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Documento BOE-A-2008-3669

Orden DEF/474/2008, de 19 de febrero, que modifica la Orden DEF/423/2002, 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia de los Ejércitos, cuando se exija titulación previa.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2008, páginas 11708 a 11708 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2008-3669

TEXTO ORIGINAL

La publicación de la las Leyes 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, y 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, inciden de forma directa en los contenidos de los temas de los programas de acceso a los Cuerpos de Intendencia de los Ejércitos. Esta circunstancia hace imprescindible actualizar los programas de las materias que se exigen a los opositores para el acceso a la enseñanza militar de formación para la incorporación a los Cuerpos de Intendencia de los Ejércitos, especialmente el programa de Contabilidad General, que es necesario modificarlo en su totalidad, y el de Derecho Administrativo, en el que resulta obligatorio realizar los ajustes necesarios para su concordancia con la legislación en vigor. En su virtud y de acuerdo con las facultades conferidas en la disposición final primera del Real Decreto 1735/2000, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas, dispongo:

Apartado único. Modificación de la Orden DEF/423/2002, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia de los Ejércitos, cuando se exija titulación previa.

Se modifica el anexo de la Orden DEF/423/2002, de 19 de febrero, en el siguiente sentido:

Uno. Los temas 14, 15, 16, 17 y 18 del programa de Derecho Constitucional y Derecho Administrativo, del apéndice B, quedan redactados como sigue:

«Tema 14. Los contratos del sector público: objeto y finalidad. Ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público. Ámbito subjetivo. Negocios y contratos excluidos. Contratos sujetos a regularización armonizada: delimitación general.

Tema 15. Delimitación de los tipos contractuales. Regímenes legales aplicables a los contratos del sector Público: contratos administrativos y contratos privados. Jurisdicción competente. Tema 16. Objeto del contrato. Precio. Cálculo del valor estimado del contrato. Expediente de contratación: iniciación y contenido. Aprobación del expediente. Pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas. Tema 17. Contenido mínimo del contrato. Perfeccionamiento y lugar de celebración de los contratos. Órgano de contratación: quiénes son. Competencia para contratar. Responsable del contrato. Perfil del contratante. Capacidad y solvencia del empresario: normas generales y especiales. Tema 18. Efectos de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración Pública en los contratos administrativos. El pago del precio. Modificaciones de los contratos. Extinción de los contratos. Cesión de contratos y subcontratación.»

Dos. Se amplía el programa de Derecho Constitucional y Derecho Administrativo del apéndice B, con la inclusión de un nuevo tema con la siguiente redacción:

«Tema 27. Igualdad de género. Políticas y medidas para la igualdad de género. Normativa vigente en el ordenamiento nacional y comunitario. Plan de igualdad de género en la Administración general del Estado. Breve referencia a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.»

Tres. El programa de Contabilidad General del apéndice B, queda sustituido en su totalidad por el siguiente:

«Contabilidad General Tema 1. Marco conceptual de la contabilidad. La imagen fiel. Principios contables. Criterios de registro y valoración. Tema 2. Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta. Deterioro del valor de activos no corrientes. Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar. Tema 3. Inmovilizado material: valoración, amortización y baja. Normas particulares sobre inmovilizado material. Inversiones Inmobiliarias. Inmovilizado intangible. Amortización del inmovilizado. Tema 4. Instrumentos financieros: activos financieros. Categorías y valoraciones. Deterioro del valor y baja. La tesorería. Tema 5. Instrumentos financieros: pasivos financieros e instrumentos de patrimonio propio. Pasivos financieros: Categorías y valoraciones. Instrumentos de patrimonio propio. Deterioro del valor y baja. Casos particulares. Coberturas contables. Tema 6. Existencias. Tipos. Valoraciones. Deterioro del valor de las existencias. Variaciones de existencias. Tema 7. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y otros Impuestos Indirectos. Contabilización de las relaciones con la Seguridad Social y con la Hacienda Pública (Agencia Estatal de Administración Tributaria). Tema 8. Impuesto sobre el beneficio. Impuesto corriente y diferido. Ajustes positivos y negativos. Tema 9. Compras y gastos: compras, servicios exteriores, gastos de personal, gastos de gestión, gastos financieros y pérdidas diversas. Tema 10. Ventas e ingresos. Ingresos por ventas y prestación de servicios. Trabajos realizados para la empresa. Subvenciones, donaciones y legados recibidos. Otros ingresos de gestión. Ingresos financieros. Beneficios excepcionales y excesos de provisión. Tema 11. Gastos imputados al patrimonio neto: Financieros por valoración de activos y pasivos; en operaciones de cobertura; gastos por diferencia de conversión; transferencias de subvenciones, donaciones y legados; por pérdidas actuariales y ajustes en los activos por retribuciones a largo plazo de prestación definida; por activos no corrientes en venta; y de participaciones en empresas del grupo o asociadas con ajuste valorativos positivos previos. Tema 12. Ingresos imputados al patrimonio neto: Financieros por valoración de activos y pasivos; en operaciones de cobertura; gastos por diferencia de conversión; de subvenciones, donaciones y legados; por ganancias actuariales y ajustes en los activos por retribuciones a largo plazo de prestación definida; por activos no corrientes en venta, y de participaciones en empresas del grupo o asociadas con ajuste valorativos negativos previos. Tema 13. Cuentas anuales I: Requisitos y elementos. Normas de elaboración de las cuentas anuales. Balance. Cuenta de pérdidas y ganancias. Tema 14. Cuentas anuales II: Estado de cambios en el patrimonio y Estado de flujo de efectivos. La Memoria.»

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas aquellas disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en la presente orden.

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

Se autoriza al Subsecretario de Defensa a modificar los apéndices A y B del anexo de la Orden DEF/423/2002, de 19 de febrero.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de febrero de 2008.-El Ministro de Defensa, José Antonio Alonso Suárez.

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