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Documento BOE-A-2008-11086

Orden ESD/1879/2008, de 30 de mayo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación de Construcción y Madera (FCM) Centro de Formación Sindical y Estudios Sectoriales.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 30 de junio de 2008, páginas 28880 a 28880 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-11086

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de Don Eduardo Rodríguez González, solicitando la inscripción de la Fundación de Construcción y Madera (FCM) Centro de Formación Sindical y Estudios Sectoriales, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad Federación Estatal de Construcción, Madera y Afines CC.OO. (FECOMA CC.OO.), en Madrid, el 20 de mayo de 2008, según consta en la escritura pública número novecientos cuarenta y uno, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Ángel Hijas Mirón. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, plaza de Cristino Martos, número 4 -4.º planta y, su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: a) Estudio, análisis e investigación de las políticas sectoriales vinculadas a los sectores de la construcción, madera y afines. b) Estudio, análisis e investigación de las políticas sectoriales vinculadas a los sectores de la construcción, madera y afines. c) Apoyar el desarrollo económico, sectorial y sindical, mediante la creación de servicios y asesoramiento a los trabajadores y organizaciones sindicales, realización y difusión de estudios económicos y sectoriales. d) Fomentar, desarrollar y favorecer aquellas actividades que contribuyan al mantenimiento del empleo y a la creación de empleo, al desarrollo integral de la prevención en materia de seguridad y a la mejora de las condiciones de trabajo. e) Colaborar en la coordinación de iniciativas y programas de las distintas Administraciones del Estado española y de la Unión Europea. f) Creación y gestión del centro de archivo y documentación. g) Contribuir al perfeccionamiento y cualificación profesional de los/as trabajadores/as a través de la formación. h) Colaborar en el desarrollo de procedimientos para la acreditación y certificación de la formación y de las competencias adquiridas por los/as trabajadores/as. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Fernando Serrano Pernas; Vicepresidente: Don Miguel Rosa Fernández; Vocales: Don José Luis López Pérez; Don Vicente Sánchez Jiménez; Don José Luis Colomer Tortosa; Don José Miguel Peláez García; Don Gerardo de Gracia Pastor; Don Cándido Jiménez Sánchez; Don Julio Ugena Carrasco; Don José Valenzuela Lianez; Don Jeremías Dos Santos Zapico; Don Francisco Muñoz Peláez y Don Ventura Montalbán Gámez y Secretario, no patrono: Don Eduardo Rodríguez González.

En la escritura de constitución, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. La Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por la que continúa vigente la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación de Construcción y Madera (FCM), Centro de Formación Sindical y Estudios Sectoriales en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte. Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación de la Construcción y Madera (FCM), Centro de Formación Sindical y Estudios Sectoriales, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español, con domicilio en Madrid, plaza de Cristino Martos, número 4 - 4.ª planta, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 30 de mayo de 2008.-La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P. D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

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