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Documento BOE-A-2008-2946

Orden INT/370/2008, de 4 de febrero, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, de Técnico en Medios de Comunicación en la Dirección General de Relaciones Informativas y Sociales.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2008, páginas 8879 a 8883 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2008-2946

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo de la Administración General del Estado, de un puesto de trabajo de Técnico en Medios de Comunicación, fuera de convenio en la Dirección General de Relaciones Informativas y Sociales del Ministerio del Interior. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza, de Técnico en Medios de Comunicación, fuera de convenio, en la Dirección General de Relaciones Informativas y Sociales del Ministerio del Interior, por el sistema general de acceso libre. 1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I. 1.3 La descripción de la plaza se detalla en el anexo II de esta convocatoria. 1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo III de la presente convocatoria. 1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán contratados con carácter fijo hasta como máximo el número de plazas convocadas.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea. c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se señala en el anexo II. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación, en su caso. 2.1.4 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en internet en la pagina web www.060.es.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo V. 3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio del Interior, calle Amador de los Ríos, número 7, Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Subdirector General de Personal e Inspección del Ministerio del Interior. 3.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.4 Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado b) de la base 2.1.1, siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan. 3.5 Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de minusvalía. 3.6 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Ministro del Interior y por su delegación, el Subdirector General de Personal e Inspección, dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales. 4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo IV a esta convocatoria.

5.2 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta, en representación o por cuenta de nadie. 5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones vigentes. 5.4 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley citada en la base anterior. 5.5 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio del Interior, calle Amador del Ríos, número 7, de Madrid, teléfonos 91-537 12 49; 91.537.14.33,o en la dirección de correo electrónico prosellab@mir.es

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Los aspirantes serán convocados a los ejercicios en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

6.2 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente, por cada número de orden, por el primero de la letra X, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 21 de enero de 2008 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de febrero). 6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública, en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlos, con indicación de la puntuación obtenida. Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.6. 6.4 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I. 6.5 El Tribunal publicará, en el lugar o lugares de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso. 6.6 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación.

Dicha relación se publicará en el lugar de celebración del último ejercicio de la fase de oposición y en la sede del Tribunal, así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo el primero de los aspirantes de dicha relación de un plazo de cinco días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. 7.2 No se podrá formalizar mayor número de contratos que el de la plaza convocada. 7.3 La adjudicación del puesto al aspirante que supere el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida. 7.4 El aspirante contratado tendrá que superar un período de prueba de tres meses, durante el cual la unidad correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo. 7.5 En el caso de que el candidato no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad correspondiente respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a la que se refiere la base 7.1.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la Función Pública, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E. de 29-3-1995), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Ministro del Interior en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 4 de febrero de 2008.-El Ministro del Interior, P. D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Subdirector General de Personal e Inspección, Gabriel Veiga Nicole.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

Selección

El sistema de selección de los aspirantes será el concurso-oposición.

El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso. La fase de concurso será valorada únicamente a los aspirantes que superen la fase de oposición. En ningún caso podrá aplicarse la puntuación obtenida en la fase de concurso para superar la fase de oposición

Fase de oposición

La fase de oposición constará de dos ejercicios (uno teórico y otro práctico), ambos eliminatorios y supondrá una puntuación máxima de 90 puntos: Primer ejercicio (de carácter teórico): Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas, de los recogidos en el anexo III-temario, uno de la parte común, a escoger entre dos seleccionados al azar al principio de la prueba; y dos de la parte específica, de los cuales uno corresponderá necesariamente a los bloques I y II y el otro a los bloques III y IV, en ambos casos de entre dos escogidos al azar para cada parte. Para el desarrollo de este ejercicio los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de cuatro horas.

Los temas serán leídos posteriormente en sesión pública ante el órgano de selección, quien podrá hacer al aspirante preguntas que considere oportunas relacionadas con los temas expuestos durante un tiempo máximo de quince minutos. Este ejercicio se calificará valorando los conocimientos, la claridad y el orden de ideas, y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición. Será calificado con un máximo de 30 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 15 puntos para su superación.

Segundo ejercicio (de carácter práctico):

Constará de dos partes.-La primera parte consistirá en la contestación por escrito a un caso práctico propuesto por el órgano de selección, y basado en la parte específica, que buscará relacionar conocimientos de los bloques II, III y IV con una aplicación concreta de aspectos correspondientes a temas del bloque I. Para la realización de esa parte el aspirante dispondrá de un tiempo máximo de dos horas.

La segunda parte consistirá en una prueba de idioma: el aspirante deberá contestar por escrito a cuestiones prácticas, relacionadas con las competencias periodísticas, a partir de un texto proporcionado por el tribunal en el idioma elegido por el aspirante (inglés o francés). El ejercicio será redactado en castellano y no se permitirá la utilización de medios de traducción. Para la realización de esta parte se dispondrá de un tiempo máximo de 90 minutos. Las dos partes serán leídas posteriormente en sesión pública ante el órgano de selección, quién podrá mantener una conversación en el idioma elegido para la prueba por el aspirante durante un tiempo máximo de diez minutos. El ejercicio práctico en su totalidad será calificado con un máximo de 60 puntos, 30 para cada una de las dos partes, siendo necesario obtener una calificación al menos de 15 puntos en cada una de ellas para su superación.

Fase de concurso:

En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán -hasta un máximo de 30 puntos- los siguientes méritos: Experiencia profesional (máximo 15 puntos). Por cada mes de servicios efectivos prestados en un puesto de trabajo directamente relacionado con las tareas y funciones propias del puesto que se pretende adjudicar: En el ámbito del Ministerio del Interior: 0,50 puntos.

En otros ámbitos de las Administraciones Públicas: 0,25 puntos. en medios de comunicación (Prensa, Radio, Televisión, Agencias): 0,10 puntos.

Idiomas y lenguas cooficiales (máximo 10 puntos).

Por cada idioma debidamente acreditado (deberá acreditase con titulación de centros oficiales de idiomas, o títulos académicos universitarios que expliciten con claridad el nivel o grado obtenido calificando su equivalencia por niveles: Iniciación, 1 punto; Intermedio, 2 puntos; avanzado o superior, 4 puntos) entre inglés, francés y alemán: 4 puntos (máximo 8 puntos).

Por el conocimiento de cada lengua cooficial de las comunidades autónomas (Acreditado mediante titulación oficial): 2 puntos.

Titulaciones académicas (máximo 5 puntos).

Por el Doctorado en Ciencias de la Información, Traducción e Interpretación o Comunicación audiovisual: 3 puntos.

Por Titulación oficial de postgrado(2 puntos por Máster Universitario; 1 punto por Titulo de Experto y Especialista. En caso de varios se puntuaría el título de más grado) relacionada con ciencias de la información hasta: 2 puntos.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

2. La mayor puntuación alcanzada en el mérito de servicios efectivos prestados en el ámbito del Ministerio del Interior. 3. La mayor puntuación alcanzada en el mérito de servicios efectivos prestados en otros puestos. 4. La mayor puntuación obtenida en el mérito sobre el conocimiento de idiomas.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización

ANEXO II Funciones del puesto

Puesto de trabajo: Técnico en Medios de Comunicación. Convenio aplicable: Fuera de Convenio. Número de plazas: Una. Titulación: Título de Doctor o Licenciado en Ciencias de la Información, Doctor o Licenciado en Traducción e Interpretación, o Doctor o Licenciado en Comunicación Audiovisual.

Dependencia administrativa: La plaza se ubica en la estructura de la Dirección General de Relaciones Informativas y Sociales, que como define el Real Decreto 991/2006, de 8 de septiembre, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, en su artículo 1, apartado 4, tiene dependencia directa del Ministro, y se le encomiendan la misión básica de impulsar y coordinar:

Las relaciones sociales e informativas de los distintos servicios del Departamento y

Las campañas informativas que se desarrollen en el ámbito del Ministerio.

Principales funciones del puesto: En el marco definido, las principales funciones son:

Asistencia directa y asesoramiento al Portavoz del Ministerio del Interior de cara a los medios de comunicación y apoyo específico y directo al Titular del Departamento en materia de comunicación externa.

Coordinación de las relaciones del Ministerio del Interior con los Medios de Comunicación. Coordinación de las campañas Institucionales del Departamento.

Y tiene como tareas dominantes:

Procesamiento continuo de la información de medios nacionales e internacionales referente a todos los ámbitos de gestión del Ministerio.

Apoyo en materia periodística al Gabinete del Ministro, a la Secretaría de Estado de Seguridad y a la Subsecretaría del Departamento. Relación con Centros directivos del Ministerio y de coordinación de sus políticas informativas y sociales. Redacción de notas de prensa, convocatorias y comunicados que emita el Ministerio del Interior en el ámbito de sus competencias.

Requisitos del perfil: De acuerdo con lo anterior, la plaza de Técnico en Medios de Comunicación que se convoca, busca un perfil acorde con las exigencias de las funciones señaladas, asegurando:

Habilidades y destrezas para desarrollar las tareas básicas del periodismo.

Un conocimiento suficiente de su aplicación a misiones institucionales. Conocimiento general y suficiente de los distintos y variados ámbitos de gestión del Ministerio del Interior, y Un nivel fluido de comunicación en un idioma común europeo (francés o inglés) distinto del español.

ANEXO III Temario fase de oposición

Parte común

1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.

2. Las cortes generales. Congreso de los diputados. El senado. La función legislativa. La función de control. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes. 3. El Gobierno y la Administración. La Administración Central del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y demás órganos administrativos. 4. El régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público, regulado por la Ley 7/2007, de 12 de abril. 5. Principios, políticas y medidas de igualdad de género: Normativa vigente.

Parte específica

Bloque I. Objetivos y políticas del Ministerio del Interior 1. El Ministerio del Interior. Estructura básica y competencias.

2. Organizaciones internacionales: ONU, OTAN, Consejo de Europa. Especial referencia a políticas e instrumentos europeos de seguridad. 3. La seguridad del Estado: Políticas básica, estructura y relaciones funcionales. 4. Política de inmigración: Funciones del Ministerio del Interior, Políticas básicas de interior y relaciones con otros departamentos. 5. La Seguridad vial: Grandes líneas, estructura. Políticas inmediatas: Plan de seguridad vial. Instrumentos. 6. La política penitenciaria en España: Líneas generales. Su organización y objetivos. 7. Protección civil y emergencias: Papel del ministerio del interior y relaciones. Acciones básicas. 8. Política interior I: Derecho de asilo y condición de refugiado. 9. Política interior II: Procesos electorales. Líneas básicas y organización. 10. El apoyo a las víctimas del terrorismo, desde el Ministerio del Interior.

Bloque II. Información y comunicación institucional

11. Los gabinetes de comunicación de las instituciones públicas. Objetivos, funciones y métodos utilizados.

12. La comunicación externa en el Ministerio del Interior: Su organización, recursos básicos, relaciones con unidades. 13. Identidad corporativa y márketing público. Recursos más habituales: campañas, libros de estilo, logotipos y su funcionalidad. 14. El asesoramiento de la imagen pública: pautas y aspectos generales. Especial referencia a la relación con los medios de comunicación. 15. Las relaciones públicas. El patrocinio o esponsorización como estrategia de comunicación. El mecenazgo. 16. Los destinatarios de la comunicación social. Audiencias, público y masa. Procesos selectivos de la audiencia, tamices, reintrerpretación. 17. La medición de las audiencias: Estudios más importantes en España: EGM, EGA, SOFRES, OJD. 18. La opinión pública. Definición, procesos básicos de formación. La medida de la opinión pública. 19. Encuestas y sondeos: Su uso y reflejo en los medios de comunicación. Efectos más evidentes.

Bloque III. Teoría y organización de la información 20. Derecho de la información. Implicaciones jurídicas del hecho. Derechos de réplica y rectificación. Derecho a la información.

21. Información y derechos humanos. Derechos a la honra, a la intimidad y a la propia imagen. Principios y límites. Regulación legal. 22. Ética profesional informativa: Los principios básicos. Deontología profesional. Condicionantes de la Ley de Protección de Datos. 23. Teoría de la información. Elementos, procesos y estructuras. Métodos de investigación en la información. 24. La publicidad. Técnicas de difusión publicitaria. Soportes instrumentales. 25. La Sociedad de la información. Globalización de la información. Internet y la globalización de la comunicación. 26. La fuente de la comunicación. Los profesionales; Las organizaciones comunicativas, las grandes empresas mundiales y nacionales. La tendencia a la internacionalización y la concentración. 27. La dinámica informativa: Creación, elaboración y desarrollo del hecho informativo. 28. La organización y gestión de la empresa informativa. 29. Organización del trabajo de los periodistas en los medios. Servicios informativos. 30. Las agencias de noticias. Agencias internacionales. Agencias españolas de información general y especializada. Perspectivas. 31. Empresas de imagen y asesoría en materia de comunicación. Servicios que prestan. Implantación en España y en otros países.

Bloque IV. Medios de comunicación y recursos

32. Teoría y análisis del mensaje periodístico. Concepto. Análisis de los mensajes.

33. Géneros de periodismo escrito. Información, crónica, reportaje, entrevista, etc. 34. La prensa diaria. Orígenes y realidad actual. Características de la prensa diaria mundial y de la de España. Últimas innovaciones. difusión. Perspectivas. 35. El control en la difusión de la prensa en España. OJD en prensa escrita y otros parámetros para conocer la aceptación de los diferentes medios. 36. La radio. Evolución y momento actual de este medio en el mundo y en España. Sus contenidos informativos. Públicos y audiencias. Perspectivas. 37. El canal radiofónico: Naturaleza y características. 38. Comunicar los hechos: La Construcción de la noticia radiofónica. El criterio informativo en radio. 39 La televisión. Evolución y momento actual de este medio en el mundo y en España. Sus contenidos informativos. Públicos y audiencias perspectivas. 40 Tecnologías de la información. Evolución y situación actual en el sistema mundial. Funcionamiento y perspectivas de las autopistas de la información en España. 41 La digitalización en los medios de comuncación. Repercusión en radio, prensa y televisión. 42 Documentación informativa. Concepto. Funciones y organización de un centro de documentación. 43 Análisis y lenguajes documentales. Tecnologías punta y nuevos soportes en información y documentación. 44 Edición y producción: Materialización de la información en medios de comunicación. 45 Tipografía y diseño gráfico. Técnicas de materialización de la información en soportes de comunicación.

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