De conformidad con lo establecido en los artículos 145 y 146
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
reformada por Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, y como
resultado del concurso de méritos para la provisión de un puesto
de trabajo en los órganos técnicos del Consejo General del Poder
Judicial, entre funcionarios del grupo B de las Administraciones
Públicas, con destino en la Escuela Judicial, convocado por
Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial en su reunión
del día 17 de mayo de 2000 (publicado en el "Boletín Oficial
del Estado" número 129, del 30), la Comisión Permanente de
este Consejo, en su reunión del día 19 de septiembre de 2000,
acuerda resolver dicho concurso, por delegación del Pleno, en
los términos de la propuesta de la Comisión de Valoración
designada al efecto, adjudicando el puesto de Jefe de Unidad de
Informática, atendiendo al orden de puntuación total obtenida, a la
siguiente concursante:
Doña Montserrat Lloreta Oliva, con número de Registro de
Personal 7807182824.
En relación con lo previsto en la norma novena de las bases
de la convocatoria, no se acompaña la relación complementaria
a que se refiere la misma, al no haber concursantes que hayan
superado la puntuación mínima exigida en las dos fases, a
excepción del concursante al que se ha adjudicado la vacante.
El plazo de toma de posesión en el destino obtenido será el
de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de este acuerdo en el "Boletín Oficial del
Estado".
La funcionaria nombrada quedará en la situación de servicios
especiales mientras preste sus servicios en el Consejo General
del Poder Judicial, de conformidad con lo establecido en el
artículo 146.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, desempeñando sus funciones durante el plazo de dos
años, prorrogables por períodos anuales de acuerdo con lo
señalado en el artículo 146.1 de la citada norma, y estará sometido
al Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo.
Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de
seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa
de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso
de no efectuarlo.
Contra el presente Acuerdo, que se adopta por delegación del
Pleno del Consejo, cabe recurso contencioso-administrativo ante
la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses,
contado de fecha a fecha desde su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado".
Madrid, 19 de septiembre de 2000.-El Presidente del Consejo
General del Poder Judicial,
DELGADO BARRIO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid