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Documento BOE-A-2008-12629

Orden CUL/2165/2008, de 30 de junio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Tashi Delek.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 23 de julio de 2008, páginas 32227 a 32228 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2008-12629

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Tashi Delek en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Ildefonso María Pañero Mateos en Madrid, el 8 de octubre de 2007, según consta en la escritura pública número cuatro mil quinientos ochenta y cinco, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Antonio-Luis Reina Gutiérrez, complementada por escritura pública número mil doscientos noventa y tres, con fecha de 6 de marzo de 2008, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid don Antonio-Luis Reina Gutiérrez. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Cáceres, en la calle Libra, número 31, código postal 10001 y su ámbito de actuación se desarrollará principalmente en las Comunidades Autónomas de Extremadura y Cataluña. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta y cuatro mil ochocientos euros (34.800 euros). Esta aportación ha sido efectuada mediante la aportación a la Fundación de tres fincas rústicas, parcelas catastrales número 312, 339 y 340 del polígono 4 del término municipal de San Martín de Trevejo (Cáceres), las cuales han sido tasadas con fecha de 16 de agosto de 2007, por el Ingeniero Agrónomo, don Tomás González Moreno. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: 1.º Divulgar y contribuir a preservar la cultura y tradiciones tibetanas. 2.º Promover y realizar proyectos que fomenten el estudio, historia e identidad del pueblo tibetano, desarrollando actividades que contribuyan al conocimiento y mejora de la lengua y cultura tibetana. 3.º Ayuda al pueblo tibetano en general, tanto en Tibet como a la población refugiada en los distintos países. 4.º Preservar y mejorar las condiciones de conservación de sus fondos documentales, manuscritos y del patrimonio histórico, compuesto por inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Don Ildefonso María Pañero Mateos (Presidente), doña María Francisca Justo Caldera (Vicepresidenta y Secretaria), don David Calzada Martín (Tesorero) y doña Solveiga Armoskaite (Vocal). En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas. Se otorgan poderes generales al Presidente, don Ildefonso María Pañero Mateos, para llevar a cabo todas las funciones de la Fundación, excepto las indelegables por la Ley.

Fundamentos jurídicos

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre. La Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica del Departamento las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43.b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y primera del Real Decreto 1611/2007, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Tashi Delek en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura. Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación Tashi Delek, de ámbito estatal, con domicilio en Cáceres, en la calle Libra, número 31, código postal 10001, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir la delegación de facultades en el Presidente del Patronato, don Ildefonso María Pañero Mateos, según consta en la escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid don Antonio-Luis Reina Gutiérrez, número cuatro mil quinientos ochenta y cinco.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 30 de junio de 2008.-El Ministro de Cultura, P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio), la Secretaria General Técnica del Ministerio de Cultura, Concepción Becerra Bermejo.

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