Visto el expediente de indulto de don Juan José Navarro Benítez, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, en sentencia
de fecha 16 de octubre de 1995, resolutoria de recurso de apelación
interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 3 de Gijón, de fecha 26
de julio de 1995, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos
años de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo
público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de octubre
de 1998,
Vengo en conmutar a don Juan José Navarro Benítez la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que
abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que
determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso
en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 30 de octubre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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