En el procedimiento de solicitud de autorización administrativa para
acceder a la actividad de correduría de seguros tramitado a instancia
de la sociedad "G. I. Broker's, Sociedad Limitada",
Esta Dirección General de Seguros ha acordado, mediante Resolución
de 21 de diciembre de 1998, denegar a "G. I. Broker's, Sociedad Limitada",
la autorización administrativa para ejercer la actividad de correduría de
seguros.
Habiéndose intentado practicar la notificación en el lugar señalado
al efecto por el interesado, mediante envío por correo certificado, con
aviso de recibo, se ha constatado que el interesado no se ha hecho cargo
dicha notificación.
En consecuencia, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone
en conocimiento de "G. I. Broker's, Sociedad Limitada", que esta Dirección
General de Seguros ha acordado, mediante Resolución de 21 de diciembre
de 1998, denegar a "G. I. Broker's, Sociedad Limitada", la autorización
administrativa para ejercer la actividad de correduría de seguros.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabrá
interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde su publicación,
conforme a lo establecido en los artículos 107, 114 y siguientes de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).
Madrid, 20 de julio de 1999.-La Directora general, María del Pilar
González de Frutos.
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