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Documento BOE-A-2008-2242

Resolución de 30 de enero de 2008, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología y el Instituto de Salud Carlos III para el análisis de las muestras de la red EMEP/VAG/CAMP y para el apoyo a la gestión de calidad de la red.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 2008, páginas 7143 a 7146 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2008-2242

TEXTO ORIGINAL

El Director General del Instituto Nacional de Meteorología, del Ministerio de Medio Ambiente y la Directora del Instituto de Salud Carlos III, del Ministerio de Sanidad y Consumo, han suscrito, con fecha 17 de diciembre de 2008, un acuerdo de encomienda de gestión para el análisis de las muestras de la red EMEP/VAG/CAMP y para el apoyo a la gestión de calidad de la red.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 30 de enero de 2008.-El Subsecretario de la Presidencia, Luis Herrero Juan.

ANEJO

Acuerdo de encomienda de gestión entre la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología y el Instituto de Salud Carlos III para el análisis de las muestras de la red EMEP/VAG/CAMP y para el apoyo a la gestión de calidad de la red

En Madrid, a 17 de diciembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte: El Sr. D. Francisco Cadarso González, Director General del Instituto Nacional de Meteorología, con domicilio institucional en Madrid, calle Leonardo Prieto Castro, número 8, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 2109/2004, de 22 de octubre («BOE» número 256, de 23 de octubre), órgano directivo competente de las funciones que se encomiendan en este acuerdo conforme al Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente («BOE» número 148, de 19 de julio). Y, de otra parte: La Sra. Dña. Flora de Pablo Dávila, Directora del Instituto de Salud Carlos III, organismo perteneciente al Ministerio de Sanidad y Consumo, nombrada por Real Decreto 1187/2007, de 10 de septiembre («Boletín Oficial del Estado», número 218, de 11 de septiembre), actuando en nombre propio y representación del mencionado Instituto de Salud Carlos III, con domicilio social en Madrid, calle Sinesio Delgado, número 6, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo y por el Real Decreto 375/2001 por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, modificado por Real Decreto 590/2005, de 20 de mayo.

Exponen

1. Que el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología, es el Órgano español responsable de la gestión del Programa de la Vigilancia Atmosférica Global (VAG), de la Organización Meteorológica Mundial, cuya finalidad es la de hacer observaciones extensas y fiables de la composición química y de determinadas características físicas de la atmósfera a escalas regional y global que permitan analizar su estado, su evolución y su posible incidencia en el cambio climático. En virtud de ello, se dispone de una red de estaciones de medida de dichos componentes, configurada por una estación de referencia en Izaña (Canarias) y varias estaciones de carácter regional en la Península y Baleares. 2. Que la aplicación del Convenio sobre Contaminación Atmosférica Transfronteriza a Larga Distancia (Convenio de Ginebra), suscrito por el Gobierno español y ratificado por la Jefatura del Estado el 7 de junio de 1982 («BOE» de 10 de marzo de 1983), supone, entre otras actuaciones, la gestión de la red de vigilancia de la contaminación atmosférica residual o de fondo en áreas rurales EMEP (European Monitoring Evaluation Programme). En virtud de ello se dispone de una red de estaciones de medida de contaminantes atmosféricos repartidas por todo el territorio peninsular. Asimismo, el 25 de enero de 1994, España ratificó el Convenio de Oslo y París para la protección del medio marino del Atlántico Nordeste. Dentro de este Convenio existe el Programa CAMP (Comprehensive Atmospheric Monitoring Programme) para la evaluación de los aportes atmosféricos al mar mediante la medición de contaminantes atmosféricos en estaciones costeras. La responsabilidad de la gestión de ambos programas EMEP/CAMP recae igualmente en la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología. Siendo no obstante la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente el Órgano en que recae la representación de España ante los Programas EMEP/CAMP, hecho que justifica la colaboración y presencia de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental en la Comisión Técnica de Seguimiento prevista en el acuerdo. 3. Que la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología tiene obligación de gestionar la red EMEP/VAG/CAMP, y por derivarse de convenios internacionales ratificados por España, ofrecer resultados que permitan vigilar en Europa los niveles troposféricos de contaminación atmosférica de fondo y su sedimentación en la superficie terrestre, en áreas rurales alejadas de sus focos de emisión. La evaluación de la calidad del aire en España es posible, entre otros, gracias a la realización de los análisis químicos de las muestras de gases, aerosoles y precipitación procedentes de las distintas estaciones de la red EMEP/VAG/CAMP. Asimismo se hace necesario establecer controles de calidad en la citada red que aseguren que los procedimientos, metodologías, instrumentación, emplazamientos, etc., reúnan las condiciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la red. 4. Que el Instituto de Salud Carlos III tiene, entre otras funciones, la de la investigación de la calidad del aire ambiente, desarrollo y validación de métodos de análisis y aseguramiento de la calidad de las mediciones en las redes de calidad del aire mediante controles de calidad internos, contando para ello con un laboratorio de referencia, acreditado conforme a los criterios de la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025:2005. 5. Que la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología no dispone de los medios técnicos necesarios para llevar a cabo los análisis químicos de las muestras de aerosoles, gases y precipitación para el cumplimiento de los programas de medición y la continuidad de las series temporales generadas en las estaciones de la red EMEP/VAG/CAMP de España, ni para la ejecución de las campañas de medida derivadas de la 4.ª Directiva Hija. 6. Que entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Instituto de Salud Carlos III se han celebrado convenios anteriores para la gestión de las redes EMEP/CAMP y VAG, el último de los cuales finaliza en diciembre de 2007. 7. Que próximo a extinguirse el citado Convenio y ante la obligación de cubrir las necesidades derivadas de la gestión de la red, la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología, en el ejercicio de sus competencias y por razones de eficacia, ha considerado conveniente encomendar al Instituto de Salud Carlos III la obtención de todos los análisis químicos de las muestras de gases, aerosoles y precipitación, tomadas en las estaciones de la red EMEP/VAG/CAMP de España y las obtenidas durante la ejecución de las campañas de medida derivadas de las obligaciones de la 4.ª Directiva Hija, la realización de las auditorías a las estaciones de la red, la calibración del patrón de transferencia de ozono y la formación continuada de los operadores de las estaciones de la red.

En consecuencia, acuerdan: Primero.-La Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología y el Instituto I de Salud Carlos III acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que el Instituto de Salud Carlos III lleve a cabo, por razones de eficacia, las actividades descritas en el apartado tercero del presente Acuerdo.

Segundo.-La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología. Tercero.-Es objeto de esta encomienda el análisis de las muestras de precipitación, gases y aerosoles, y el apoyo a la gestión de calidad de la red EMEP/VAG/CAMP de España, en su configuración actual, Anexo 1, según el calendario y contenido del Punto Quinto; y el asesoramiento a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología en el desarrollo de sus funciones, en el ámbito del presente acuerdo. Cuarto.-Las actividades que se encomiendan consisten en las actuaciones de carácter técnico orientadas a la adaptación y el cumplimiento continuo por parte de la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología para garantizar el cumplimiento de los programas de mediciones y la continuidad de las series temporales generadas en las estaciones de la red EMEP/VAG/CAMP de España.

Aportaciones de las partes.-Aportaciones del Instituto de Salud Carlos III:

El Instituto de Salud Carlos III, a través de su Centro Nacional de Sanidad Ambiental, se compromete a efectuar los análisis químicos pertinentes, de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de esta encomienda de gestión. Además de esta tarea, que constituye el principal objeto de este acuerdo, el Instituto de Salud Carlos III realizará, asimismo, las siguientes labores de apoyo a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología: a) Validar los procedimientos analíticos y verificación de su cumplimiento de acuerdo con los objetivos de calidad de la red.

b) Verificar los patrones secundarios y de transferencia usados en las calibraciones de los analizadores automáticos de la red. c) Realizar verificaciones y contrastaciones de los sistemas métricos de las estaciones. d) Formar a los operadores encargados de las estaciones. e) Facilitar mensualmente a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología y con anterioridad a los cinco meses siguientes a la fecha de la última entrega de muestras del mes considerado, en soporte informático y formato FIIN, los resultados de los análisis químicos obtenidos a partir de las muestras procedentes de las estaciones. f) Informar a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología de cualquier anomalía que se detecte en los datos químicos. g) Prestar asistencia técnica a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología. h) Participar en intercomparaciones internacionales en el ámbito objeto de encomienda, EMEP, VAG, CAMP. i) Realizar auditorias técnicas, calibraciones de patrones de transferencia y verificaciones/calibraciones de caudales. j) Asistir a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología en la planificación y realización de experimentos encaminados a la mejora y evaluación de la calidad de las medidas de la red, así como en el estudio de las condiciones de ubicación de las estaciones. k) Informar puntualmente a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología acerca de los trabajos y actuaciones que se estén realizando en el ámbito de las obligaciones señaladas en los puntos anteriores. l) Notificar puntualmente a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología cualquier cambio en las rutinas de análisis de las muestras (por ejemplo: límites de cuantificación, métodos de análisis, etcétera). m) Asesorar a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología en materia de calidad del aire ambiente y metodología analítica. n) Elaborar, publicar y difundir informes o estudios en base a los resultados obtenidos de carácter divulgativo, técnico o científico, remitiendo copia a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología. En todos ellos se dejará constancia de la fuente de los datos y de la presente encomienda, de acuerdo a las indicaciones a tal respecto recibidas de la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología.

Aportaciones de la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología:

a) Desempeñar la coordinación general y administrativa del proyecto EMEP/VAG/CAMP.

b) Proporcionar al ISCIII las muestras recogidas en las estaciones en tiempo oportuno para su análisis. c) Informar al ISCIII de las reuniones a las que su asistencia se considere necesaria. d) Colaborar en la formación y reciclaje de los operadores encargados de las estaciones.

Quinto.-La secuencia temporal de los trabajos a realizar por el Instituto de Salud Carlos III, por lo que se refiere a la red EMEP/VAG/CAMP, será la que figura en el Anexo 2, teniendo en cuenta los actuales programas de medidas, el estado actual de la Estrategia de Medidas EMEP y la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al arsénico, cadmio, mercurio, níquel e hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire (4.ª Directiva Hija). Esta secuencia temporal podrá verse alterada en función de la variación de los programas de medidas o cualquier otra causa que justifique su modificación.

Sexto.-El presupuesto total del proyecto asciende a un millón quinientos mil euros (1.500.000,00 euros) (IVA no incluido). En el Anexo 3 se encuentra un desglose económico estimado por conceptos. La citada cantidad será aportada por la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.03.495B.640.08, con la siguiente distribución de anualidades:

2008: 300.000,00 euros.

2009: 400.000,00 euros. 2010: 400.000,00 euros. 2011: 400.000,00 euros.

El presupuesto total del proyecto más el IVA asciende a un millón setecientos cuarenta mil euros (1.740.000 euros).

Séptimo.-Los abonos de las cantidades comprometidas se efectuarán trimestralmente mediante ingreso en la cuenta corriente 9000 0001 20 0200009118 del Banco de España, en Madrid, abierta a nombre del Instituto de Salud Carlos III, previa presentación de las facturas e informes de los trabajos realizados por el Instituto de Salud Carlos III y certificación expedida por el Director Coordinador de la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología. Octavo.-Para el desarrollo, seguimiento y control de la presente encomienda se constituirá una Comisión Técnica de Seguimiento, designada por las Partes, que estará integrada por dos miembros, uno será nombrado por la Dirección General del Instituto de Nacional de Meteorología y otro por el Instituto de Salud Carlos III, en un plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo. Asimismo podrá solicitarse la participación de un representante de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, en las reuniones de esta Comisión Técnica. El representante de la Dirección General del Instituto de Nacional de Meteorología actuará como Director-Coordinador de la encomienda. La Comisión Técnica de Seguimiento se reunirá, al menos, una vez al año para aprobar la secuencia temporal de cada año y será la encargada de resolver las cuestiones derivadas de la interpretación y ejecución del presente Acuerdo. Asimismo podrá proponer a los Directores Generales de la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología y del Instituto de Salud Carlos III la modificación de las actividades anuales previstas. Noveno.-A la finalización de cada trimestre, el Instituto de Salud Carlos III presentará un informe de actividades y resultados al Director-Coordinador de la Comisión Técnica de Seguimiento. Su contenido incluirá los resultados de la analítica realizada a las muestras de precipitación, gases y aerosoles obtenidas en cada una de las estaciones de la Red EMEP/VAG/CAMP, de acuerdo con el programa de medidas de cada una de ellas, así como los de los análisis correspondientes a las campañas de medida realizadas en cada estación durante ese trimestre. Estos informes servirán de base efectiva para proceder a los diferentes pagos especificados en el Punto Séptimo por un valor correspondiente a los trabajos efectivamente realizados en ese trimestre. Décimo.-El plazo de vigencia de la gestión encomendada es de cuatro años a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente Acuerdo. Undécimo.-Serán causas de resolución de la presente encomienda su incumplimiento, el mutuo acuerdo de las Partes, la imposibilidad de realización y su innecesaria ejecución. En caso de extinción anticipada se abonarán las actuaciones efectivamente realizadas y no abonadas hasta ese momento. Disposición adicional.-Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión el Director General del Instituto Nacional de Meteorología y la Directora del Instituto de Salud Carlos lll.

ANEXO 1

Configuración actual de la red EMEP//VAG/CAMP: Localización de las estaciones

Nombre

Paraje

Provincia

Latitud

Longitud

Altitud - Metros

San Pablo de los Montes

Montes de Toledo

Toledo

39º 33' N

4º 21' W

917

Noia

EVA número 10

La Coruña

42º 44' N

8º 55' W

685

Mahón

La Mola (Menorca)

Baleares

39º 52' N

4º 19' E

78

Doñana

Parque de Doñana

Huelva

37º 3' N

6º 33' W

5

Andalucía Oriental

Niembro-Llanes

Playa de Torimbia

Oviedo

43º 26' N

4º 50' W

134

Campisábalos

Cerro de la Fuente

Guadalajara

41º 16' N

3º 08' W

1.360

Cabo de Creus

Instalaciones del Faro

Girona

42º 19' N

3º 19' E

23

Barcarrota

Presa del Pantano del Ahijón

Badajoz

38º 28' N

6º 55' W

393

Zarra

Cerro Gordo

Valencia

39º 05' N

1º 06' W

885

Peñausende

Teso Santo

Zamora

41º 17' N

5º 52' W

985

Els Torms

Partida «Lo Tancat»

Lleida

41º 23' N

0º 43' E

470

O Saviñao

Parroquia de Bugalla, Monte a Travesa

Lugo

43º 38' N

7º 42' W

506

ANEXO 2 Secuencia temporal de los trabajos

A continuación se definen las actividades a realizar por el ISCIII como una propuesta que podrá ser modificada por la Comisión Técnica de Seguimiento, en función de las necesidades de la red EMEP/VAG/CAMP o en función de nuevos parámetros y/o metodologías de interés.

Año 2008

Análisis ordinarios: En las 13 estaciones determinación de: Aerosoles: PM10, sulfatos (SO4 2- - S) en PM10, nitratos (NO3- - N) en PM10: Frecuencia diaria de captación y análisis.

Además, se toma una muestra mensual de blanco de campo para PM10.

Gases + aerosoles: HNO3 - N + NO3 - N; NH3 - N + NH4+ - N: Frecuencia diaria de captación y análisis.

En 10 estaciones: Aerosoles: PM2.5: Frecuencia diaria de captación y análisis.

Además, se toma una muestra mensual de blanco de campo para PM2.5.

En 12 estaciones, en el agua de lluvia se realizan los siguientes análisis:

Precipitación diaria: pH, sulfatos (SO4 2- - S), nitratos (NO3- - N), amonio (NH4+ - N), hidrogeniones (H+), potasio (K+), sodio (Na+), magnesio (Mg2+), calcio (Ca2+), cloruros (Cl-) y conductividad: Una muestra cada día de lluvia.

Además, en todas ellas se toma una muestra mensual de blanco de campo para precipitación diaria en la que se analizan los once parámetros de las muestras habituales.

En dos estaciones, Niembro y Campisábalos, se toman muestras de: Gases: NH3: Una muestra semanal.

Aerosoles: Metales pesados (Pb, Cd, Cu, As, Ni, Cr y Zn): Una muestra de 24 h con frecuencia semanal. Precipitación: Metales pesados (Pb, Cd, As, Ni, Cu, Cr, Zn): Una muestra cada semana con lluvia.

En una estación, Niembro, se toman muestras de:

Aerosoles: Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos (HAP).

Aerosoles: Contaminantes orgánicos persistentes (COP): Una muestra semanal, a partir de la fecha de validación del método de análisis. Precipitación: Hg: Una muestra cada semana con lluvia.

En una estación, Campisábalos, se toman muestras de: Gases: Compuestos orgánicos volátiles y compuestos carbonílicos: Dos muestras de ambos por semana.

Aerosoles: Especiación (SO42-, NO3-, NH4+, Na+, K+, Ca2+, Mg2+, Cl-), en PM10 y PM2.5): Una muestra semanal de PM10 y una muestra semanal de PM2.5. Aerosoles: Cationes inorgánicos (Na+, K+, Ca2+, Mg2+) en PM10: Una muestra diaria. Aerosoles: Carbono elemental y carbono orgánico en PM10 y en PM2.5, una muestra de 24 horas, una vez a la semana, en días sucesivos.

Campañas de medidas:

A partir de abril de 2008, realización de una serie de campañas de medida de cuatro semanas de duración en hasta cinco estaciones, una vez al año, de metales pesados e hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP), para cumplir con las obligaciones de la 4.ª Directiva Hija, que se describen a continuación: Depósitos totales de Hg, Cd, As y Ni: Se tomará una muestra del tiempo que duren las campañas (cuatro semanas).

Depósitos totales de HAP: Se tomará una muestra del tiempo que duren las campañas (cuatro semanas). Aerosoles: Metales pesados en PM10: El lunes de la primera semana, el martes de la segunda, el miércoles de la tercera y el jueves de la cuarta. Aerosoles: HAP: El martes de la primera semana, el miércoles de la segunda, el jueves de la tercera y el viernes de la cuarta. Aerosoles: Hg en PM10: El miércoles de la primera semana, el jueves de la segunda, el viernes de la tercera y el sábado de la cuarta. Gas: Hg gaseoso total: Mediciones en continuo durante el tiempo que duren las campañas.

Años 2009-2010-2011

Análisis ordinarios: En las 13 estaciones determinación de: Aerosoles: PM10, sulfatos (SO4 2- - S) en PM10, nitratos (NO3- - N) en PM10: Frecuencia diaria de captación y análisis.

Además, se toma una muestra mensual de blanco de campo para PM10. Gases + aerosoles: HNO3 - N + NO3- - N; NH3 - N + NH4+ - N: Frecuencia diaria de captación y análisis.

En 10 estaciones:

Aerosoles: PM2.5: Frecuencia diaria de captación y análisis.

Además, se toma una muestra mensual de blanco de campo para PM2.5.

En 12 estaciones, en el agua de lluvia se realizan los siguientes análisis:

Precipitación diaria: pH, sulfatos (SO4 2- - S), nitratos (NO3- - N), amonio (NH4+ - N), hidrogeniones (H+), potasio (K+), sodio (Na+), magnesio (Mg2+), calcio (Ca2+), cloruros (Cl-) y conductividad: Una muestra cada día de lluvia.

Además, en todas ellas se toma una muestra mensual de blanco de campo para precipitación diaria en la que se analizan los once parámetros de las muestras habituales.

En dos estaciones, Niembro y Campisábalos, se toman muestras de:

Gases: NH3: Una muestra semanal.

Aerosoles: Metales pesados (Pb, Cd, Cu, As, Ni, Cr y Zn): Una muestra de 24 h con frecuencia semanal. Precipitación: Metales pesados (Pb, Cd, As, Ni, Cu, Cr, Zn): Una muestra cada semana con lluvia.

En una estación, Niembro, se toman muestras de:

Aerosoles: Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos (HAP).

Aerosoles: Contaminantes orgánicos persistentes (COP): Una muestra semanal. Precipitación: Hg: Una muestra cada semana con lluvia.

En una estación, Campisábalos, se toman muestras de:

Gases: Compuestos orgánicos volátiles y compuestos carbonílicos: Dos muestras de ambos por semana

Aerosoles: Especiación (SO42-, NO3-, NH4+, Na+, K+, Ca2+, Mg2+, Cl-), en PM10 y PM2.5: Una muestra semanal de PM10 y una muestra semanal de PM2.5. Aerosoles: Cationes inorgánicos (Na+, K+, Ca2+, Mg2+) en PM10: Una muestra diaria. Aerosoles: Carbono elemental y carbono orgánico PM10 y en PM2.5: Una muestra de 24 horas, una vez a la semana, en días sucesivos.

Por último, en un máximo de cinco estaciones (4.ª Directiva Hija):

Depósitos totales de metales pesados (Hg, Cd, As y Ni): Mensual (al menos cuatro meses/año).

Depósitos totales de HAP: Mensual (ídem). Aerosoles: Metales pesados (al menos Pb, Cu, Cd, As, Ni) en PM10: Campañas de 52 a 60 días cada año. Aerosoles: HAP en PM10: Campañas (ídem). Aerosoles: Hg en PM10: Campañas (ídem). Gas: Hg gaseoso total: Dos meses por estación en continuo.

Todos los años

Otros temas: Auditorias de estaciones: Visitas cada año a tres estaciones hasta completar la totalidad de las estaciones en cuatro años.

Calibración del patrón de transferencia de ozono: Dos calibraciones al año. Formación de operadores de las estaciones. ANEXO 3

Total

Personal:

Contrato Titulado Superior

289.256

Contrato Técnico y Grado Medio

297.548

Contratos en prácticas

155.004

Subtotal

741.808

Fungible:

Material laboratorio y de equipos

200.000

Calibraciones equipos

6.000

Subtotal

206.000

Inventariable:

Equipos científicos

300.540

Subtotal

300.540

Viajes:

Estaciones EMEP/VAG/CAMP

30.000

Reuniones internacionales

6.000

Subtotal

36.000

Otros:

Reparaciones, contratos de mantenimiento

20.000

Subtotal

20.000

Subtotal costes directos

1.304.348

Subtotal coste indirectos

195.652

Total

1.500.000

IVA

240.000

Total + IVA

1.740.000

Desglose económico estimado por conceptos en euros.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/01/2008
  • Fecha de publicación: 08/02/2008
Materias
  • Análisis
  • Calidad del aire
  • Contaminación atmosférica
  • Encomienda de gestión
  • Instituto de Salud Carlos III
  • Instituto Nacional de Meteorología
  • Investigación científica

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