Al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1558/1986,
de 28 de junio, modificado parcialmente por el Real
Decreto 1652/1991, de 11 de octubre, por el que se establecen las
bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades
y las instituciones sanitarias, se suscribió el oportuno concierto
entre las Consejerías de Salud y Educación y Ciencia de la Junta
de Andalucía y las Universidades andaluzas (Acuerdo de fecha 3
de octubre de 1995, del Consejo de Gobierno), y, en su desarrollo,
el concierto específico entre la Junta de Andalucía y la
Universidad de Sevilla (Acuerdo de 26 de marzo de 1996), para la
utilización de las instituciones sanitarias en la investigación y la
docencia.
De conformidad con lo previsto en el artículo 4. o , base octava,
uno, del Real Decreto antes citado, las plazas vinculadas se
proveerán mediante el oportuno concurso, cuya convocatoria se
efectuará conjuntamente por la Universidad y la Administración
pública responsable de la institución sanitaria concertada.
A tal fin, el Rectorado de la Universidad de Sevilla y el Director
general de Personal y Servicios del Servicio Andaluz de Salud
acuerdan convocar concurso de méritos para la provisión de una
plaza del Cuerpo de Catedráticos de Universidad de la Universidad
de Sevilla, vinculada a plaza de Coordinador de Investigación del
área hospitalaria del hospital universitario "Virgen del Rocío", del
Servicio Andaluz de Salud, todo ello con arreglo a las siguientes
Bases
1. Normas generales
1.1 Dicho concurso se regirá por las bases establecidas en
la presente Resolución y, en lo no previsto en la mismas, se estará
en lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto,
de Reforma Universitaria ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de
septiembre; los Estatutos de la Universidad de Sevilla, aprobados
por Decreto 148/1988, de 5 de abril ("Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" del 8); el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio
("Boletín Oficial del Estado" de 31 de julio), modificado
parcialmente por el Real Decreto 1652/1991, de 11 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" de 21 de noviembre); el Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"
de 26 de octubre), por el que se regulan los concursos para la
provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios,
modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de
junio ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio); el Real
Decreto 118/1991, de 25 de enero ("Boletín Oficial del Estado" de 7
de febrero), sobre selección de personal estatutario y provisión
de plazas en instituciones sanitarias de la Seguridad Social, y
en la Resolución de la Dirección General de Gestión de Recursos
de la Consejería de Salud, de 25 de julio de 1994 ("Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía" del 29), por la que se da publicidad
a los baremos aplicables en la valoración de los méritos
asistenciales para acceso a plazas vinculantes.
1.2 La relación de plazas convocadas por áreas se especifican
en el anexo I de la presente Resolución.
1.3 La dedicación del personal que obtenga plaza en virtud
de la presente convocatoria será con carácter exclusivo a la
actividad docente y al sistema sanitario público. El régimen de
prestación de servicios asistenciales será el que tenga asignado en
cada momento el servicio al que se encuentre adscrito, pudiendo
ser éste, para todas las plazas convocadas, indistintamente de
mañana o tarde.
1.4 El personal que obtenga plaza en virtud de la presente
convocatoria podrá ser destinado a prestar servicios en cualquiera
de los centros sanitarios del área hospitalaria a la que se adscribe
la plaza, la cual queda vinculada orgánicamente al servicio
jerarquizado correspondiente, y funcionalmente al área asistencial al
que esté adscrito dicho servicio jerarquizado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido al citado concurso es necesario cumplir
los siguientes requisitos generales:
2.1.1 Ser español o nacional de los demás Estados miembros
de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que,
en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se halla
definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido
los setenta de edad.
2.1.3 No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de la Administración del Estado o de la
Administración autonómica, institucional o local, o de la Seguridad
Social, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas. En el caso de nacional de los demás Estados miembros
de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que,
en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla
definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea,
no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que
impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.1.4 No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
le impida el desempeño de las funciones docentes y asistenciales,
que se acreditará mediante reconocimiento médico en los Servicios
de Medicina Preventiva o Medicina Interna de cualquier centro
del Servicio Andaluz de Salud.
Si los requisitos de los apartados 2.1.1 y 2.1.3 se acreditan
documentalmente mediante certificaciones expedidas por las
autoridades competentes de su país de origen, éstas deberán venir
acompañadas de traducción literal debidamente autorizada.
2.2 Deberán reunir además las condiciones específicas que
a continuación se indican:
2.2.1 Tener la condición de Catedrático de Universidad,
conforme establece el artículo 4.2 del Real Decreto 1888/1984, de 26
de septiembre.
2.3 La concurrencia a dichos requisitos deberá estar referida
siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado para
solicitar la participación en el concurso.
3. Solicitudes
3.1 Los aspirantes que deseen tomar parte en el presente
concurso remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la
Universidad de Sevilla, por cualquiera de los precedimientos
establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo
de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", mediante instancia,
según modelo que se acompaña en el anexo II, debidamente
cumplimentada.
3.2 A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
3.2.1 Fotocopia compulsada del documento nacional de
identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.
3.2.2 Fotocopia compulsada del nombramiento y toma de
posesión como Catedrático de Universidad.
3.3 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de los
interesados.
3.4 De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, si la instancia reuniera los
datos exigidos o no se aportaran los documentos previstos en
estas bases, se requerirá al interesado para que, en el plazo de
diez días, subsane la falta.
El domicilio que figure en las instancias se considerará el único
válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva
del concursante tanto los errores en la consignación del mismo
como la comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio.
3.5 La falsedad de los datos que se hagan constar en la
solicitud, así como la documentación aportada en el concurso, se
sancionará con la nulidad de la adjudicación de la plaza, sin
perjuicio de las acciones legales que correspondan.
3.6 Los aspirantes deberán justificar haber efectuado a través
del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla (cuenta
número 2098.0028.08.0104091971), y a nombre de
"Universidad de Sevilla. Concursos profesorado", ingreso de la cantidad
de 1.500 pesetas en concepto de derechos (400 pesetas por
formación de expediente y 1.100 pesetas por derechos de examen).
La entidad bancaria expedirá recibo por duplicado, uno de cuyos
ejemplares deberá unirse a la solicitud.
Cuando el pago de los derechos se efectúe por giro postal
o telegráfico, éste será dirigido a la Sección de Recaudación de
esta Universidad (Negociado Otros Ingresos), haciendo constar
en el taloncillo los datos siguientes: Nombre y apellidos del
interesado y plaza a la que se concursa. El resguardo de dicho giro
se acompañará a la solicitud.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rector de la Universidad de Sevilla, por cualquiera de los
procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
remitirá a todos los aspirantes relación completa de admitidos
y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra
dicha resolución aprobando la lista de admitidos y excluidos, los
interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el
plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de
la notificación de la relación de admitidos y excluidos.
Asimismo, las listas provisionales y definitivas de admitidos
y excluidos se harán públicas en los tablones de anuncios del
Rectorado de la Universidad de Sevilla y en los Servicios Centrales
del Servicio Andaluz de Salud.
5. Comisiones
5.1 De conformidad con lo establecido en el Real
Decreto 1558/1986, de 28 de junio, las Comisiones que han de resolver
los concursos estarán constituidas en la forma siguiente:
Dos Profesores pertenecientes al Cuerpo Docente Universitario
que proceda, en función de la plaza convocada, del área de
conocimiento a que corresponda la plaza, designados y nombrados
por la Universidad convocante, y de los cuales uno será el
Presidente de la Comisión y el otro actuará de Secretario.
Los tres Vocales restantes serán nombrados por la Universidad;
uno designado por la misma, de entre Profesores pertenecientes
a Cuerpos Docentes Universitarios, del área de conocimiento
respectiva, que ocupen plaza asistencial en cualquier institución
sanitaria. Los dos que restan deberán ser Doctores, designados por
el Servicio Andaluz de Salud. Cada miembro de la Comisión tendrá
su correspondiente suplente, nombrado de igual forma que para
la designación del titular.
5.2 Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurra
alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.3 Las Comisiones deberán constituirse en un plazo no
superior a cuatro meses, desde la publicación de la composición de
la misma en el "Boletín Oficial del Estado".
6. Desarrollo del concurso
6.1 Dentro del plazo anterior, el Presidente de la Comisión,
previa consulta a los restantes miembros de la misma, dictará
una resolución, que deberá ser notificada a todos los interesados
con una antelación mínima de quince días naturales, convocando
a todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para
realizar el acto de presentación de los concursantes, y con
señalamiento del lugar, día y hora de celebración de dicho acto; a
estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto de
constitución de la Comisión y la fecha señalada para el acto de
presentación no podrá exceder de dos días hábiles.
6.2 En el acto de presentación, que será público, los
concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la
documentación señalada en el artículo 10 del Real Decreto 1888/1984,
de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre),
modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13
de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio), y recibirán
cuantas instrucciones sobre la celebración de las pruebas deban
comunicárseles.
El modelo de currículum vitae a presentar por los concursantes
será el que acompaña a la presente convocatoria como anexo III.
Además de lo contemplado en el artículo 10 del Real Decreto
citado anteriormente, los candidatos deberán reseñar en el
currículum los méritos y demás documentos acreditativos de su labor
asistencial.
Asimismo, se determinará mediante sorteo el orden de
actuación de los concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del
comienzo de las pruebas, las cuales deberán comenzar dentro
del plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al
acto de presentación.
6.3 El concurso constará de las siguientes fases:
6.3.1 Evaluación de méritos y proyecto docente y de
investigación. La Comisión seguirá para la evaluación de los méritos
y el proyecto docente, y lo establecido en el Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, el Real Decreto 118/1991,
de 25 de enero, así como la Resolución de 25 de julio de 1994
("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" número 118, del 29)
de la Dirección General de Gestión de Recursos del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se da publicidad a los baremos aplicables
en la valoración de los méritos asistenciales para acceso a plazas
vinculadas.
6.3.2 Debate de la Comisión con el concursante sobre sus
méritos e historial académico, así como sobre el proyecto docente
y de investigación.
La Comisión podrá acordar, por mayoría, que previamente a
dicha discusión los concursantes presenten oralmente sus méritos
e historial académico e investigador. Esta prueba, así como su
metodología, será la establecida en el artículo 10 del Real
Decreto 1888/1984.
6.3.3 Realización de prueba práctica, acorde con el contenido
que corresponda a la plaza vinculada a la que se opte. Dicha
prueba será determinada por la Comisión y se realizará por escrito,
siendo leída públicamente con posterioridad por cada aspirante.
En este caso, se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 4,
base octava, apartado dos, del Real Decreto 1558/1986, de 28
de junio.
6.3.4 La evaluación de las diferentes fases del concurso,
reguladas por los Reales Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre,
y 118/1991, de 25 de enero, así como en las normas de desarrollo
de este último (Resolución de 25 de julio de 1994, de la Dirección
General de Gestión de Recursos de la Consejería de Salud), tendrán
un valor equilibrado.
6.4 La propuesta de provisión de plazas se realizará por el
sistema de votación, en el plazo máximo de treinta días, a partir
de la fecha de comienzo de las pruebas. A estos efectos, la
Comisión hará pública una resolución formulando su propuesta y el
voto de cada uno de sus miembros.
6.5 Contra la propuesta de la Comisión, los candidatos
podrán presentar reclamación en el plazo máximo de quince días
hábiles ante el Rector de la Universidad de Sevilla y el Director
general de Personal y Servicios del Servicio Andaluz de Salud,
excepto en el supuesto en el que no exista propuesta de provisión
de plazas.
7. Presentación de documentos y nombramientos
7.1 Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas
deberán presentar en el Registro General de la Universidad de
Sevilla, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir
la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios
señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, los siguientes documentos:
7.1.1 Certificación médica oficial de no padecer enfermedad
ni defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones
docentes y asistenciales, mediante reconocimiento médico en los
Servicios de Medicina Preventiva o Medicina Interna de cualquier
centro del Servicio Andaluz de Salud.
7.1.2 Declaración jurada de no haber sido separado de la
Administración del Estado, institucional o local, o de la Seguridad
Social, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas,
en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado
para el ejercicio de la función pública. En el caso de nacional
de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o nacional
de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los
términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo
de la Comunidad Europea, declaración jurada de no estar sometido
a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado,
el acceso a la función pública.
7.2 Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos
de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y
requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo
del que dependan acreditativa de su condición de funcionarios
y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
7.3 Los nombramientos propuestos por la Comisión serán
efectuados por el Rector de la Universidad de Sevilla y el Director
general de Personal y Servicios del Servicio Andaluz de Salud
en el plazo de treinta días hábiles, desde la recepción del
expediente administrativo en la Secretaría General de la Universidad.
7.4 En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial
del Estado", el aspirante propuesto deberá tomar posesión de su
destino.
7.5 Cuando el personal a quien se le haya adjudicado la plaza
no tome posesión de la misma en el plazo reglamentario, perderá
el derecho al desempeño de dicha plaza, excluyéndosele de
cualquier tipo de concurso para la provisión de plazas vacantes en
la Seguridad Social de igual o inferior categoría durante un período
de doce meses.
8. Norma final
8.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos
se deriven de la misma y de la actuación de los Tribunales podrán
ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Sevilla, 13 de octubre de 1998.-El Rector, Miguel Florencio
Lora.-El Director general de Personal y Servicios del Servicio
Andaluz de Salud, Tomás Aguirre Copano.
ANEXO I
Plaza de Cuerpos Docentes Universitarios vinculada a plaza
de Coordinador de Investigación del área hospitalaria del
hospital universitario "Virgen del Rocío", del Servicio Andaluz
de Salud
I. C ATEDRÁTICOS DE U NIVERSIDAD
Plaza número 1. Cuerpo al que pertenece la plaza: Catedráticos
de Universidad. Área de conocimiento a la que corresponde:
"Fisiología". Departamento al que está adscrita: Fisiología, Fisiología
Médica y Biofísica. Actividades a realizar por quien obtenga la
plaza: Docencia e investigación. Centro hospitalario: Hospital
universitario "Virgen del Rocío", de Sevilla. Área asistencial: Área
hospitalaria "Virgen del Rocío". Clase de convocatoria: Concurso
de méritos.
(Ver imágenes páginas 2354 a 2358)
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