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Documento BOE-A-2000-6874

Resolución de 23 de marzo de 2000, de la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica, por la que se corrigen errores padecidos en la Resolución de 22 de febrero de 2000, por la que se adjudicaron ayudas para la realización de estancias de investigadores españoles en centros de investigación españoles y extranjeros correspondientes al Programa Sectorial de Ayudas de Movilidad de Profesorado Universitario e Investigadores.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 2000, páginas 14830 a 14830 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-2000-6874

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 22 de febrero de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de marzo), de la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica se adjudicaron las ayudas para la realización de estancias de investigadores españoles en centros de investigación españoles y extranjeros correspondientes al Programa Sectorial de Ayudas de Movilidad de Profesorado Universitario e Investigadores, convocadas por Resolución de 12 de julio de 1999, de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo, padeciéndose error en el país de disfrute de la ayuda y dotación mensual bruta correspondiente a don Vicente Álvarez García.

Por ello, he resuelto, en uso de la delegación otorgada por la citada convocatoria, modificar la ayuda concedida a don Vicente Álvarez García, siendo el país de disfrute Alemania y la dotación mensual bruta de 350.000 pesetas, permaneciendo sin variaciones las restantes condiciones de la ayuda.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 23 de marzo de 2000.-El Director general, Tomás García-Cuenca Ariati. Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación, Perfeccionamiento y Movilidad de Investigadores.

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