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Documento BOE-A-2006-5047

Resolución de 24 de febrero de 2006, de la Subsecretaría, por la que se dispone la inscripción de la «Fundación Prevención y Recuperación de Desastres Naturales, PREDENA» en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2006, páginas 10994 a 10995 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2006-5047

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción de la Fundación Prevención y Recuperación de Desastres Naturales, PREDENA en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Medio Ambiente, en el que consta:

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación fue constituida en Madrid, el 5 de octubre de 2005, por don Recaredo del Potro Gómez, según consta en la escritura pública número 2.457 otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid don Luis de la Fuente O´Connor.

Segundo. Domicilio y ámbito territorial de actuación.-El domicilio de la Fundación se establece en la calle Princesa número 84, 1.º, de Madrid; y su ámbito territorial de actuación se extiende a todo el estado español y todos los países de América Latina, Caribe, África y Asia. Tercero. Fines.-Los fines que persigue la Fundación, según el artículo 6 de sus Estatutos, son: contribuir a prevenir los daños a las personas y a los bienes provocados por fenómenos naturales, antes de que se produzcan; ayudar a gestionar las acciones de salvamento y remediación cuando los daños desgraciadamente se han producido; y contribuir a la recuperación de las zonas afectadas después de la catástrofe y monitorizar su recuperación. Cuarto. Dotación.-La Fundación se constituye con una dotación inicial de treinta mil euros (30.000 euros), de los que se han desembolsado sólo siete mil quinientos (7.500), debiendo hacerse efectivo el resto en un plazo no superior a cinco años, contados desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la fundación. Quinto. Patronato.-El gobierno de la Fundación se confía a un Patronato, cuyos miembros desempeñan el cargo de modo gratuito. Las normas sobre la composición, el nombramiento y la renovación del Patronato constan en los Estatutos. El Patronato inicial queda constituido por don Recaredo del Potro Gómez, Presidente; don Fernando Davara Rodríguez, Vicepresidente; y don José Mariano Benítez de Lugo Guillén, Secretario. Los designados han aceptado sus cargos. Sexto. Estatutos.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación queda recogido en los Estatutos por los que se rige, quedando expresamente sometido el Patronato a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado.

Vistos la Constitución vigente, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de noviembre de 1998 por el que se autoriza al Ministerio de Medio Ambiente para ejercer las funciones de Protectorado de las fundaciones con fines vinculados al mismo y se crea el Registro de fundaciones medioambientales.

Visto el interés general que concurre en los fines perseguidos por la Fundación Prevención y Recuperación de Desastres Naturales, PREDENA, la suficiencia de la dotación inicial, acreditado el cumplimiento de los demás requisitos establecidos en la Ley y visto el informe favorable del Protectorado de fundaciones con fines ambientales.

Esta Subsecretaría, en el ejercicio de la facultad de registro que le atribuye el artículo 2.1 del Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento, de la Fundación Prevención y Recuperación de Desastres Naturales, PREDENA, así como del nombramiento de los miembros del Patronato, relacionados en el apartado quinto de esta Resolución.

Madrid, 24 de febrero de 2006.-La Subsecretaria, Concepción Toquero Plaza.

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