL

El centro «López Vicuña», sito en calle Hinojal, sin número, de Madrid, tenía concierto educativo para seis unidades de la rama de Servicios: Cinco de Formación Profesional de primer grado y una unidad para el ciclo formativo de grado medio Comercio, en base a lo establecido en la Orden de 12 de abril de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 26), por la que se resolvieron los expedientes de modificación de los conciertos educativos para los centros docentes privados para el curso académico 1996/1997.

Por Orden de 9 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 14), por la que se resuelve la renovación y el acceso al régimen de conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso 1997/1998, se aprueba concierto educativo al citado centro para tres unidades de la rama de Servicios en Formación Profesional de primer grado y tres unidades para los ciclos formativos de grado medio Comercio; Cuidados Auxiliares de Enfermería, y Gestión Administrativa.

Teniendo en cuenta la solicitud del centro, de fecha 10 de septiembre de 1997, que se concreta en la sustitución, debido a la falta de demanda de matrícula, de la unidad concertada para el ciclo formativo del grado medio Comercio por una unidad para la impartición del Programa de Garantía Social: Auxiliar Dependiente de Comercio;

Visto el informe favorable emitido, con fecha 21 de octubre de 1997, por el Servicio de Inspección Técnica de Educación,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la modificación del concierto educativo suscrito por el centro «López Vicuña», sito en calle Hinojal, sin número, de Madrid, quedando establecido un concierto educativo para las unidades y enseñanzas que se detallan a continuación:

Tres unidades de Formación Profesional de primer grado, rama de Servicios.

Dos unidades para los ciclos formativos de grado medio Cuidados Auxiliares de Enfermería y Gestión Administrativa.

Una unidad para el Programa de Garantía Social: Auxiliar Dependiente de Comercio, rama de Servicios.

Segundo.-La Dirección Provincial del Departamento en Madrid notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director provincial del Departamento en Madrid y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.-El concierto educativo que por esta Orden se aprueba tendrá efectos desde el inicio del curso académico 1997/1998.

Quinto.-De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 109 y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la resolución, previa comunicación a este Departamento.

Madrid, 21 de noviembre de 1997.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y de Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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