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Documento BOE-A-2008-10634

Orden ARM/1794/2008, de 20 de mayo, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Aprovechamiento hidroeléctrico en el río Corzos Salto de las Forcadas, en A Veiga (Orense).

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 23 de junio de 2008, páginas 28171 a 28174 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-10634

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado 9.c.1 del Anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 3.1, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental, y procediendo formular su declaración de impacto de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada norma. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y Órgano Sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

La empresa promotora del proyecto es Suma de Energías, S.L., siendo el órgano sustantivo la Confederación Hidrográfica del Norte.

El objetivo del proyecto es implantar una central hidroeléctrica de tipo fluyente, para el aprovechamiento del tramo final del río Corzos, antes de su incorporación al río Xares en el embalse de Prada. Se proyecta también la instalación y explotación de la infraestructura eléctrica necesaria para la evacuación de la energía generada. La zona en la que se proyecta la actuación se sitúa al SE de Galicia, en la provincia de Orense, dentro de la parroquia de Corzos, en el término municipal de La Vega. El curso fluvial objeto del proyecto de aprovechamiento es el río Corzos, que discurre por un valle fluvial de montaña, al sur del embalse de Prada. El proyecto incluye la ejecución de las siguientes infraestructuras:

El azud será de tipo gravedad, con una longitud de 20 m y una altura total de 13 m. En el estribo derecho del vertedero se ubicará un desagüe de fondo y limpia, adosado a la tubería de conducción; y en el estribo izquierdo, una escala para peces con 26 artesas escalonadas por la que se desaguaría el caudal ecológico.

La toma será de superficie y dimensionada para poder derivar un caudal máximo de 1,75 m3/s. El caudal derivado, entra en un arenero con pendiente variable, de una longitud desde el eje de la toma hasta las rejas de 9,5 m. Las rejas estarán ubicadas en la misma boca de toma adosadas a la propia pared del azud. La conducción de derivación será de PVC de 950 m de longitud y 1,20 m de diámetro interior, enterrada en toda su traza, que transcurrirá por la margen derecha del río Corzos y que entroncará con la tubería forzada en la válvula de expansión. Para su instalación se realizará una excavación a media ladera con un anchura media de 2,5 m, que será recubierta con los productos de la misma excavación. La explanada resultante, será utilizada como vía de comunicación entre el azud de toma y la válvula de expansión. La tubería forzada de este salto se ha dimensionado con un diámetro interior de 0,80 m y un espesor de 6 mm, en todo su recorrido que es de 180 m. La tubería irá enterrada en una zanja de altura variable con un ancho de 1,50 m, rellenada con los propios productos de la excavación. La central tendrá unas dimensiones en planta de 14,40 x 8,05 m y una altura desde cimientos a cubierta de 17 m. En su interior se proyecta la instalación de un grupo turbina-alternador conformado por una turbina Francis de eje horizontal y un alternador síncrono. El circuito hidráulico se completaría con el canal de desagüe que reintegra las aguas turbinadas al cauce natural del río Corzos. El salto neto máximo para el proyecto será de 117,08 m. La evacuación de energía se realiza desde un parque exterior, situado en la explanada de acceso a la central y desde donde parte una línea eléctrica de 750 m de longitud, que se unirá a la red eléctrica existente en la zona. El acceso hasta la central se realizará mediante un camino de 4 m de ancho y 350 m de longitud, que uniría las instalaciones con la carretera comarcal de A Veiga a Corzos, que en parte ya existente y cuyo firme necesitará un tratamiento superficial. Según expresa el promotor, se han analizado diversas alternativas, que conjuguen los buenos rendimientos energéticos con el equilibrio ecológico. Para ello expone que las ubicaciones propuestas para el azud, las diversas tuberías y la línea eléctrica de evacuación, han sido seleccionadas de manera tal que se minimicen las afecciones ambientales en la zona de actuación. En relación con las alternativas analizadas para el caudal de equipamiento, el promotor opta por un caudal máximo de derivación de 1,75 m3/s en la toma del río Corzos, que permitiría una utilización media anual de la minicentral, de unas 2984 horas.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

El terreno en que se pretende llevar a cabo la actuación presenta en la actualidad un uso prioritariamente forestal y ganadero. Secundariamente, se da el aprovechamiento cinegético desde los distintos cotos privados de caza presentes en la zona.

Hidrología y calidad de las aguas: En buena parte del tramo del río afectado, el agua no resulta visible en superficie durante gran parte del año, al discurrir por cavidades y grietas bajo el sustrato rocoso. El caudal del río desaparece a unos 200 m aguas abajo del lugar previsto para la colocación del azud y no vuelve a aparecer en superficie hasta el lugar conocido como A Cántara da Moura, situado unos 900 m aguas abajo de su desaparición y unos 200 m aguas arriba del lugar previsto para la central y el canal de desagüe.

Las aguas del río Corzos son de muy buena calidad, sólo ligeramente alterada tras su paso por las inmediaciones de la localidad de Corzos. Sus aguas son utilizadas para el abastecimiento del municipio de A Veiga. Vegetación: El área de ubicación del proyecto se encuentra fundamentalmente ocupada por robledales ligeramente heterogéneos (Quercus pyrenaica, Quercus robur y Quercus petraea, asociados con ejemplares de avellanos (Corylus avellana); la vegetación de ribera representada en toda la longitud del cauce del río (Alnus glutinosa, Betula sp, Fraxinus excelsior) y las zonas donde se dan etapas de sustitución de las formaciones boscosas, que se caracterizan por zonas de matorral, aparecen frecuentemente unidas a zonas de pastizal. Junto a todo ello, se localizan también prados de siega fruto de actuaciones desarrolladas por el hombre. Los terrenos que se verían más afectados por la instalación de la tubería están ocupados mayoritariamente por robledal y prados, con algunas zonas de matorral. A lo largo del cauce del río destaca la presencia de una franja de vegetación ripícola, que se verá directamente afectada por la construcción del azud y la consiguiente inundación del entorno. El conjunto de actuaciones planteadas en el proyecto suponen una afección directa sobre los siguientes Hábitats de interés comunitario: Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica (9230), con un grado de conservación medio y una cobertura de 60%, y Bosques antiguos de castaños de Castanea sativa (9260)con un grado de conservación medio y una cobertura de 40%. En un espacio limítrofe al planteado para la ubicación del aprovechamiento hidroeléctrico, se localiza el LIC (ES1130007) «Peña Trevinca». Fauna: Los principales órdenes de invertebrados bentónicos identificados por el promotor son: efemerópteros, plecópteros, tricópteros y en menor medida dípteros; siendo su presencia un indicador de la buena calidad del agua en este tramo. En lo referente a la ictiofauna, el promotor refleja nulas detecciones de ejemplares en sus muestreos, pese a lo cual, no descarta la presencia de truchas en las zonas altas del tramo. En este punto, hay que reseñar que en informes emitidos por la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Junta de Galicia, durante la fase de consultas previas a Administraciones afectadas, se difiere notablemente de lo estimado por el promotor al reflejar que tanto en el conjunto del río, como en el tramo afectado por la actuación, existe una población de trucha común (Salmo trutta) bien estructurada. Diversas especies de anfibios pueden encontrarse en el entorno, entre ellas algunas de las incluídas en la lista roja de los vertebrados de España y en algunos anexos de la Diretiva Hábitats, como pueden ser el sapo partero común (Alytes obstetricans), la rana patilarga (Rana iberica), el tritón ibérico (Triturus boscai) o el sapillo pintojo ibérico (Discoglossus galganoi). Según el promotor, los reptiles susceptibles de habitar la zona de estudio, no se encuentran en alguna categoría de amenaza. Las zonas encharcadas y los cursos de agua y sus espacios adyacentes, son considerados como los entornos más utilizados por especies como el lución (Anguis fragilis) y las distintas especies de culebras que habitan la zona (Natrix natrix, Natrix maura, Vipera seoanei). Entre la avifauna presente en la zona, caracterizada por el hábitat dominante en el entorno, el bosque de ribera de alisos y abedules, se encuentran numerosas especies destacando, entre ellas: el ratonero común (Buteo buteo), chotacabras gris (Caprimulgus europaeus), lavandera cascadeña (Motacilla cinerea), mirlo acuático (Cinclus cinclus) o el escribano soteño (Emberiza cirlus). El resto de hábitats del entorno también se ve habitado por las distintas especies orníticas características de cada uno de ellos. Así, en los robledales se consideran comunes a las torcaces (Columba palumbus) o las abubillas (Upupa epops); en las zonas de matorral a las perdices rojas (Alectoris rufa) o los chochines (Troglodytes troglodytes); y en los prados o el embalse, a las bisbitas o los porrones, respectivamente. Entre los mamíferos destaca la presencia de aquellos cuyos hábitats preferentes están ligados al medio acuático. Las especies de mamíferos que poseen algún grado de amenaza o protección son la nutria paleártica (Lutra lutra) y la rata de agua (Arvicola sapidus). Entre los grandes mamíferos destaca la presencia de corzos (Capreolus capreolus) y jabalíes (Sus scrofa).

3. Resumen del proceso de evaluación

a. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. a) Entrada documentación inicial: La tramitación se inició con fecha 9 de diciembre de 2004, momento en que se recibió en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente la memoria resumen procedente de Suma de Energías, S.L.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones: Con fecha 1 de febrero de 2005 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, estableció un periodo de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas por la ejecución del proyecto. La relación de consultados se expone a continuación:

Organismos consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad

-

Delegación del Gobierno en Galicia

-

Confederación Hidrográfica del Norte

X

Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia

-

Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia

X

Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia

X

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de la Xunta de Galicia

X

Concello de A Veiga

X

A.D.E.N.A

-

Ecologistas en Acción

-

Greenpeace.

-

S.E.O

-

Sociedad de Conservación de Vertebrados (SCV)

-

Sociedad Gallega de Historia Natural (SGHN)

-

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas efectuadas, son los siguientes:

El estudio de impacto ambiental deberá incluir un análisis de afecciones sobre: los valores naturales del LIC 'Peña Trevinca'; los ecosistemas ligados al río; las especies y hábitats protegidos existentes en la zona de actuación. Análisis de impactos ocasionados por acumulación/sinergia de proyectos, algunos ya ejecutados y otros proyectados (presa de Prada, salto de Corzos).

Se deberán de igual manera, analizar las afecciones sobre ictiofauna existente en la zona, con mención especial a la trucha común. Valoración sobre la escala de peces idónea para la zona y la fauna piscícola existente. Estudio y justificación de los caudales ecológicos a mantener. Valoración de afecciones sobre proyectos municipales en marcha, tales como Ruta de Senderismo del río Corzos-A Cántara de A Moura, el acondicionamiento del río Corzos y la creación de un centro ictiológico para la repoblación de truchas autóctonas en varios ríos de la comarca. Análisis de afecciones paisajísticas a un municipio declarado como Municipio Turístico Gallego por la Junta de Galicia y galardonado con el Premio Bandeira Verde 2003, a la mejor acción de conservación de la biodiversidad. Se deberá realizar un estudio específico del impacto sobre el Patrimonio Cultural, que incluirá una prospección arqueológica intensiva de la zona de actuación y una prospección exhaustiva sobre Patrimonio Arquitectónico y Etnográfico. Los resultados obtenidos, así como las medidas correctoras a establecer deberán contar con el visto bueno de la Consejería de Cultura antes de su inclusión en el Estudio de Impacto Ambiental pertinente. Se presentará un Plan de Gestión de los residuos que se originen durante la construcción de la obra. Localización de escombreras, vertederos y planes de recuperación de los mismos. Se deberá presentar un examen de alternativas técnicamente viables, con justificación razonada de la solución adoptada desde una perspectiva ambiental, muy necesaria a tenor de los informes desfavorables emitidos por la Consejería de Medio Ambiente de Galicia, a la ejecución del proyecto. Hay que reseñar la oposición frontal al desarrollo del proyecto, puesta de manifiesto en las contestaciones a consultas, tanto por las Direcciones Generales de Conservación de la Naturaleza y de Calidad y Evaluación Ambiental de la Junta de Galicia, como por el Concello de A Veiga, municipio donde se pretende ubicar el aprovechamiento. c) Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las Administraciones ambientales afectadas. El resultado de las contestaciones a las consultas se remitió al promotor el 4 de noviembre de 2005, incluyéndose una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que se deberían incluir en el estudio de impacto ambiental.

b. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. a) Información pública. Resultado: Con fecha 17 de abril de 2007 se publica en el BOP de Ourense n.º 87 el anuncio de sometimiento a información pública del proyecto de «Aprovechamiento Hidroelectrico en el río Corzos. Salto de las Forcadas. T.M. de La Vega (Ourense)». La nota-anuncio de la información pública, también fue expuesta en el Concello de A Veiga (Orense).

En el transcurso del periodo de información pública, legalmente establecido se ha recibido una alegación presentada por el Concello de A Veiga, donde se informa desfavorablemente el proyecto presentado, concluyendo que el nuevo aprovechamiento:

Producirá impacto ambiental negativo sobre el río Corzos.

Es incompatible con otros proyectos municipales ya en marcha y afectaría negativamente a los planes futuros de la comarca, de sobrevivir, entre otros, mediante el desarrollo del turismo y el uso sostenible de los recursos naturales. Producirá sinergias con otros proyectos semejantes ya instaurados en el entorno.

En A Vega, a 23 de octubre de 2007, se levantó acta de confrontación sobre el terreno por la que los representantes de la Confederación Hidrográfica del Norte, el Ayuntamiento de A Vega y el promotor, se reiteraron en el contenido de los escritos presentados con anterioridad.

b) Consultas a Administraciones ambientales afectadas. Resultado: Con fecha 13 de febrero de 2007 la Confederación Hidrográfica del Norte, en su calidad de órgano sustantivo del proyecto, consulta sobre el estudio de impacto ambiental a las Administraciones públicas afectadas, en aplicación de los artículos 9.3 y 9.5 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. En respuesta a las consultas efectuadas sobre el estudio de impacto ambiental, se han recibido las siguientes contestaciones:

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible. Junta de Galicia remitió informe recibido el 11 de marzo de 2008, donde expone que ante la inexistencia de modificaciones tanto en el proyecto como en las medidas protectoras y correctoras previstas, se reitera en las valoraciones negativas ya realizadas en fase de consultas previas. Concluyendo por tanto, que el proyecto resulta incompatible con la preservación del medio natural de la zona donde se pretende ejecutar.

La Dirección General de Conservación de la Naturaleza. Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible. Junta de Galicia remite informe recibido el 24 de marzo de 2008, en el que se manifiesta que el proyecto analizado no presenta variaciones respecto al ya informado negativamente en septiembre de 2005. Por ello, ratifica la incompatibilidad ambiental del aprovechamento proyectado, debido entre otras a las siguientes causas:

Actualmente ya existen varios azudes en el cauce, la construcción de uno nuevo supondría efecto sinérgico de gran impacto sobre el ecosistema fluvial.

Excesiva altura del azud, que además presenta un dispositivo de franqueo inadecuado. Eliminación de vegetación ribera, en la zona inundada por la lámina de agua generada por el azud. Con la instalación de la tubería de derivación, se afectará a zonas de robledal de Quercus pyrenaica y a bosques de castaño (hábitat 9260). El estudio tiene grandes deficiencias en el inventario ictiológico presentado. Al encontrarse el salto proyectado, en el tramo más bajo del cauce, se impedirá el remonte de reproductores, que junto con la alteración producida del habitat fluvial, ocasionará la pérdida de las poblaciones trucheras detectadas en el tramo afectado. Se estiman como insuficientes, los caudales mínimos fijados en el estudio para el mantenimiento del ecosistema fluvial, al llegar a proponerse durante gran parte del año, caudales inferiores a los del mes más seco.

4. Integración de la evaluación

a. Impactos significativos de la alternativa elegida. Hidrología y calidad de aguas: El principal efecto vinculado a la ejecución del proyecto sería la modificación del régimen hidrológico del río Corzos como consecuencia de la instalación del azud y de la derivación de buena parte de su caudal. La instalación del azud y el consiguiente embalsamiento de las aguas podría tener un efecto directo sobre la calidad de las aguas del río Corzos, relacionado con el aumento de sus temperaturas, la disminución del oxígeno disuelto, aumento de la sedimentación y disminución de la capacidad de disolución y autodepuración. La calidad de las aguas, también se podría ver afectada por procesos de contaminación acaecidos durante la fase de obras.

Vegetación y Fauna: Aguas arriba del azud, y en sus inmediaciones, se provocaría la eliminación de vegetación de ribera como consecuencia de la construcción del azud y de la inundación de terrenos que ésta lleva asociada. La traza de la tubería de derivación discurrirá en buena parte por áreas de robledal anejas al bosque ripícola, también se verían afectados bosques de castaños consideradas ambos como hábitat de interés comunitario (9260). También se producirán afecciones sobre áreas de robledal, con la implantación tanto de la central como de la línea eléctrica de evacuación. El resto de vegetación del entorno: matorrales, prados y cultivos; también sufrirán afecciones, aunque en menor medida. El promotor propone como medida correctora principal, la restauración de la cubierta vegetal mediante la revegetación de las zonas afectadas, a través de siembras o de plantaciones. Las principales afecciones que tanto las obras de construción como la explotación de la minicentral producirían sobre la fauna, están relacionadas con la destrucción de hábitats que conlleva la inundación aguas arriba del azud, la alteración de las condiciones del medio acuático en el conjunto del tramo afectado, y la eliminación y transformación del entorno por el que discurrirían las intalaciones lineales proyectadas. La medida correctora principal propuesta por el promotor, es la instauración de un caudal de reserva o ecológico. Otras medidas planteadas, pretenden corregir posibles afecciones al ciclo biológico de las especies faunísticas, a través de una correcta planificación temporal de las obras. También se proponen medidas que protejan a la avifauna ante la colisión y electrocución en el nuevo tendido eléctrico de evacuación de la energía producida. La barrera física que supone la construcción del azud en el río, se pretende corregir mediante la implantación de una escala de peces, que según informa la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Junta de Galicia, está incorrectamente dimensionada No se han valorado adecuadamente los efectos sinérgicos que sobre el ecosistema fluvial en su conjunto, se podrían producir al sumar a los azudes ya existentes en el río, el del nuevo aprovechamiento y el de otro proyecto muy próximo, denominado Salto de Corzos, ahora en tramitación. Paisaje y medio socioeconómico: En las fases de construcción y explotación se producirán afecciones paisajísticas, debido a la desaparición de cubierta vegetal, a la presencia de maquinaria y a la implantación de nuevas infraestucturas, tales como el azud, el edificio de la central, la línea de evacuación y nuevas pistas de acceso. Lo anteriormente expuesto, podría de igual manera afectar negativamente al uso turístico de la zona, actividad que se pretende potenciar por parte del ayuntamiento de A Veiga, con la elaboración de un Plan de dinamización turística. Mención especial, merecen las posibles afecciones al paraje 'A Cantara de A Moura', punto emblemático que el ayuntamiento pretende convertir en referente turístico de la zona. Para mitigar las afecciones producidas, el promotor propone no asfaltar ningún acceso creado, enterrar tuberias de derivación y forzada, restaurar zonas afectadas por obras y en el caso de la nueva central, construirla acorde a la arquitectura tradicional. Espacios Naturales Protegidos: En el estudio de impacto ambiental no se analizan los posibles impactos indirectos que pudieran producirse sobre el cercano LIC «Peña Trevinca», más allá del que se considera un pequeño impacto de carácter paisajístico.

b. Valoración del Órgano ambiental sobre la idoneidad de las medidas previstas por el promotor para la corrección o compensación del impacto. Tras el análisis de la documentación que obra en el expediente, y a pesar de las medidas y controles propuestos por el promotor, se considera la existencia de potenciales impactos adversos significativos sobre: el régimen hidrológico del río Corzos y sus ecosistemas asociados; áreas con vegetación de ribera y zonas de robledal y castaño catalogadas como habitats de interés comunitario (9260); el paisaje y el medio socioeconómico de la zona, máxime si tenemos en cuenta que A Veiga ostenta galardones tales como Municipio Turístico Gallego, Municipio Turístico Sostenible, Premio Bandeira Verde 2003; el mantenimiento de la funcionalidad ecológica y naturalidad del río Corzos debido a los efectos sinérgicos por acumulación de actuaciones semejantes en la zona.

Por todo lo expuesto, se considera que la ejecución del proyecto es incompatible con el mantenimiento de las condiciones ecológicas actuales de la zona de actuación.

Conclusión: En consecuencia, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 19 de mayo de 2008, formula una declaración de impacto ambiental en sentido negativo para el proyecto aprovechamiento hidroeléctrico en el río Corzos. Salto de las Forcadas T.M. A Veiga (Orense), concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, y considerándose que las medidas previstas por el promotor no son una garantía suficiente de su completa corrección o su adecuada compensación.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Norte, para su incorporación al procedimiento sustantivo del proyecto.

Madrid, 20 de mayo de 2008.-La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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