Con fecha 8 de junio de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 24)
se dictó Resolución de la Agencia Española de Cooperación Internacional
por la que se acordaba conceder las ayudas de intercambio del Programa
de Cooperación Interuniversitaria E.AL.98, en el ámbito iberoamericanno,
para estudiantes universitarios de pre y postgrado, convocadas por
Resolución de la Agencia Española de Cooperación Internacional de 17 de
febrero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de marzo).
De acuerdo a lo dispuesto en el apartado 1 del anexo I de dicha
Resolución de convocatoria, los candidatos deberían reunir una serie de
requisitos, entre los que se citaba el de "estar cursando el último año de carrera
o cursando estudios de doctorado".
Con posterioridad a la publicación de la Resolución de concesión de
ayudas, se ha tenido conocimiento del incumplimiento de este requisito
por parte de los adjudicatarios de las plazas convocadas con los
números 0712, 0716 y 0790, por lo que, en base a lo dispuesto en el artículo
105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en
cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores
materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos,
Esta Presidencia, en uso de las facultades atribuidas por el Real
Decreto 1141/1996, de 24 de mayo, acuerda:
Primero.-Dejar sin efecto las ayudas concedidas a los adjudicatarios
de las plazas designadas con los números 0712, 0716 y 0790 en la Resolución
de 17 de febrero de 1998 de convocatoria de las ayudas.
Segundo.-Proceder a la adjudicación de dichas plazas a los siguientes
beneficiarios:
Plaza 0712.
Seleccionada: Alarcón Ayala, Mercedes; de la Universidad de Murcia.
Primer suplente: Martínez Parga, María Teresa; de la Universidad de
Santiago de Compostela.
Segundo suplente: Sos Ripollés, Carmen; de la Universidad de Valencia.
Plaza 0716.
Seleccionada: Fernández Nievas, María Belén; de la Universidad de
Granada.
Plaza 0790.
Desierta.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
se puede interponer, previa comunicación preceptiva al Presidente de la
Agencia Española de Cooperación Internacional, el recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia en Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 58
de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de
27 de diciembre de 1958. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier
otra vía que se considere oportuna.
Madrid, 6 de julio de 1998.-El Presidente, P. D. (Resolución de 21
de noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado" de 10 de diciembre),
el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.
Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación Iberoamericana
y Vicesecretario general de la Agencia Española de Cooperación
Internacional.
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