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Documento BOE-A-2004-8417

Orden APU/1209/2004, de 12 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2004, páginas 17772 a 17780 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2004-8417

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,

de 6 de febrero , por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso

en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información

de la Administración del Estado con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 35 plazas del

Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de

la Administración del Estado Código 1166 por el sistema general

de acceso libre, y 2 plazas por el sistema de promoción interna,

de las comprendidas en el artículo 5 del Real Decreto 222/2004,

de 6 de febrero.

Del total de plazas asignadas al turno libre se reservarán 2,

para quienes tengan la condición legal de personas con

discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas

con discapacidad, los aspirantes discapacitados que hayan

superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán

optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas

con discapacidad se acumularán a las de acceso general.

En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de

promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a

las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en

el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín

Oficial del Estado de 15 de abril).

1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos

convocatorias.

1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de

acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para

los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna,

con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican

en el anexo I.

El proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para

la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan

superado la fase de oposición y, en su caso, de concurso serán

nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

1.4 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el

que figura como anexo II a esta convocatoria.

1.5 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el

siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en el

mes de julio de 2004. La duración máxima de la fase de oposición

será de seis meses, contados a partir de la fecha de realización

del primer ejercicio.

1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo

los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de

la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Ser español.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud

de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea

y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,

el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de

los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así

lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún

Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén

separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán

participar sus descendientes y los de su cónyuge menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o

equivalente, incluyendo, en su caso, haber superado el Proyecto "Fin

de carrera". En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero

se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su

homologación.

2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni

estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con

el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por

promoción interna deberán cumplir, además:

2.1.6 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de

carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos

en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto ; o a Cuerpos o Escalas Postales y de

Telecomunicación, adscritos al grupo B y estar además destinados en la

Administración General del Estado.

2.1.7 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante

al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o

Escalas del grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación del

artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o en Cuerpos o

Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo B.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la

condición legal de persona con discapacidad con un grado de

minusvalía igual o superior al 33 %.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a

pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de

derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente

en el Instituto Nacional de Administración Pública (C/ Atocha 106,

Madrid), en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la

Función Pública, (C/ María de Molina 50, Madrid), en las Delegaciones

y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones

diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página

de Internet www.map.

es/servicios-al-ciudadano/empleo-publico/procesos-selectivos

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

Auxiliar del Ministerio de Administraciones Públicas (C/ María

de Molina 50, Madrid-28006), o en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales

contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de

esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán

a la Directora General de la Función Pública. La no presentación

de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del

aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del documento de identidad o del

pasaporte.

Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la base

2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia compulsada

del correspondiente documento de identidad o pasaporte, una

fotocopia de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de

residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal

de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo

en vigor.

Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base

2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte, una

fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber

solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber

solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no

haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten

el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del

español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que

sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que

existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las

certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía

igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o

medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido

por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de

minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que

pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un

mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En

dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del

Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al

público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos

y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para

subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y

determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio

de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran

producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos

lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que

figura como anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de la

Función Pública (C/ María de Molina, 50, 28006-Madrid),

teléfono 91 273 24 79.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de

oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra

"S", según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de

Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004

(Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración

y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan

alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación

de la puntuación obtenida.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que

participen por el turno de promoción interna y que la hubieran

superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales para

presentar en el Registro Auxiliar del Ministerio de Administraciones

Públicas (C/ María de Molina, 50, 28006-Madrid) o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, una certificación expedida

por los servicios de personal de los Ministerios u Organismos

donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según

modelo que figura como anexo V. La no presentación de la

certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración al

aspirante de la fase de concurso.

6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares

de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal,

la relación que contenga la valoración provisional de méritos de

la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida

en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo

de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación

de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.

Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la

valoración definitiva de la fase de concurso.

6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del

proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes

no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,

previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a

la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizada la fase de oposición, en el caso de los

participantes por el turno libre, y las fases de oposición y de concurso,

en el caso de los participantes por el turno de promoción interna,

el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de

puntuación en los locales en donde se haya celebrado la última

prueba.

Dicha relación se elevará a la Directora General de la Función

Pública, que la publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días

naturales, desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado",

para la presentación de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el

plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para

la realización del curso selectivo.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

uno de los sistemas de acceso.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo en ambas convocatorias se efectuará según

la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.

Los aspirantes aprobados en la convocatoria de promoción

interna podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto

que vinieran desempeñando con carácter definitivo o mediante

adscripción provisional, de conformidad con lo establecido en el

artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley

30/1984, de 2 de agosto ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de

marzo ; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto

en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor

Ministro de Administraciones Públicas en el plazo de un mes desde

su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el

plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano

jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en

caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer

recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto

expresamente o se haya producido la desestimación presunta del

mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 12 de abril de 2004.-P. D. (Orden APU/3363/2002,

de 27 de diciembre, B.O.E. del 3 de enero de 2003), el Secretario

de Estado para la Administración Pública, Julio Gómez-Pomar

Rodríguez.

Ilmos. Sres. Directora general de la Función Pública, Director

general de Organización Administrativa, Director del Instituto

Nacional de Administración Pública y Presidente del tribunal

calificador.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

Proceso selectivo común

1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios

eliminatorios:

Primer ejercicio. Consistirá en la realización de una prueba

en la que se deberá resolver por escrito un cuestionario de

preguntas de respuesta múltiple, relacionado con las materias que

figuran en el anexo II. La cuarta parte de las preguntas incluidas

en el cuestionario deberán versar sobre los temas que en el anexo II

figuran en el bloque A. Temas Generales, de las que estarán

eximidos los aspirantes que participan por el turno de promoción

interna.

Este ejercicio tiene por finalidad medir la amplitud y

profundidad de los conocimientos del aspirante sobre las materias del

temario, por lo que incluirá tanto preguntas de conocimientos

como preguntas conceptuales que exijan la asociación de

elementos de conocimiento diferentes. La duración de esta prueba no

será superior a tres horas.

Segundo ejercicio. Consistirá en una prueba de conocimientos

del idioma inglés. El objetivo de esta prueba es determinar la

amplitud de los conocimientos del aspirante y su capacidad de

comprensión y expresión en lengua inglesa.

Se realizará en dos partes:

La primera parte consistirá en una traducción directa, por

escrito, en castellano, de un texto técnico en inglés, en un tiempo

máximo de una hora. No podrá utilizarse diccionario.

La segunda parte del ejercicio consistirá en la lectura por el

aspirante en sesión pública ante el Tribunal, de la traducción

realizada en la parte anterior, seguida a continuación de una

conversación con éste, en inglés, durante un tiempo máximo de quince

minutos.

El texto técnico en inglés utilizado por el Tribunal se referirá

a Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Para la verificación de este ejercicio el Tribunal podrá ser asistido

por asesores especialistas designados por el mismo.

Tercer ejercicio. Constará de dos partes:

En la primera parte, los aspirantes deberán desarrollar por

escrito dos temas del programa de materias, a escoger entre tres

extraídos al azar, uno del bloque A, Temas Generales y los otros dos

del bloque B, Temas Específicos, del anexo II. En este ejercicio,

los aspirantes que participen por el turno de promoción interna,

redactarán dos temas a elegir entre tres extraídos al azar

únicamente entre los correspondientes al bloque B, Temas

Específicos, del anexo II. Para la realización de esta primera parte del

ejercicio los aspirantes dispondrán de un período de tiempo total

máximo de tres horas.

La segunda parte constará de las siguientes fases, que se

desarrollarán de forma sucesiva en sesión pública ante el Tribunal:

1.a Exposición oral durante un tiempo máximo de quince

minutos, de un tema de actualidad tecnológica de carácter general,

propuesto por el Tribunal, que guarde alguna relación con el

contenido del bloque B, Temas Específicos, del programa del anexo II.

Los opositores dispondrán, previamente a la exposición oral,

de diez minutos para la preparación del tema general, sin que

puedan consultar ninguna clase de texto o apuntes. Durante la

exposición podrán utilizar el guión que, en su caso, hayan realizado

durante el referido tiempo de preparación.

Se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos,

la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

2.a Lectura de los temas desarrollados por escrito en la

primera parte del ejercicio. Se calificará valorando los conocimientos,

la claridad y orden de ideas y la calidad de expresión escrita,

así como su forma de presentación y exposición.

Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el

opositor durante un período máximo de diez minutos, pudiendo

realizar las preguntas que juzgue convenientes sobre los temas

desarrollados en ambas fases.

Cuarto ejercicio. Consistirá en la resolución por escrito, durante

un período máximo de cinco horas, de un supuesto práctico.

Para la resolución del supuesto, el Tribunal podrá proponer

a los aspirantes la posibilidad de elegir una entre varias opciones

tecnológicas distintas, correspondientes a diferentes dominios del

conocimiento en el campo de los Sistemas y Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones, relacionadas con las materias

que figuran en el anexo II de esta Orden.

El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el aspirante en

sesión pública ante el Tribunal.

Una vez leído ante el Tribunal el ejercicio completo, éste

procederá a realizar cuantas preguntas considere necesarias durante

un período máximo de veinte minutos, para determinar el grado

de adecuación de la solución propuesta, para lo cual se podrá

disponer de una pizarra o elemento similar, y el nivel de

conocimientos del aspirante sobre las materias incluidas en el programa

que figura en el anexo II.

Una vez transcurridos diez minutos desde el inicio de la lectura,

el Tribunal podrá decidir que el opositor abandone el mismo si

estimara su ejercicio notoriamente insuficiente.

En este ejercicio el Tribunal valorará la calidad técnica de la

solución propuesta, la sistemática, la capacidad de análisis y la

capacidad de expresión escrita y oral del aspirante, así como sus

conocimientos sobre el programa.

2. Los ejercicios de la fase de oposición de ambas

convocatorias se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: Se calificará de cero a 30 puntos. Para

superarlo será necesario obtener un mínimo de quince puntos.

Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos. Será

preciso obtener un mínimo de diez puntos para superarlo.

Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos siendo necesario

obtener un mínimo de quince puntos para superarlo.

Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a 50 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de veinticinco puntos para superarlo.

3. La calificación de la fase de oposición de los aspirantes

vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas

en los diferentes ejercicios de dicha fase. En caso de empate el

orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida

en el cuarto ejercicio, y si esto no fuera suficiente, en el tercero,

primero o segundo, por este orden.

4. Curso selectivo.

4.1 El curso selectivo, bajo la supervisión de esta Secretaría

de Estado, será organizado por el Instituto Nacional de

Administración Pública y tendrá como finalidad primordial la

adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de

los aspirantes para el ejercicio de sus funciones.

4.2 El curso selectivo tendrá una duración máxima de seis

meses. Su calendario y programa, así como las normas internas

que hayan de regularlo, serán establecidos oportunamente por

el Instituto Nacional de Administración Pública.

4.3 El carácter selectivo del curso exigirá la superación por

los aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos

en relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

4.4 El curso se calificará de cero a 70 puntos, siendo necesario

para superarlo obtener, como mínimo, treinta y cinco puntos.

4.5 Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán

el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a

propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

Normas específicas del proceso selectivo en la convocatoria

de promoción interna.

1. En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio,

se valorarán para los aspirantes de promoción interna, los servicios

efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,

de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en

la Administración Pública, hasta la fecha de publicación de esta

convocatoria en Cuerpos o Escalas del grupo B, incluidos en el

ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto

(artículo 1.1), así como el grado personal consolidado en la fecha de

publicación de esta convocatoria, los cursos de formación y

perfeccionamiento realizados relativos a las Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones seguidos en la Administración y

que puedan ser acreditados y el trabajo desarrollado en puestos

en los que se hubieran desempeñado actividades relativas a estas

últimas, según el tiempo de permanencia en puestos de trabajo

de cada nivel.

A efectos de su valoración por el Tribunal, se consideran

puestos de Tecnologías de la Información a aquellos que como tales

hayan sido definidos por la Comisión Ejecutiva de la Comisión

Interministerial de Retribuciones.

2. La valoración de los méritos se efectuará de la forma

siguiente:

A) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o

Escalas del grupo B, se valorará teniendo en cuenta los servicios

prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria,

asignándose a cada año completo de servicios efectivos una

puntuación de 0,10 hasta un máximo de tres puntos.

B) Grado personal consolidado: Se otorgará la siguiente

puntuación según el grado personal que se tenga consolidado y

formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por

la autoridad competente el día de la publicación de esta Orden

en el Boletín Oficial del Estado:

Hasta el grado 18: dos puntos ; y por cada unidad de grado

que exceda de 18, 0,20 puntos, hasta un máximo de cuatro puntos.

C) Trabajo desarrollado: Trabajo desarrollado en puestos en

los que se hubieran desempeñado actividades relativas a

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Se valorará según

el tiempo de permanencia en puestos de trabajo de cada nivel,

otorgando a cada aspirante la puntuación obtenida de la suma

de productos que resulte de multiplicar los valores asignados a

cada nivel de puesto, por el número de años que hayan

permanecido en los mismos, según la siguiente escala y con un máximo

de dieciocho puntos:

Niveldeadscripcióndelpuestodetrabajo confunciones

deTecnologíasdelaInformación Puntos/año

26 5

26 4

25 3

24 2

22 y 23 1

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia

de sus efectos económicos.

D) Cursos de formación: Los cursos de formación recibidos

o impartidos sobre Sistemas y Tecnologías de la Información,

acreditados por el funcionario, se valorarán en función de su contenido

y duración de 0,25 a 0,50 puntos. La puntuación máxima que

podrá alcanzarse por este mérito será de cinco puntos.

3. En el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente

al que se haga pública la lista de aprobados del último ejercicio

de la fase de oposición, los aspirantes que lo hayan superado

deberán presentar en el Registro Auxiliar del Ministerio de

Administraciones Públicas o en la forma establecida en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios de

personal de los Ministerios u Organismos donde presten o, en su

caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como

anexo V.

La no presentación de la certificación en el plazo señalado

supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.

4. La lista que contenga la valoración provisional de méritos

se hará pública, mediante resolución de la autoridad convocante,

a propuesta del Tribunal calificador. Los aspirantes dispondrán

de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la

publicación de dicha resolución, para efectuar las alegaciones

pertinentes.

5. Por la misma autoridad se publicará resolución que

contenga la relación definitiva de la fase de concurso.

6. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de

concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de

oposición.

Calificación final: En la convocatoria de acceso libre, la

calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma

de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el

curso selectivo, mientras que en la de promoción interna, estará

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase

de oposición, en la fase de concurso y en el curso selectivo.

ANEXO II

Programa

A. TEMAS GENERALES

I. Derecho Constitucional y Administrativo

1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido.

Los derechos y libertades fundamentales. Garantía y suspensión

2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión

y Regencia. El refrendo.

3. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados. El

Senado. La función legislativa. La función de control. La función

financiera. La relación entre Cámaras.

4. El Gobierno. Composición. Nombramiento y cese.

Funciones del Gobierno. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

5. La Administración General del Estado. Organos superiores

de la Administración General del Estado. Organos Territoriales

de la Administración General del Estado. Delegados y

Subdelegados del Gobierno.

6. Los contratos administrativos: Concepto y clases.

Elementos de los contratos. Su cumplimiento. La revisión de los precios

y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

7. Tipos de contratos: Obras, gestión de servicios públicos.,

suministro, consultoría y asistencia técnica y de servicios.

8. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones

Públicas. Procedimiento de responsabilidad patrimonial. La acción

de responsabilidad.

9. El Procedimiento administrativo común y su alcance. Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común: Planteamiento general y

principios rectores.

10. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Procedimientos administrativos: Iniciación,

ordenación, instrucción y finalización. Obligación de resolver.

11. La revisión de los actos en vía administrativa. Los recursos

administrativos. El recurso contencioso-administrativo.

II. Gestión financiera

1. El presupuesto. Conceptos y clases. Presupuesto por

programas. Objetivos. Programas y evaluación. Presupuesto base

cero. Objetivos. Unidades y paquetes de decisión. Asignación de

prioridades.

2. Las leyes anuales de presupuestos. Su contenido. El

presupuesto del Estado. Estructura. Créditos presupuestarios. Ciclo

presupuestario. Gastos plurianuales

3. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de

créditos. Créditos extraordinarios. Suplementos de créditos.

Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de crédito. Generación

de créditos.

4. La contabilidad pública. Concepto. Contabilidad

preventiva. Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Control del gasto

público en España. El control de legalidad. El Tribunal de Cuentas.

5. Plan General de Contabilidad Pública: Fines, Objetivos,

Ambito de aplicación, características. Criterios de valoración.

6. Contabilidad Presupuestaria y Contabilidad de Gestión.

Los grupos de cuentas. Estructura y contenido. Liquidación y cierre

de ejercicio. La Cuenta General del Estado.

7. Ordenación del gasto. Ordenación del pago. Organos

competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que

intervienen en la ejecución de los gastos y los pagos. Disposición

de fondos del Tesoro Público.

8. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de

transferencias. Corrientes y de capital. Gastos de inversión.

9. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones

presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de Caja

Fija. Pagos a justificar. Justificación de libramientos.

10. El sistema financiero español. Estructura. Evolución. La

política monetaria.

11. Las relaciones financieras entre las Administraciones

Públicas españolas. Las relaciones financieras con la Unión

Europea. Los Fondos Estructurales.

B. TEMAS ESPECÍFICOS

I. Los Sistemas de Información y la Organización

1. Definición y estructura de los Sistemas de Información.

2. La información en las organizaciones. Las organizaciones

basadas en la información. La Administración como caso

específico de este tipo de organización.

3. Las etapas de la informática en las organizaciones. El

modelo de NOLAN y otros modelos.

4. La comunicación en las organizaciones complejas.

Captación, flujo y aprovechamiento de la información. Consecuencias

del funcionamiento deficiente de los Sistemas de Información.

5. Estrategia, objetivos y funciones del directivo de Sistemas

y Tecnologías de la Información en la Administración.

6. Herramientas de planificación y control de gestión de la

función del directivo de Sistemas y Tecnologías de la Información

en la Administración.

7. Los conocimientos y el ámbito de competencia del directivo

de las Tecnologías de la Información en la Administración Pública

8. Organización y funcionamiento de un Centro de Sistemas

de Información I. Funciones de Desarrollo y Mantenimiento.

9. Organización y funcionamiento de un Centro de Sistemas

de Información II. Funciones de Sistemas, Bases Datos y

Comunicaciones.

10. Organización y funcionamiento de un Centro de Sistemas

de Información III. Funciones de Infocentro, Relaciones con

Usuarios.

11. Dirección de proyectos. Planificación de recursos técnicos

y humanos.

12. Dirección de proyectos. Técnicas de control.

13. La seguridad de tecnologías de la información: objetivos,

estrategias, políticas, organización y planificación. La evaluación

y certificación de la seguridad de las tecnologías de la información ;

criterios de evaluación y certificación.

14. Análisis y gestión de Riesgos. MAGERIT, la metodología

del Consejo Superior de Informática de análisis y gestión de riesgos

de los sistemas de Información.

15. La legislación de protección de datos de carácter

personal I. La directiva 95/46/CE. La Ley Orgánica de Protección

de Datos de Carácter Personal (LOPD).

16. La legislación de protección de datos de carácter

personal II. RD 994/1999 Reglamento de Medidas de Seguridad de

los Ficheros Automatizados que contengan Datos de carácter

personal.

17. La Agencia de Protección de Datos.

18. Auditoría Informática I. Concepto y contenidos, Normas

técnicas y Estándares, Organización de la función auditora,

Aspectos específicos de la Auditoría Informática en la Administración

Pública.

19. Auditoría Informática II. Revisión de controles generales,

revisión de controles de aplicación.

20. Auditoría Informática III. Auditoria de sistemas

específicos (SGBD), Comunicaciones, informática personal, EDI + EFT),

Auditoría de economía, eficacia y eficiencia de los sistemas de

información.

21. La planificación de la capacidad de los Sistemas

Informáticos.

22. La teoría de la decisión multicriterio discreta como

modelo de referencia metodológico para la selección de bienes y

servicios. El método de la ponderación lineal.

23. Alternativas básicas de decisión en el campo del

equipamiento hardware y software.

24. Órganos de elaboración y desarrollo de la política

informática del gobierno I. El Consejo Superior de Informática (CSI).

La Comisión Interministerial de Adquisición de Bienes y Servicios

informáticos (CIABSI).

25. Órganos de elaboración y desarrollo de la política

informática del gobierno II. Las Comisiones Ministeriales de Informática

(CMI).

26. Órganos de elaboración y desarrollo de la política

informática del gobierno III. La Comisión Nacional para la Cooperación

entre las Administraciones Públicas en el Campo de los Sistemas

y Tecnologías de la Información (COAXI).

27. Órganos de elaboración y desarrollo de la política

informática del gobierno IV. EI Grupo de Usuarios de

Telecomunicaciones en la Administración (GTA)

28. Líneas estratégicas de actuación de la administración en

el campo de las Tecnologías de la Información y de las

Comunicaciones.

29. La protección jurídica de los programas de ordenador I.

Legislación, legislación Web.

30. La protección jurídica de los programas de ordenador II.

Los medios de comprobación de la legalidad y control del software.

31. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías de

la Información en la Administración General del Estado I. El

proceso de contratación. El tipo de contratación. El procedimiento

de adjudicación. Las vías de contratación.

32. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías de

la Información en la Administración General del Estado II. El

expediente de contratación. Pliegos de condiciones: cláusulas más

significativas.

33. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías de

la Información en la Administración General del Estado III. El

proceso de recepción de entregas y su control. Designación de

interventores y asesores para los contratos informáticos.

34. La utilización de aplicaciones genéricas y normalizadas

en la Administración.

35. La rentabilidad de las inversiones en los proyectos de

Tecnologías de la Información.

36. Aspectos ergonómicos y medioambientales de la

adquisición y uso de bienes de Tecnologías de la Información.

37. Elementos conceptuales y arquitectura de sistemas

abiertos. Sistemas abiertos y normalización de facto.

38. Política comunitaria de sistemas abiertos. Estrategias de

las Administraciones Públicas. La política comunitaria de

normalización. La decisión 87/95/CEE del Consejo de las CC.EE.

39. Organizaciones internacionales y nacionales de

normalización I. Normas en el sector de las tecnologías de la Información

(TI).

40. Organizaciones internacionales y nacionales de

normalización II. Pruebas de conformidad y certificación. El

establecimiento de servicios de pruebas de conformidad.

II. Tecnología Básica

1. Hardware I. Sistemas de altas prestaciones. Grid

Computing.

2. Hardware II. Equipos departamentales y estaciones gráficas

de trabajo.

3. Hardware III. Dispositivos personales de PC, PDA, Tablet.

4. Hardware IV. Sistemas de almacenamiento para sistemas

grandes y departamentales.

5. Hardware V. Dispositivos para tratamiento de información

multimedia.

6. Tipos de sistemas de información multiusuario. Sistemas

grandes, medios y pequeños. Servidores de datos y de aplicaciones.

7. El procesamiento cooperativo y la arquitectura

cliente-servidor.

8. Concepto, evolución y tendencias de los sistemas

operativos.

9. Los sistemas operativos y el soporte lógico de base e

intermedio de los sistemas medios y medios y pequeños

10. El Sistema Operativo UNIX-LINUX I. Conceptos básicos.

11. El Sistema Operativo UNIX-LINUX II. Administración.

Interfase gráfica-Gnome, KDE etc.

12. Los Sistemas Operativos y el soporte lógico de base I.

Sistemas de altas prestaciones.

13. Los Sistemas Operativos y el soporte lógico de base II.

Entorno Microsoft.

14. Los sistemas de gestión de bases de datos SGBD. El

modelo de referencia de ANSI

15. El modelo relacional. El lenguaje SQL. Normas y

stándares para la interoperabilidad entre gestores de bases de datos

relacionales.

16. Entorno de desarrollo Microsoft.NET para software con

distribución.

17. Entorno de desarrollo JAVA para software con

distribución.

18. Software de código abierto I. Software libre. Conceptos

base.

19. Software de código abierto II. Software libre. Aplicaciones

entorno ofimatico y servidores Web.

20. Inteligencia artificial. La orientación heurística.

21. Gestión del conocimiento: Representación del

conocimiento. Sistemas expertos. Herramientas.

22. Inteligencia artificial distribuida. Agentes inteligentes.

23. Aprendizaje automático. Inducción del Conocimiento.

Aplicaciones de las Tecnologías de la Información: Inducción de

reglas en bases de datos.

24. Los sistemas de información geográfica. Conceptos y

funcionalidades básicos.

25. Gestión de los datos corporativos. Almacén de datos

(Data-Warehouse). Arquitectura O.LAP. Minería de datos. Generación

de Informes a la Dirección.

26. Lenguajes y herramientas para la utilización de redes

globales. HTML y XML.

27. Comercio electrónico. Mecanismos de pago. Gestión del

negocio.

28. El papel del Workflow, el Groupware y el Data-Warehouse

en la Administración Pública.

29. Firma electrónica I : Servicios, técnicas y mecanismos

para la seguridad de las tecnologías de la información: las técnicas

y mecanismos criptográficos, los servicios de certificación

electrónica, los protocolos seguros.

30. Firma electrónica II. La tecnología de tarjetas. La tarjeta

inteligente. Su aplicación para el cifrado, la autenticación

electrónica.

31. Los servicios de directorio electrónico. Tecnología X.500

y LDAP.

III. Ingenieria de los Sistemas de Información

1. El ciclo de vida de los sistemas de información. Modelos

del ciclo de vida.

2. Planificación estratégica de sistemas de información y de

comunicaciones

3. El plan de sistemas de información.

4. El análisis de requisitos de los sistemas de información

y de comunicaciones.

5. Metodología de desarrollo de sistemas. Orientación al

proceso y orientación a los datos.

6. Análisis de sistemas de información. El modelo entidad

relación. Entidades y superentidades.

7. El análisis estructurado. Diccionario de datos, diagrama

de flujo de datos. Análisis esencial.

8. El análisis orientado a objetos. Objetos, clases, herencia,

métodos. Arquitecturas de Objetos distribuidos.

9. Técnicas de análisis y diseño de sistemas transaccionales.

10. El diseño estructurado.

11. El diseño orientado a objetos.

12. La elaboración de prototipos en el desarrollo de sistemas.

13. La metodología de planificación y desarrollo de Sistemas

de Información MÉTRICA del Consejo Superior de Informática.

14. La garantía de calidad en el proceso de producción del

software.

15. Métricas y evaluación de la calidad del software.

16. La implantación de la función calidad.

17. La estimación de recursos y esfuerzo en el desarrollo de

sistemas de información.

18. El programa EUROMÉTODO de la Comisión Europea.

19. La migración de aplicaciones en el marco de procesos

de ajuste dimensional.

20. Reingeniería de sistemas de información e ingeniería

inversa.

21. Los proveedores de los servicios de certificación

electrónica I. Standares. Modelos posibles y características de

implantación.

22. Los proveedores de los servicios de certificación

electrónica II. Situación España.

23. La Calidad en los servicios de información de la

Administración. El Modelo EFQM y la Guía para los servicios ISO 9004.

IV. Ofimática e Informática Departamental

1. Herramientas de informática personal.

2. El Ordenador personal en el marco de la informática

corporativa.

3. Interfaces de usuario final. La metáfora del escritorio.

4. El Tratamiento de imágenes y el proceso electrónico de

documentos.

5. Reconocimiento óptico de caracteres y reconocimiento de

voz.

6. Gestión documental. Gestión de contenidos.

7. Los servicios de información electrónica. Política y

acciones de la Comunidad Europea en este sector.

8. Sistemas de recuperación de la información.

9. Políticas, Procedimientos y métodos para la conservación

de la información en soporte.

V. Redes, Comunicaciones e Internet

1. Redes I. Sistemas de cableado y equipos de interconexión

de redes.

2. Redes II. Protocolos de transporte: tipos y funcionamiento.

La familia de protocolos TCP/IP.

3. Redes III. Redes de área local.

4. Redes IV. Redes de área extensa.

5. Redes V. Las redes públicas de transmisión de datos.

6. Redes VI. Planificación y gestión de redes.

7. Redes VII. Redes Telemáticas Transeuropeas entre

Administraciones.

8. Redes VIII. El correo electrónico. Servicios de directorio.

9. Servicios avanzados de Telecomunicaciones:

Videoconferencia, Audioconferencia, Radiomensajería, Sistemas trunking.

10. Las comunicaciones móviles. Tecnologías de telefonía

móvil analógica y digital (GSM y otras tecnologías como GPRS).

Los servicios de tercera generación (UTMS). La integración con

Internet (WAP).

11. Redes de banda ancha. Transición de la RDSI-BE a la

RDSI-BA. La jerarquía digital síncrona (JDS). Técnicas ATM.

12. La Ley General de Telecomunicaciones.

13. La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información.

14. Economía de las Telecomunicaciones I. Conceptos básicos.

15. Economía de las Telecomunicaciones II. Tarifas y

Supuestos prácticos.

16. La red Internet y los servicios básicos.

17. Los servicios de acceso a información basados en Internet.

Agentes que intervienen, características y estructuras de las redes

soporte, métodos de acceso, aspectos de seguridad, tendencias.

18. Arquitectura de las redes Intranet y Extranet. Concepto,

Estructura y características. Su implantación en las

organizaciones. Modelo de capas : Servidores de aplicaciones, servidores de

datos, granjas de servidores.

19. Arquitectura de desarrollo en la WEB (I). Integración de

contenido, sonido, imagen y animación. Scripts del cliente.

20. Arquitectura de desarrollo en la WEB (II). Scripts del

servidor. Páginas ASP, JSP, PHP Trabajo con bases de datos.

21. Arquitectura de desarrollo en la WEB (III). Tecnología

NET.

22. Arquitectura de desarrollo en la WEB (IV). Tecnología

JAVA.

VI. Sociedad de la Información

1. La Sociedad de la Información y la Administración. La

iniciativa del Gobierno Español para el desarrollo de la Sociedad

de Información INFO XXI La Sociedad de la Información para

todos.

2. Iniciativa Europea (E-Europe) para el desarrollo de la

Sociedad de la Información. La Iniciativa Europea y su Plan de Acción.

3. Otras iniciativas internacionales para el desarrollo de la

Sociedad de la Información.

4. La utilización de las Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones para la administración electrónica. Los proyectos

Ventanilla Única, Intranet Administrativa y Portal de la

Administración.

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente: D. Luis Felipe Paradela González, del Cuerpo

Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la

Administración del Estado.

Secretario: D. Alberto Villafranca Ramos, del Cuerpo Superior

de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración

del Estado.

Vocales:

D. Francisco López Crespo, del Cuerpo Superior de Sistemas

y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

D. José Luis Maté Hernández, del Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

D. Vital Lobo García, del Cuerpo Superior de Administradores

Civiles del Estado.

D. Enrique Heras Poza, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

D. Juan Pablo Gómez Velasco, del Cuerpo Superior de

Interventores y Auditores del Estado.

Tribunal suplente:

Presidente: D. Miguel F. Azorín Albiñana-López, del Cuerpo

Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la

Administración del Estado.

Secretario: D. Juan Manuel Galán Mariscal, del Cuerpo

Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la

Administración del Estado.

Vocales:

D. Carlos Maza Frechín, del Cuerpo Superior de Sistemas y

Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

D. Luis Hernández Yáñez, del Cuerpo de Profesores Titulares

de Universidad.

D. Rafael Moral Moreno, de la Escala de Titulados Superiores

de Servicios del INTA.

D. Carlos Galindo Meño, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

D. Juan Antonio Zapardiel López, del Cuerpo Superior de

Estadísticos del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo

Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la

Administración del Estado" código "1166".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará una de

las siguientes letras, según corresponda:

"L": Participantes en la convocatoria de acceso libre.

"P": Participantes en la convocatoria de promoción interna.

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "Ministerio de Administraciones Públicas".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con

discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan

acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior

al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo

de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en

el recuadro 22.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

la titulación que se posee para participar en las pruebas selectivas.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,51

euros para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso

libre y de 12,76 euros para los que se presenten por el de

promoción interna.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de

Administraciones Públicas. Derechos de examen". El ingreso podrá

efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad

bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior

al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo

de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V (Ver imagen página 17780)

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