El Pleno del Ayuntamiento de Santa Cilia de Jaca acordó, por
unanimidad de todos sus miembros, iniciar el expediente de cambio de nombre
de su municipio por el de Santa Cilia, atendiendo a la tradición histórica
de dicha denominación de la que se conserva documentación desde el
año 1098 y que se perdió a mediados del siglo pasado, en consonancia
con la dependencia administrativa que tributaba a la ciudad de Jaca,
dependencia hoy día inexistente.
Mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial de la Provincia de
Huesca" número 75, de 1 de abril de 1998, se sometió a información pública,
por plazo de treinta días, sin que se produjese reclamación alguna.
La Diputación Provincial de Huesca emitió informe favorable al cambio
propuesto.
Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 del Real
Decreto 1690/1986, de 11 de julio, en relación a los artículos 27 y 28
del mismo texto legal.
Remitido el expediente a la Diputación General de Aragón fue sometido
a informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón y de
la Dirección General de Política Interior y Administración Local, siendo
ambos favorables al cambio de nombre del municipio.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones
Institucionales, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión
del día 28 de septiembre de 1999, dispongo:
Artículo único.
Autorizar al Ayuntamiento de Santa Cilia de Jaca, de la provincia de
Huesca, el cambio de denominación de su municipio por el de Santa Cilia,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto
1690/1986, de 11 de julio.
Zaragoza, 28 de septiembre de 1999.-El Presidente, Marcelino Iglesias
Ricou.-El Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, José
Ángel Biel Rivera.
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