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Documento BOE-A-1999-23465

Resolución de 11 de noviembre de 1999, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), por la que se convocan dos becas CIEMAT-Fundación ENRESA para estancias de Doctores y Tecnólogos en centros extranjeros.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 8 de diciembre de 1999, páginas 42373 a 42375 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-23465

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General del Centro de Investigaciones Energéticas,

Medioambientales y Tecnológicas, de conformidad con lo establecido en

la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear, y en uso de las

facultades delegadas por Resolución de 25 de abril de 1997 ("Boletín Oficial

del Estado" de 9 de mayo), del Presidente del Centro de Investigaciones

Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, acuerda hacer pública la

siguiente convocatoria para la adjudicación, en régimen de concurrencia

competitiva, de dos becas para estancias de Doctores y Tecnólogos en

centros extranjeros.

La presente convocatoria se regirá por las siguientes normas

específicas: Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General

de la Investigación Científica y Técnica; el Real Decreto

Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido

de la Ley General Presupuestaria, modificado por las Leyes 31/1990,

de 17 de diciembre, 31/1991, de 30 de diciembre y 21/1993, de 29 de

diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, 1992 y 1994,

respectivamente, el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el

que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de

Subvenciones Públicas y demás normas que sean de aplicación.

Su financiación se efectuará con cargo al concepto 483 de los

Presupuestos de Gastos del Centro de Investigaciones Energéticas,

Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT).

La resolución de concesión de becas será publicada en los tablones

de anuncios del CIEMAT y comunicada directamente a los adjudicatarios.

Contra ambas resoluciones podrá interponerse, por los interesados,

recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro de Industria y

Energía en la forma y plazo establecidos en la Ley 4/1999, de 13 de enero,

de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Normas comunes de presentación de solicitudes y disfrute de las becas

convocadas

1. Requisitos de los solicitantes

Para optar a las becas para estancias de Doctores y Tecnólogos en

los laboratorios en el extranjero será necesario cumplir con los siguientes

requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o de un país miembro de la Unión

Europea.

b) Estar en posesión del grado de Doctor o Licenciado universitario

y poder acreditar documentalmente la realización de estudios o trabajos

de interés tecnológico, durante, al menos, dos años en centros públicos

o privados de investigación de reconocido prestigio.

En el momento de la concesión de la beca, los títulos conseguidos

en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar

homologados, lo que deberá demostrarse documentalmente.

c) Poseer conocimientos adecuados a las áreas o temas de

investigación relacionados en los que se va a trabajar durante el disfrute de

la beca.

d) No padecer defecto físico alguno que impida el normal desarrollo

de la beca.

2. Condiciones de las becas

2.1 Las tareas de investigación objeto de las becas que se convocan

se realizarán en las instalaciones indicadas en el apartado 7.

2.2 Los adjudicatarios de las becas deberán estar en situación de

poder incorporarse a las instalaciones de trabajo en la fecha de iniciación

que se establezca, que será, como máximo, tres meses después de la

publicación de la lista de seleccionados.

2.3 La concesión y disfrute de las presentes becas no establece

relación contractual o estatutaria alguna.

3. Obligaciones de los beneficiarios

3.1 La aceptación de la beca por parte del beneficiario implica la

aceptación de los términos de la presente convocatoria, así como de

aquellas normas de régimen interior que se establezcan por la Dirección del

CIEMAT y de las señaladas por el Ministerio de Economía y Hacienda

para la justificación de los fondos públicos recibidos.

4. Formalización de las solicitudes

4.1 Los solicitantes dirigirán una instancia por cada tema al que opten,

en el modelo normalizado que figura como anexo 1, al ilustrísimo señor

Director general del CIEMAT.

4.2 En la instancia se hará constar que se cumplen los requisitos

expuestos en el punto 1 de la convocatoria, así como los méritos que

se consideren oportunos hacer constar y el tema en que se desearía

desarrollar la investigación.

4.3 Se acompañará a la instancia fotocopia del documento nacional

de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia del solicitante y toda aquella

documentación que justifique tanto los requisitos exigidos como los méritos

alegados, uniendo currículum vitae lo más completo posible.

4.4 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días

naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", pudiéndose presentar en el

Registro General del CIEMAT (avenida Complutense, número 22,

28040 Madrid), o mediante cualquiera de las formas que establece el

artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

con las modificaciones establecidas por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

4.5 Si las solicitudes no reúnen los requisitos indicados, se requerirá

al solicitante para que en el plazo de diez días, complete la documentación

o subsane la falta, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá

por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada

en los términos previstos en el artículo 42, de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 71, ambos de la Ley 30/1992, con las modificaciones

establecidas por la Ley 4/1999.

5. Duración, cuantía y forma de pago de las becas

5.1 La duración de las becas será de un año, pudiendo prorrogarse

por un año más, y excepcionalmente hasta un tercero, en función de la

marcha de los trabajos y de la disponibilidad presupuestaria.

5.2 La cuantía de cada beca será de 3.800.000 pesetas íntegras anuales.

Igualmente se abonarán los gastos de viaje que pudieran ocasionar los

desplazamientos que hubieran de realizarse para la ejecución de las

investigaciones.

6. Selección de aspirantes

La selección será realizada por una Comisión formada por:

Presidente: El Director general del CIEMAT.

Vocales:

El Subdirector general de Recursos Humanos del CIEMAT.

Un investigador, designado por el Director general de CIEMAT.

Un representante de la Fundación ENRESA, designado por el Presidente

de la Fundación ENRESA.

Secretario: El Director del Instituto de Estudios de la Energía.

7. Temas de investigación y requisitos

Tema 1. Estudios de verificación integral de sistemas nucleares

subcríticos para la transmisión de radionucleidos de vida larga. (Experimento

MUSE, CEA, Cadarache, Francia).

Requisitos: Doctor o Licenciado en Ciencias Físicas (especialidad Física

Fundamental).

Se requieren conocimientos específicos en simulación de sistemas

nucleares y subcríticos. Se valorarán conocimientos de informática.

Tema 2. Estudios y experimentos de separación de radionucleidos

de vida larga por vía pirometalúrgica (a desarrollar en el ITV, JRC de

Karlsruche, Alemania).

Requisitos: Doctor o Licenciado en Ciencias Químicas, especialidad

Ingeniería Química, Analítica o Fisicoquímica.

Se valorarán los conocimientos sobre Química de Actínidos, procesos

electroquímicos y de inglés.

Madrid, 11 de noviembre de 1999.-El Presidente, por delegación

(Resolución de 25 de abril de 1997, "Boletín Oficial del Estado" de 9 de mayo),

el Director general, Félix Ynduráin Muñoz.

ANEXO I

Centro de Investigaciones Energéticas Medioambientales y Tecnológicas

Solicitud de admisión al concurso de fecha............................. publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de ...................................... para

adjudiación de becas de formación de personal investigador.

Datos personales del solicitante:

Apellidos: Nombre: DNI:

Lugar y fecha de nacimiento: Nacionalidad:

Domicilio actual, calle y localidad: Teléfono:

Titulación académica con la que concursa:

Beca que solicita:

Número ......................................

Tema...........................................................................................................................................................................................................

..................................................................................................................................................................................................................

..................................................................................................................................................................................................................

..................................................................................................................................................................................................................

..................................................................................................................................................................................................................

Documentación a acompañar:

a) Copia del documento nacional de identidad.

b) Copia del título académico o certificación de estudios.

c) Currículum vitae.

d) Historial académico.

e) Otros méritos que se deseen alegar.

................................................, a .... de ........................................... de ..............

(Firma)

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES ENERGÉTICAS, MEDIOAMBIENTALES Y TECNOLÓGICAS. AVENIDA

COMPLUTENSE, 22, 28040 MADRID.

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