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Documento BOE-A-2008-19512

Resolución de 11 de noviembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Rehabilitación de la playa de Punta Larga, de Candelaria, Santa Cruz de Tenerife.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 3 de diciembre de 2008, páginas 48353 a 48357 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-19512

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado 7.e del anexo II del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental por decisión del Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 12 de septiembre de 2007 y procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008 citado. Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Dirección General de la Sostenibilidad de la Costa y el Mar del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino. El objeto del proyecto es la regeneración de la playa de Punta Larga, cuyo aprovechamiento y disfrute está dificultado por presentar material demasiado grueso, elevada pendiente y difícil acceso. La playa de Punta Larga se localiza en el T.M. de Candelaria, en Santa Cruz de Tenerife (Islas Canarias).

2. Descripción sintética. Alternativas

El proyecto incluye las siguientes actuaciones:

Construcción de dos espigones laterales emergidos de defensa contra el oleaje y contención de los sedimentos de la playa a regenerar: diques 1 (Norte) y 2 (Sur) con longitudes de 194m y 235m, y que alcanzan las profundidades de -11 y -9m respectivamente. Ambas estructuras se proyectan en bloques de hormigón de 23T, con cotas de coronación de +4.0m.

Construcción de un dique exento de unos 215m y cota de coronación a una profundidad de -2.5m, situado entre los morros de los diques descritos. Regeneración del tramo de playa al abrigo de los nuevos diques, mediante la aportación de un volumen aproximado de 365.000m³ de sedimento con diámetro medio de 0.4mm, generando una playa de unos 500m de longitud de superficie seca y pendiente aproximada de 4% hasta la cota de bajamar. El sedimento se obtendrá del dragado de dársena del Puerto de Granadilla. En el estudio de impacto ambiental se proponen y valoran las alternativas indicadas en el siguiente cuadro:

Alternativa

Descripción de la Actuación

Infraestructuras (L=longitud,m) (V=volumen, m³)

Volumen Arena de Regeneración (m³)

1.1

Creación de tres celdas de playa separadas por diques escollera para su contención. Celda norte: desde la Punta de Mondongo hasta el Sur del Barranco de Chacorque (470m). Celda central: desde esta zona hasta el Barranco de los Organos (360m). Celda sur: desde aquí hasta el Cabezo de la Barca (360m).

L = 1.782. V = 325.770.

1.125.648

1.2

Igual a la anterior, con distintas geometría de los diques de contención.

L = 1.797. V = 364.610.

1.408.747

1.3

Igual a la anterior, con distintas geometría de los diques de contención.

L= 2.129. V = 387.170.

1.329.147

2

Creación de tres de celdas de playa separadas por diques de escollera para su contención. Celda norte: desde Punta Mondongo hasta 100m al sur del Barranco de Chacorque (490m). Celda central: hasta el Barranco de los Organos. Celda Sur: hasta el Cabezo de la Barca(360m).

L = 1.641. V = 295.345.

1.039.772

3

Creación de tres de celdas de playa separadas por diques de escollera para su contención. Celda norte: desde el Barranco de Chacorque hasta 90m al sur del mismo. Celda central: hasat 60m al sur del Barranco de los Organos. Celda Sur: hasta Cabeza de La Barca (440m).

L = 1.434. V = 274.930.

824.332

4

Igual que la anterior pero eliminando la celda norte, entre el dique norte de encauzamiento del Barranco de Chacorque y la Punta del Mondongo.

L = 1.468. V = 285.520.

948.786

5

Creación de una celda de playa, protegida por diques de bloques de hormigón, en la playa de La Cueva de La Barca (300m)

L = 425. V = 77.100.

75.657

6

Creación de dos celdas de playa, protegidas por diques de bloques de hormigón, entre el Barranco de Los Organos y Cantiles de Punta Larga (500m)

L = 590. V = 116.275.

137.435

7

Creación de dos celdas de playa, protegidas por diques de hormigón, entre los barrancos de Los Organos y Cantiles de Punta Larga (500m).

L = 620. V = 103.905.

365.340

Una vez valoradas todas las opciones en el estudio de impacto ambiental, se propone la alternativa 7 como la más adecuada para la regeneración de este tramo de costa, dado que no requiere volúmenes de sedimento, ni longitudes de diques tan grandes como las alternativas 1,2,3 y 4; y dado que permite, respecto a las propuestas 5 y 6, una longitud de playa superior frente a estructuras de dimensiones similares.

3. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto Medio Terrestre

El tramo de costa donde se localiza la actuación (desde el Barranco de Los Organos hasta los Cantiles de Punta Larga) se caracteriza por su carácter urbano con un alto grado de antropización y escasos valores naturales. Medio marino.-La zona intermareal del área de estudio está formada por fondos rocosos y playas de bolos, gravas y arenas, vertidos de áridos y obras de defensa litoral. Las playas son principalmente abióticas y únicamente sobre aquellas de fondos rocosos pueden asentarse comunidades de algas cianofitas y cespitosas. En la zona infralitoral los fondos más superficiales son también de tipo rocoso y de materiales gruesos estabilizados, destacando la presencia de la especie Cystoseira hasta profundidades de -10m. A partir de -5m ya existen lechos arenosos sobre los que se asientan, principalmente a profundidades superiores a -10m, manchas de sebadales aislados de Cymodocea nodosa y Caulerpa prolifera que adquieren mayor protagonismo al aumentar la profundidad. Espacios Protegidos. Red Natura 2000.-De acuerdo con los datos aportados por el promotor, no existe ningún espacio protegido en el área de afección del proyecto. Alejados de la zona de actuación, a varios miles de metros, encontramos los espacios de la Red Natura 2000 catalogados como Lugares de Importancia Comunitaria (LICs):

Sebadales de San Andrés (LIC 7020120) cuyo principal valor natural es la presencia de las especies Cymodocea nodosa y Halophila decipiens.

Piña de Mar de Granadilla (LIC 7020129), que destaca por albergar comunidades de Piñar de Mar (Atracylis preauxiana). Sebadales al Sur de Tenerife (LIC 7020116), donde hay presencia de la especie de interés comunitario prioritario Tortuga boba (Caretta caretta) y del hábitat: «Fondos marinos arenosos cubiertos permanentemente por aguas más o menos profundas (1110)», donde se desarrollan los sebalades de la fanerógama marina Cymodocea nodosa más extensos y mejor conservados del archipiélago canario. Destaca también el alga verde Avranvillea canariensis y de la fanerógama Halophylla decipiens.

Hábitats y especies protegidas.-En el área afectada directamente por las actuaciones del proyecto (desde la línea de costa hasta un calado aproximado de -9m) no hay presencia de ninguna especie o hábitat protegidos.

En las proximidades de la zona de actuación se han detectado algunas manchas de sebadal de la fanerógama marina Cymodocea nodosa, sobre fondos de tipo arenoso y a profundidades superiores a -12m, que podrían verse afectados de forma indirecta por las actuaciones del proyecto. Especies de interés económico.-La pesca es una actividad económica importante en el área de localización del proyecto. La Cofradía de Pescadores de Ntra. Sra. De Candelaria tiene su ámbito de trabajo en la zona afectada por las actuaciones. Destacan, debido a su interés comercial, las especies de demersales litorales de fondo y pelágicos costeros y oceánicos. A una distancia aproximada de 2000 m al norte de Punta Larga existe una concesión de cultivos marinos en explotación.

4. Resumen del proceso de evaluación

a. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto: La tramitación se inicia el 28 de julio de 2005 con la recepción en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) de la memoria resumen del proyecto. Con fecha 02 de noviembre de 2005, la DGCyEA comienza la fase de consultas. Ante la opinión de los consultados de posible existencia de impactos ambientales sobre el medio marino, se solicita información complementaria al órgano promotor en relación con las afecciones a los sebadales de Cymodocea nodosa y a los cultivos marinos presentes en la zona de estudio, con la calidad de las aguas de baño, así como a cuestiones relativas a la procedencia de la arena de regeneración. Con fecha 15 de diciembre de 2007 se recibe en la DGCyEA dicha información complementaria. Con los nuevos datos y estudios aportados por el promotor se consulta en varias ocasiones al órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma: la Viceconsejeria de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias. Ante la no respuesta de este organismo, el promotor del proyecto solicita, con fecha 26 de julio de 2007, el sometimiento del proyecto a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El oficio de respuestas y de alcance del EsIA se remite al promotor con fecha 12 de septiembre de 2007. En el trámite de consultas se solicita opinión a un total de trece entidades pertenecientes a la Administración General del Estado, a la Autonómica y a la Local, así como a distintas asociaciones y centros especializados. El siguiente cuadro muestra los organismos consultados, señalando aquellos de los que se ha recibido respuesta:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General del Medio Natural y Política Forestal (MARM)

-

Viceconsejería de Medio Ambiente (Gobierno de Canarias),

-

Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife

X

Viceconsejería de Pesca de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Gobierno de Canarias)

X

Dirección General de Patrimonio Histórico (Gobierno de Canarias),

-

Cabildo Insular de Tenerife

X

Ayuntamiento de Candelaria

-

Instituto Español de Oceanografía

X

Instituto Canario de Ciencias Marinas

-

Cofradía de Pescadores de Candelaria y Güimar

-

Federación Nacional de Cofradías de Pescadores

-

Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN)

-

Asociación Canaria para la Defensa de la Naturaleza (ASCAN)

-

Los aspectos ambientales más relevantes señalados en esta fase, y a los que el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) responde de forma explícita, incluyen:

Evaluación de los posibles impactos indirectos sobre los espacios protegidos de la Red Natura 2000: «Sebadales del Sur de Tenerife» y «Piña de Mar de Granadilla».

Durante las operaciones de construcción de los diques, así como durante el vertido del sedimento de aportación a la playa, es previsible la puesta en suspensión de sedimentos finos del fondo con posible generación y propagación de una pluma de turbidez. Se evaluará el posible impacto sobre los sebadales de la fanerógama marina Cymodocea nodosa situados en las proximidades del proyecto, dado que podrían verse afectados negativamente bien por la reducción de la luz filtrada que alcanza el lecho marino o bien por enterramiento de los haces ante la deposición de los sedimentos finos. Se considerarán también las especies: alga verde endémica Avranvillea canariensis y la fanerógama marina: Halophylla decippiens. En la zona de estudio existe un emisario submarino cuyo vertido podría afectar negativamente a la calidad de las aguas de baño de la playa a regenerar. Se valorará el riesgo de afección negativa considerando las condiciones hidrodinámicas en el medio receptor. Posible impacto sobre la actividad pesquera y sobre el área de cultivos marinos situada, de acuerdo con los datos indicados por la Viceconsejeria de Pesca, a unos 2.000m al norte de Punta Larga. El Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) elaborado por el promotor considera los anteriores aspectos ambientales, así como otros relevantes, de la siguiente forma:

Afección a espacios marinos protegidos: Los datos presentados en el estudio de impacto ambiental (EsIA) indican que las distancias a los espacios de la Red Natura 2000: «Sebadales del Sur de Tenerife» y «Piña de Mar de Granadilla» superan los dos mil metros, de modo que no es previsible ninguna afección directa o indirecta ni en fase de obras ni de explotación.

Afección sobre las especies protegidas: Cymodocea nodosa, Avranvillea canariensis y Halophylla decippiens. Para valorar el riesgo de afección por la generación y propagación de pluma de finos durante las operaciones de remoción del lecho marino, el EsIA incluye modelo de simulación de su comportamiento, considerando el diámetro del material del fondo marino y del sedimento a utilizar en la regeneración de la playa, así como las condiciones hidrodinámicas en el medio receptor. Los resultados de la modelización reflejan valores de concentración de sólidos en suspensión entre 100 y 500ppm. En ausencia de corrientes, la afección por puesta en suspensión de sedimentos se limita al interior de la playa, en la zona de abrigo entre los diques. Para las condiciones más desfavorables en el medio receptor, la modelización indica sedimentaciones del orden de 0.5-1cm en el interior de la playa y espesores aún más pequeños en el exterior. Estudios realizados sobre los riesgos de afección por turbidez y enterramiento de sebadales de Cymodocea nodosa concluyen en espesores críticos de aterramiento entre 5 y 15cm (Marbá and Duarte, 1995, Coupling of seagrass Cymodocea nodosa patc dynamics subaqueos dune migration). De acuerdo con estos datos y los resultados de la modelización, no son previsibles efectos significativos por enterramiento de los haces de esta fanerógama. Las limitaciones impuestas en la metodología de trabajo (en la construcción de los espigones, vertido de sedimento, etc.), minimizará la formación de la pluma de sedimentos finos. En cualquier caso, y a fin de garantizar con la máxima certidumbre la no afección a estas especies por turbidez o enterramiento, se establece como condicionante ambiental (según lo indicado en el punto 6 de la presente resolución) el empleo de pantallas antiturbidez en todas aquellas actuaciones en medio marino que impliquen riesgo de puesta en suspensión y transporte de finos. Calidad de las aguas en la playa regenerada: El promotor realiza un estudio sobre la posible incidencia del efluente vertido por el emisario submarino sobre la calidad de las aguas de la playa a regenerar. Considerando el diseño de la descarga, las características del efluente vertido y las condiciones en el medio receptor, los resultados de la simulación indican que los objetivos de calidad de aguas de baño se incumplirían en un radio entre 100 y 200m alrededor del punto de vertido. En la zona de la playa de Punta Larga no es previsible ningun tipo de contaminación bactereológica, considerando su distancia al emisario, la dilución y factor decay de los microorganismos. Impacto sobre cultivos marinos y actividad pesquera: El EsIA defiente que los 2.000m que separan la actuación de la zona de cultivos justifican la no afección ni directa ni indirecta sobre esta actividad. La simulación del comportamiento y dispersión de los finos indica que, para las condiciones más desfavorables en el medio receptor, la pluma de turbidez no será perceptible a 2km de distancia de la zona de actuación. Origen de la arena de regeneración de la futura playa: El EsIA indica que los aproximadamente 365.000m³ de arena necesarios para la regeneración del tramo de playa, se obtendrán del dragado de dársena del Puerto de Granadilla, dado que se ha comprobado que se trata de un material no contaminado y con características adecuadas para la regeneración proyectada. La Declaración de Impacto Ambiental del proyecto del Puerto de Granadilla establece, entre sus medidas correctoras, la corrección del posible basculamiento de las playas de La Jaquita y el Médano, como consecuencia de las propias obras del puerto. De acuerdo con esto, la Autoridad Portuaria de Puertos de Tenerife expresa su conformidad en el préstamo de sedimento para la regeneración de la playa de Punta Larga pero condicionado a su disponibilidad una vez que ya hayan sido satisfechas la necesidad de realimentación de las playas de La Jaquita y el Médano.

b. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental: Con fecha 22 de enero de 2008, la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar sometió al trámite de información pública el proyecto informativo y el estudio de impacto ambiental, mediante anuncio en el Boletín Oficial Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

En el periodo de Información Pública se presentó alegación por parte de la Plataforma por una Playa Racional en Punta Larga, expresando su disconformidad con la regeneración de la playa de Punta Larga, alegando que no se ha valorado la alternativo cero, que el proyecto afecta a un paraje costero natural y de interés paisajístico, y que sería más adecuado realizar la regeneración del tramo de playa comprendido entre el acantilado de Candil de Punta Larga y la Punta del Mondongo (unos1250m de longitud). El promotor del proyecto argumenta que la alternativa cero dejaría insatisfecha la demanda de una playa en la zona, por parte de los Ayuntamientos y vecinos de las localidades beneficiadas. Por otra parte, las fotos y descripción del EsIA describen la zona de actuación como un espacio completamente antropizado, caracterizado por la presencia de rellenos, escollera de protección, plataformas de hormigón y edificaciones sobre el acantilado, presencia de puerto deportivo, etc., de modo que la construcción de una playa artificial mejoraría el aspecto general de la zona. El promotor argumenta que la regeneración del tramo al que la alegación se refiere fue una alternativa descartada por la desproporcionada magnitud de las obras, por dejar dentro un emisario y por afectar a diversos barrancos que desembocan en dicho tramo.

5. Integración de la evaluación

El Estudio de Impacto ambiental elaborado por el promotor recoge los aspectos señalados en la fase de consultas y valora los principales impactos de la actuación sobre el medio, proponiendo medidas preventivas y correctoras. Para cada una de las actuaciones propuestas se han estudiado, valorado y comparado, desde un punto de vista ambiental, las distintas alternativas de diseño antes descritas (apartado 2), teniendo también en cuenta la opinión y sugerencias de los distintos organismos consultados El siguiente cuadro resume los impactos más significativos asociados a la ejecución de la alternativa elegida, así como las medidas preventivas y correctoras propuestas por el promotor para su minimización:

Impactos sobre el medio natural

Medidas preventivas y correctoras propuestas en el EsIA

Afección a la calidad de las aguas por puesta en suspensión de finos.

Actuaciones en periodos de calma o escasa hidrodinámica en el medio receptor. Empleo de pantallas antiturbidez para la contención de los sólidos puestos en suspensión (condicionante ambiental al proyecto).

Afección sobre los sebadales de Cymodocea nodosa por la puesta en suspensión de finos.

Actuaciones en periodos de calma o escasa hidrodinámica en el medio receptor. Empleo de pantallas antiturbidez para la contención de los sólidos puestos en suspensión (condicionante ambiental al proyecto).

Afección sobre recursos pesqueros

Delimitación y señalización de la zona de trabajo. Información y coordinación con el sector pesquero para evitar interferencias entre ambas actividades. La distancia de 2.000m y las medidas preventivas y correctoras garantizar la no afección a la zona de cultivos por presencia de pluma de turbidez.

6. Condiciones al proyecto

Analizada la documentación y el expediente de información pública del proyecto, desde esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, se establecen los siguientes condicionantes ambientales para garantizar la protección del medio:

Con el fin de garantizar la no afección sobre la especie de interés comunitario prioritario tortuga boba (Caretta caretta), con posible presencia en la zona de estudio, no se ejecutarán las actuaciones de dragado en el medio marino en el periodo comprendido entre los meses de mayo a septiembre, época reproductiva de esta especie y, por tanto, periodo de máxima sensibilidad.

Ante la proximidad de los sebadales de Cymodocea nodosa y el riesgo de afección por turbidez o enterramiento ante la posible formación y propagación de pluma de finos, se emplearán pantallas antiturbidez en todas las actividades que puedan implicar riesgo de puesta en suspensión de sedimentos. Estas cortinas antiturbidez funcionarán como complemento al efecto de contención de los espigones proyectados ante los sedimentos puestos en suspensión en fase de obras. Asimismo estas operaciones se procurarán realizar en periodos de calma o de escasa hidrodinámica de las aguas marinas a fin de evitar riesgo de escape de los sedimentos más allá de las pantallas. De acuerdo con la documentación aportada por el promotor, la arena de regeneración se obtendrá del dragado de dársena del Puerto de Granadilla. La disponibilidad de este sedimento está condicionada, según establece la propia Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, a la previa satisfacción de las demandas de alimentación de las playas de La Jaquita y el Médano. En caso de que finalmente no fuese posible obtener del dragado del puerto de Granadilla el volumen de sedimento con las características requeridas para la regeneración de la playa de Punta Larga, y el promotor requiera obtener la arena de otra fuente, se redactará un proyecto modificado, que habrá de ser evaluado ambientalmente.

7. Especificaciones para el seguimiento ambiental

El programa de vigilancia propuesto en el Estudio de Impacto Ambiental contempla las siguientes actuaciones:

Fase preliminar del proyecto: toma de muetras y análisis de los parámetros de control previstos a fin de establecer el estado preliminar de la calidad de las aguas. Asimismo se realizará una caracterización en detalle de las poblaciones bentónicas adyacentes a la zona de actuación.

Fase de funcionamiento: seguimiento de la evolución de la forma en planta y perfil de equilibrio de la playa durante un periodo mínimo de dos años desde la ejecución de las obras. Se propone también un seguimiento, con frecuencia bianual, del estado de las comunidades bentónicas adyacentes a la zona durante un periodo de dos años desde la finalización del proyecto. Conclusión. En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto de Rehabilitación de la playa de Punta Larga, T.M. de Candelaria (santa Cruz de Tenerife), concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 11 de noviembre de 2008.-La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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