Visto el expediente de indulto de don Rafael Ruiz Martínez, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en
virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en
el artículo 4. o , apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Segunda
de la Audiencia Nacional Penal que, en sentencia de fecha 19 de enero
de 1996 le condenó, como autor de un delito de falsificación de moneda,
a la pena de doce años y un día de reclusión menor, inhabilitación absoluta
durante el tiempo de la condena y multa de 16.000.000 de pesetas, con
las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio
durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994;
a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 29 de enero de 1999,
Vengo en conmutar a don Rafael Ruiz Martínez la pena privativa de
libertad impuesta, por otra de seis años de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal
cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 29 de enero de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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