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Documento BOE-A-2008-10890

Resolución de 10 de junio de 2008, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convoca el «Premio Comunicación de Protección de Datos Personales», correspondiente a 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 26 de junio de 2008, páginas 28619 a 28619 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-A-2008-10890

TEXTO ORIGINAL

La Agencia Española de Protección de Datos, en el ejercicio de las competencias que la Ley le atribuye, y con la finalidad de promover y fomentar la difusión del derecho fundamental a la protección de datos por los medios de comunicación social, ha acordado proceder a la convocatoria del «Premio Comunicación de Protección de Datos», correspondiente a 2008, que habrá de ajustarse a las siguientes bases:

Primera: Se convoca el «Premio Comunicación de Protección de Datos Personales» correspondiente a 2008 con una dotación de 6000 euros, así como un accésit de 3000 euros.

Segunda: Podrán ser merecedores del «Premio Comunicación Protección de Datos»:

1. Un trabajo individual como un editorial, noticia, reportaje o programa de radio o televisión puntualmente dedicados a la materia objeto de la convocatoria.

2. Proyectos periodísticos, como series de noticias o secciones especializadas que definan un compromiso editorial con la promoción del derecho fundamental a la protección de datos.

Tercera: La convocatoria tiene por objeto premiar el trabajo o proyecto periodístico que, a juicio del Jurado:

1. Signifique una aportación destacada a la promoción del conocimiento de los ciudadanos de los principios del derecho fundamental a la protección de datos personales.

2. Contribuya a fomentar la concienciación de quienes manejan información personal sobre sus responsabilidades en la garantía de este derecho.

Cuarta: El premio podrá otorgarse a uno o varios trabajos relativos al tema de la convocatoria publicados o difundidos en un mismo medio de comunicación. En el caso de tratarse de varios trabajos éstos se considerarán conjuntamente a efectos de valoración por parte del jurado.

Quinta: Pueden optar al «Premio de Comunicación de Protección de Datos» los trabajos individuales o proyectos periodísticos difundidos a través de cualquier medio de comunicación social (televisión, radio, prensa escrita y digital, y agencias de noticias), entre el 2 de noviembre de 2007 y el 1 de noviembre de 2008, en los que se aborden aspectos relacionados el derecho fundamental a la protección de datos. Los trabajos podrán presentarse en el Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos, c/. Jorge Juan n.º 6, planta baja, 28001 Madrid, o enviarse por correo certificado dirigido a la citada dirección antes de las catorce horas del día 3 de noviembre de 2008. En todo caso, las candidaturas deberán contener la identificación de quién opta al premio. Sexta: Concederá el premio un Jurado compuesto por el Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos, bajo la Presidencia de su Director, e integrado por los vocales miembros del Consejo Consultivo que se encuentren ejerciendo su mandato en el momento de efectuarse el fallo. El Director de la Agencia Española de Protección de Datos expedirá un diploma acreditativo al candidato ganador. El Director de la Agencia Española de Protección de Datos podrá designar un Consejo Asesor para proponer candidaturas en los términos de la cláusula quinta, que deberá contar entre sus miembros con profesionales de la comunicación. Actuará como Secretario de dicho Jurado, con voz y sin voto, el Secretario de dicho Consejo. En caso de empate decidirá la votación el voto del presidente. Si el Jurado lo estimara oportuno podrá distribuir el premio por partes iguales entre los trabajos presentados que se consideren de igual mérito. Séptima: La decisión del Jurado, que podrá declarar desierto el premio se hará pública el 28 de enero de 2009, Día europeo de la Protección de Datos. El fallo, frente al que no habrá recurso administrativo, se notificará formalmente a quien resulte premiado. El Director de la Agencia Española de Protección de Datos expedirá un diploma acreditativo al candidato ganador y en su caso al que obtuviere un accésit. Los miembros del Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos podrán proponer, previo consentimiento de sus autores o medios de comunicación, aquellos trabajos que a su juicio aún no habiendo concurrido a la convocatoria reúnan méritos suficientes. Octava: La Agencia Española de Protección de Datos podrá reproducir, total o parcialmente, el trabajo premiado tanto en soporte papel como en soporte CD citando el nombre de los autores así como el medio de comunicación de que se trate. Novena: La presentación a esta convocatoria implica la asunción de estas bases.

Décima:. Los datos de los premiados se incorporarán al fichero denominado «Formación, Premios y Eventos», del que es responsable la Agencia Española de Protección de Datos. Los participantes podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el domicilio señalado en la Base Quinta. Sus datos personales serán utilizados únicamente para la evaluación de su trabajo y para la organización, gestión y resolución del «Premio de Comunicación de Protección de Datos» y no serán cedidos a terceros.

Madrid, 10 de junio de 2008.-El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo Lombarte.

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