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Documento BOE-A-2008-18323

Resolución de 24 de octubre de 2008, del Parque de Maquinaria, por la que se publican las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 13 de noviembre de 2008, páginas 45018 a 45034 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-18323

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los dispuesto en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y el apartado tercero de la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, del Ministerio de Economía y Hacienda, modificado por los apartados uno y doce del artículo segundo de la Orden EHA/405/2006, de 10 de febrero y Resolución de 28 de noviembre de 2006 de la Intervención General de la Administración del Estado, donde se determina el contenido de la información sobre las cuentas anuales que los Organismos deberán de publicar en el ‹‹Boletín Oficial del Estado››.

El Director del Parque de Maquinaria acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las cuentas anuales de este Organismo correspondientes al ejercicio 2007, que figuran en el anexo a esta Resolución.

Madrid, 24 de octubre de 2008.-El Director del Parque de Maquinaria del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, José María Santafé Martínez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

IV. Memoria

1. Organización y actividad.-El Organismo autónomo Parque de Maquinaria dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, adscrito a la Dirección General del Agua, fue creado por Decreto de 26-04-36 como Servicio de Automóviles y Maquinaria del Ministerio de Obras Públicas, posteriormente y después de diversas reestructuraciones ministeriales, por Real Decreto 1477/2004 donde se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, dispone en su artículo 6.3 que: bajo la superior dirección de la Secretaria General para el Territorio y la Biodiversidad, queda adscrito al Ministerio de Medio Ambiente a través de la Dirección General del Agua. Asimismo, la disposición adicional segunda de dicho Real Decreto establece que sin perjuicio de su adscripción a la Dirección General del Agua, ejercerá su actividad bajo la coordinación administrativa conjunta de los Subsecretarios de Fomento y Medio Ambiente.

El Parque de Maquinaria como Organismo Autónomo adscrito a la Dirección General del Agua, tiene como misión principal la ejecución de obras en ámbito fluvial, así como trabajos de Geotecnología e Hidrogeología y Correcciones del Terreno, para cuya ejecución está especializado, teniendo estos medios la inequívoca condición de propios de la Administración. Las obras más frecuentemente realizadas son acondicionamientos, adecuación de cauces y su entorno fluvial, y actuaciones de rehabilitación medioambiental, la reparación y mantenimiento de elementos mecánicos en presas y canales. También se realizan trabajos de geotecnología e hidrogeología y correcciones del terreno para los que dispone de equipos de perforación e inyección. Todos estos trabajos son encomendados por la Dirección General del Agua y las Confederaciones Hidrográficas. El régimen jurídico de los Organismos Autónomos se regula el Título III de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE). Por tanto, el régimen de personal, patrimonial, de contratación, presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, de intervención y de control financiero es el establecido en la LOFAGE. Concretamente la LOFAGE establece que:

El personal al servicio de los Organismos Autónomos será funcionario o laboral, en los mismos términos que los establecidos para la Administración General del Estado.

El régimen patrimonial de los Organismos Autónomos será el establecido en la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas (Ley 33/2003, de 3 de noviembre). La contratación de los Organismos Autónomos se rige por las normas generales de contratación de las Administraciones Públicas (Real Decreto 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas). El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y de control financiero de los Organismo Autónomos será el establecido por la Ley General Presupuestaria (Ley 47/2003, de 26 de noviembre). Por lo que se refiere al régimen de intervención y de control financiero, el Parque de Maquinaria no está sometido a función interventora, siéndole únicamente, de aplicación el control financiero permanente y la auditoría de cuentas anuales.

La principal fuente de financiación es básicamente la siguiente:

Ingresos por Operaciones Comerciales por obras ejecutadas y prestación de Servicio de Automóviles.

Transferencias de los Ministerios de Medio Ambiente y Fomento. También se obtienen otros ingresos extraordinarios procedentes de subastas de maquinaria en desuso.

El Organismo está exento del Impuesto de Sociedades y ninguna de sus operaciones se encuentra sujeta al I.V.A., excepto en lo que al Inmovilizado material enajenado se refiere.

Para el desarrollo de sus funciones el Parque de Maquinaria tiene adscritas en Madrid, las siguientes instalaciones, propiedad del Patrimonio del Estado:

Edificio CL. General Varela, 21-23-25, donde tiene su sede social y talleres, propiedad del Patrimonio del Estado y adscrito al Parque de Maquinaria.

Instalaciones en la CL. Antonio Cabezón, s/n (Fuencarral), donde tiene depositada la maquinaria pesada pendiente de revisión para su traslado a las obras o en tránsito.

La estructura organizativa básica de la Entidad tanto a nivel político como de gestión, está constituido por el Director del Parque que asume todas las responsabilidades del Organismo, de quien depende una Jefatura de Área de Proyectos y Obras, con cuatro Jefaturas de Servicios: Obras (Movimiento de Tierras), Obras Especiales y Actuaciones Medioambientales, Parque y Mantenimiento, Hidrogeología y una Jefatura de Sección Técnica. Una Jefatura de Área de Personal y Servicios, de quien depende una Jefatura de Servicio de Riesgos Laborales y las Jefaturas de Sección de Personal, Contabilidad, Contratación, Nóminas y Administrativa. Los principales responsables del Organismo son los siguientes:

Director, José María Santafé Martínez.

Jefe de Área de Proyectos y Obras, Luis Ángel García García. Jefe de Área de Personal y Servicios, José Antonio Montenegro López.

El número medio de empleados durante el ejercicio asciende a 232 y el número de empleados a 31 de diciembre de 2007 es de 26 Funcionarios y 189 Personal Laboral.

No existen entidades dependientes o vinculadas al Organismo, ni este participa en otras entidades.

2. Bases de presentación de las cuentas.

a) Principios contables.-Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la Entidad, se expresan en euros y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria y en la inspección de contabilidad de la Administración General del Estado, y con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y el Plan General de Contabilidad Pública, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución del presupuesto.

b) Comparación de la información.-No se ha producido ninguna modificación de la información con respecto al ejercicio anterior. c) Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización.-No se han producido cambios en criterios de contabilización.

3. Normas de valoración.

a) Inmovilizado inmaterial.-Las inmovilizaciones inmateriales figuran contabilizadas por su precio de adquisición. La amortización de las mismas se realiza determinando las cuotas, de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999 por la que se regulan determinadas operaciones a realizar a fin de ejercicio.

b) Inmovilizado material.-Las inversiones materiales se registran al coste de adquisición, más en su caso, las actualizaciones practicadas según las disposiciones legales correspondientes. Las cuotas de amortización del Inmovilizado Material se determinan por el método lineal sin valor residual. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por lo que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio. c) Inversiones financieras.-No se han realizado inversiones financieras, los movimientos realizados en este grupo, corresponden a anticipos reintegrables, al personal a corto y largo plazo, de acuerdo con el Convenio del Personal Laboral y las Disposiciones vigentes para el Personal Funcionario. d) Existencias.-Las existencias se valoran al coste de adquisición y se ha realizado el cálculo utilizando el método del precio medio ponderado. e) Provisiones para riesgos y gastos.-No se han dotado de provisiones. f) Deudas.-Las deudas que tiene el Organismo son a corto plazo y figuran contabilizadas a su valor de reembolso. g) Provisión de dudoso cobro.-No se dotan provisiones por dudoso cobro por tratarse de operaciones con la Administración del Estado. h) Ingresos y gastos.-Los ingresos y gastos se imputan en la cuenta del resultado económico patrimonial, sirviendo de criterio de devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos o se reconozcan las obligaciones presupuestarias. Las transferencias tanto corrientes como de capital recibidas, se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio en el que se reconocen los derechos que de ellas se derivan. No existen transferencias concedidas, ni subvenciones corrientes, y de capital recibidas o concedidas. i) Transacciones en moneda distinta al euro.-No se efectúan operaciones en moneda distinta al euro.

D.20 Acontecimientos posteriores al cierre.-No se han producido acontecimientos posteriores al cierre de la cuenta

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