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Documento BOE-A-2008-10960

Resolución de 3 de junio de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la elaboración del Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español en posesión de instituciones eclesiásticas.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 27 de junio de 2008, páginas 28712 a 28713 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2008-10960

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de La Rioja han suscrito un Convenio de colaboración para la elaboración del Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español en posesión de instituciones eclesiásticas (2008), por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 3 de junio de 2008.-La Secretaria General Técnica del Ministerio de Cultura, Concepción Becerra Bermejo.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja para la realización del Inventario General de Bienes Muebles en posesión de instituciones eclesiásticas

En Madrid, a 12 de mayo de 2008.

REUNIDOS

De una parte: Don César Antonio Molina Sánchez, Ministro de Cultura, en nombre y representación del citado departamento ministerial, en virtud de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y conforme al art. 6 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

De otra parte: Don Luis Ángel Alegre Galilea, Consejero de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de La Rioja que interviene en virtud de lo dispuesto en el artículo 8.1.1 q) del Decreto 1/2008, de 1 de febrero que establece la estructura orgánica de la Consejería en desarrollo de lo dispuesto en la Ley 3/2003, de 3 de marzo.

EXPONEN

Su voluntad de colaborar en la mejor protección del Patrimonio Histórico situado en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

El ámbito de esta colaboración se centrará en la recogida de datos que permita elaborar el Inventario General de Bienes Muebles en posesión de instituciones eclesiásticas, situados en la mencionada Comunidad Autónoma, a los efectos del artículo 26 de la Ley 16/1985, de 25 de Junio, del Patrimonio Histórico Español. La celebración de estos convenios, cuyo fundamento legal se contiene en el artículo 26 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en la medida en que afectan a bienes en posesión de instituciones eclesiásticas, debe entenderse sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo XV del Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales de 3 de enero de 1979, que prevé la participación de la Iglesia en las labores de catalogación de sus bienes. En consecuencia, acuerdan el presente convenio con arreglo a las siguientes CLÁUSULAS

Primera.-Objeto del convenio. Es objeto del presente convenio la realización del Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español en posesión de instituciones eclesiásticas, mediante la realización y cumplimentación de las fichas procesadas según modelo elaborado por el Ministerio de Cultura.

Las fichas cumplimentadas se referirán a objetos en los que concurran las características señaladas en el apartado 1 del artículo 26 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español.

Segunda.-Cumplimentación de las fichas.

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja se compromete a cumplimentar las fichas a tenor de lo previsto en las normas específicas elaboradas a tal fin por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.

Las fichas en cuestión se referirán a todos los objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico de singular relevancia que se encuentren en los inmuebles cuya relación se acompaña como Anexo I, y que ha sido proporcionada por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja.

Tercera.-Número de fichas a cumplimentar

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja se obliga a que el número de fichas informatizadas a entregar a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales sea de 1.500 fichas.

Cuarta.-Condiciones técnicas de las fichas de inventario

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja se obliga a cumplimentar cada una de las fichas con la información solicitada, en los campos diseñados en la aplicación informática proporcionada por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales. La documentación gráfica asociada a cada ficha debe ser en color, digital en formato jpg, con una mínima resolución de 3 megapíxeles. Esta información será remitida en los CDs necesarios.

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja se obliga a enviar una copia en papel de cada ficha, incluida su documentación gráfica (en color), dentro de archivadores de dimensiones aproximadas de 35 x 25 x 10 cms. Cada archivador debe contener, además, una relación en la que se recojan las fichas que contiene, con el número asignado por la Comunidad Autónoma a cada una de ellas, haciendo mención a los bienes catalogados, así como el año de la campaña a que correspondan. Al titular del bien se le entregará una copia impresa en papel de cada una de las fichas informatizadas y una copia en papel fotográfico, en color, tamaño 10 x 15 cms. de la documentación gráfica asociada a cada ficha. A la Comunidad Autónoma se le entregará, al menos, copia digitalizada en CD que contenga todas las fichas realizadas y la documentación gráfica correspondiente. En cada ficha informatizada incluida su fotografía digital, así como en sus copias impresas en papel, deberá figurar el número y las siglas asignadas por la Comunidad Autónoma.

Quinta.-Aportación económica del Ministerio.

La cantidad que aportará el Ministerio de Cultura a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja por cada ficha cumplimentada, las fotografías digitales, así como las copias en papel de la ficha y de la documentación gráfica asociada será de 43 euros, lo que constituye una cantidad total de sesenta y cuatro mil quinientos euros (64.500,00 €) a transferir por el Ministerio de Cultura con cargo al concepto presupuestario 620 del Programa 337 C.

Será la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja conforme a su normativa, la que efectuará el correspondiente convenio con la Diócesis de Calahorra y La Calzada-Logroño, para la realización de los trabajos.

Sexta.-Plazo para la entrega formal.

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja se obliga a la entrega de las fichas debidamente cumplimentadas, antes del 31 de diciembre de 2008. Este plazo se podrá prorrogar por seis meses previo acuerdo mutuo de ambas partes.

Séptima.-Forma de pago.

El Ministerio de Cultura se compromete a abonar la cantidad total en una única entrega a partir de la firma del presente convenio.

Octava.-Naturaleza jurídica del convenio y jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo competente la Jurisdicción Contencioso Administrativa para conocer las cuestiones que surjan entre ambas partes.

Novena.-Vigencia.

El presente convenio entrará en vigor a partir de la firma del mismo. Para una mejor realización del objeto del convenio, las partes podrán modificarlo, de mutuo acuerdo.

En prueba de conformidad, lo firman las partes en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Cultura, César Antonio Molina Sánchez.-Por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, Luis Ángel Alegre Galilea.

ANEXO I Lista de localidades e inmuebles de La Rioja

Inventario de bienes muebles de la iglesia católica

Campaña 2008 (Previstas 1.500 Fichas)

Calahorra.

Catedral. Museo Diocesano. Palacio Episcopal.

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