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Documento BOE-A-1999-18240

Acuerdo de 28 de julio de 1999, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelve concurso de méritos para la provisión de plazas de Profesores ordinarios de la Escuela Judicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 31 de agosto de 1999, páginas 32004 a 32004 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-1999-18240

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Consejo del Poder Judicial, en su reunión del

día 28 de julio de 1999, en resolución del concurso de méritos

para la provisión de cuatro plazas de Profesores ordinarios en

los Órganos Técnicos del Consejo (Acuerdo de 29 de junio de

1999 del Pleno del mismo Consejo, publicado en el "Boletín Oficial

del Estado" de 3 de julio), ha acordado:

Primero.-Nombrar a los siguientes Profesores ordinarios de

la Escuela Judicial:

En el área de Derecho Penal:

Don Javier Hernández García.

Don Juan Pedro Yllanes Suárez.

En el área de Derecho Civil:

Don José Machado Plazas.

En el área de Derecho Constitucional:

Don Rafael Jiménez Asensio.

El nombramiento de cada uno de los designados se produce

por un plazo de dos años, prorrogables por períodos anuales,

tal y como establece el artículo 146.2 de la Ley Orgánica del

Poder Judicial, correspondiéndoles la situación administrativa de

servicios especiales en sus carreras de origen, de conformidad

con lo previsto en el artículo 146.3 de la misma norma, por lo

que se declara en dicha situación a don Javier Hernández García

y a don Juan Pedro Yllanes Suárez, ambos procedentes de la

carrera judicial, con arreglo a lo establecido en el artículo 352.b)

de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin perjuicio de que el

resto de los profesores nombrados soliciten y obtengan la misma

declaración de los organismos competentes para ello en cada caso.

Segundo.-La toma de posesión se ajustará a las siguientes

normas:

A) Los Profesores ordinarios pertenecientes a la carrera

judicial deberán cesar en sus destinos el día siguiente a la publicación

del presente Acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado", tomando

posesión de su nuevo destino en el plazo de los ocho días naturales

siguientes a la mencionada publicación.

B) Los Profesores ordinarios no pertenecientes a la carrera

judicial deberán acreditar ante el Consejo General del Poder

Judicial la correspondiente declaración de compatibilidad, concedida

por la Administración de que dependan en la actualidad, con

carácter previo a la firma del contrato administrativo para la realización

de los trabajos específicos que les unirá con el mencionado

Conse jo.

Contra el presente Acuerdo, que es definitivo en vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante

la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses,

contados de fecha a fecha, desde su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado".

Madrid, 28 de julio de 1999.-El Presidente del Consejo General

del Poder Judicial,

DELGADO BARRIO

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