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Documento BOE-A-1998-24248

Orden de 30 de septiembre de 1998 por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Culturales de Competencia Estatal la denominada «Fundación de Apoyo a la Historia del Arte Hispánico».

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 20 de octubre de 1998, páginas 34700 a 34701 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-24248

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones

Culturales de Competencia Estatal de la denominada "Fundación de Apoyo

a la Historia del Arte Hispánico", instituida y domiciliada en Madrid, calle

de Jorge Juan, 41, segundo, derecha.

Antecedentes de hecho

Primero.-Por el excelentísimo señor don Juan Abelló Gallo,

excelentísimo señor don Diego de Alcázar Silvela, Marqués de la Romana, don

Adolfo Fernández-Victorio y Cacheiro, don Juan Carlos Fierro

Jiménez-Lopera, don Fernando Fontes Migallón, don Peter Glidewell, don Enrique

Gutiérrez de Calderón Gómez, don Fernando Moreno de Barreda Valverde,

don Antonio Pardinas Sanz, excelentísimo señor don Alfonso Emilio Pérez

Sánchez, doña María Concepción Romero Asenjo, don José Antonio de

Urbina y Arrospide, ilustrísimo señor don Jesús Urrea Fernández y el

excelentísimo señor don José Milicua Illarramendi, se procedió a constituir

una Fundación de interés general, de carácter cultural, de ámbito estatal,

con la expresada denominación en escritura pública, comprensiva de los

Estatutos que han de regir la misma, ante el Notario de Madrid don Luis

Rueda Esteban, el día 17 de julio de 1998, complementada por otra de

cambio de denominación, ante el mismo Notario, y de fecha 11 de

septiembre de 1998.

Segundo.-La "Fundación de Apoyo a la Historia del Arte Hispánico",

tiene por objetivos básicos: "Procurar la financiación de estudios, becas,

investigaciones, tesis doctorales, etc., sobre temas relacionados con la

Historia del Arte Hispánico. Redactar, editar, subvencionar y distribuir libros,

monografías, folletos y toda clase de información sobre temas relacionados

con la Historia del Arte Hispánico, incluida, si fuera el caso, su difusión

en los medios de comunicación. Desarrollar actividades culturales en forma

de cursos, conferencias, sesiones de estudio, congresos, exposiciones o

cualquier otra modalidad de reunión. Promover o financiar la restauración

y protección de obras de arte integrantes del Patrimonio Histórico Español

o del Arte Hispánico".

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación, según consta en la

escritura de constitución, asciende a la cantidad de 1.000.000 de pesetas,

constando certificación de que dicha cantidad se encuentra depositada en

entidad bancaria a nombre de la Fundación.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación

se encomienda a un Patronato constituido como sigue:

Presidente: Excelentísimo señor don Juan Abelló Gallo.

Vicepresidente: Excelentísimo señor don Diego de Alcázar Silvela,

Marqués de la Romana.

Secretario: Don Antonio Pardinas Sanz.

Tesorero: Don Adolfo Fernández-Victorio y Cacheiro.

Vocales: Don Juan Carlos Fierro Jiménez-Lopera, don Fernando Fontes

Migallón, don Peter Glidewell, don Enrique Gutiérrez de Calderón Gómez,

excelentísimo señor don José Milicua Illarramendi, don Fernando Moreno

de Barreda Valverde, excelentísimo señor don Alfonso Emilio Pérez

Sánchez, doña María Concepción Romero Asenjo, don José Antonio de Urbina

y Arrospide y el ilustrísimo señor don Jesús Urrea Fernández, todos los

cuales han aceptado expresamente sus cargos.

Quinto.-En los Estatutos de la "Fundación de Apoyo a la Historia del

Arte Hispánico", se recoge todo lo relativo al gobierno y gestión de la

misma.

Vistos la Constitución vigente, que reconoce en el artículo 34 el derecho

de fundación para fines de interés general; la Ley 30/1994, de 24 de

noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada

en Actividades de Interés General; el Reglamento de Fundaciones de

Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero;

el Real Decreto 765/1995, de 5 de mayo, por el que se regulan determinadas

cuestiones del régimen de incentivos fiscales a la participación privada

en actividades de interés general, y el Real Decreto 384/1996, de 1 de

marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones

de Competencia Estatal y las demás disposiciones concordantes y de

general y pertinente aplicación.

Fundamentos de derecho

Primero.-De conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 del

Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real

Decreto 316/1996, de 23 de febrero, es competencia del titular del

Departamento de Educación y Cultura disponer la inscripción de las fundaciones

culturales, facultad que tiene delegada en la Secretaría General del

Protectorado de Fundaciones por Orden de 31 de mayo de 1996 ("Boletín

Oficial del Estado" de 5 de junio).

Segundo.-El artículo 36.2 de la Ley 30/1994, establece que la

inscripción de las fundaciones culturales requerirá el informe favorable del órgano

al que corresponda el ejercicio del Protectorado, en cuanto a la persecución

de fines de interés generalyalasuficiencia de la dotación; considerándose

competente a tal efecto la Secretaría General del Protectorado del

Ministerio de Educación y Cultura de acuerdo con lo establecido en los artículos

3 y 22 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.

Tercero.-Examinados los fines de la Fundación y el importe de la

dotación, la Secretaría General del Protectorado de Fundaciones Culturales

del Ministerio de Educación y Cultura estima que aquéllos son culturales

y de interés general, que puede considerarse que la dotación es suficiente

para la inscripción; por lo que acreditado el cumplimiento de los requisitos

establecidos en el artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales,

procede acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones.

Este Ministerio, a propuesta de la Secretaría General de Fundaciones

Culturales, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha

resuelto:

Inscribir en el Registro de Fundaciones Culturales, la denominada

"Fundación de Apoyo a la Historia del Arte Hispánico", de ámbito estatal, con

domicilio en Madrid, calle Jorge Juan, 41, segundo, derecha, así como

el Patronato cuya composición figura en el número cuarto de los

antecedentes de hecho.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 30 de septiembre de 1998.-P. D. (Orden de 31 de mayo de

1996), la Secretaria general del Protectorado de Fundaciones, Soledad

Díez-Picazo y Ponce de León.

Ilma. Sra. Secretaria general del Protectorado de Fundaciones.

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