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Documento BOE-A-2008-4168

Orden CUL/561/2008, de 13 de febrero, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, por el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 4 de marzo de 2008, páginas 13118 a 13122 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2008-4168

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de fecha 27 de marzo de 1991 («BOE» de 1 de abril), sobre aplicación de lo establecido en el artículo 15 (modificado por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre), y disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (en la redacción dada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y posteriormente por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre), y con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1991, por el que se establece un turno denominado «Plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas», Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 284, de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir tres plazas del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, Código 0305, por el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, que corresponden a puestos desempeñados por personal laboral fijo que han sido clasificados como reservados a funcionarios, y con destino en el Ministerio de Defensa.

1.2 Los aspirantes que superen las pruebas selectivas quedarán destinados en los puestos de trabajo de personal funcionario en que sus puestos se hayan reconvertido y deberán permanecer en los mismos durante un plazo mínimo de dos años, siéndoles de aplicación lo dispuesto en el artículo 20.1.f) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Los aspirantes que superen el proceso selectivo desde la situación de personal laboral en excedencia voluntaria concedida con posterioridad al 30 de julio de 1988 se mantendrán en la situación de excedencia voluntaria como funcionarios públicos. 1.3 Las plazas convocadas y no cubiertas no podrán ser acumuladas a otros turnos de acceso. 1.4 A las presentes pruebas les serán aplicables la referida Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el artículo 37 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991; el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991 («BOE» de 1 de abril), y lo dispuesto en la presente convocatoria.

2. Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

2.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará transcurridos cuatro meses, al menos, desde la fecha de publicación de la presente convocatoria. 2.3 La duración máxima de la fase de oposición será de seis meses, contados desde la fecha de realización del primer ejercicio.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Requisitos de los candidatos

4.1 Además de los señalados en las bases comunes, para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 4.2 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero, Licenciado, Arquitecto o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

4.3 Tener la condición de personal laboral fijo y ser titular, el 30 de julio 1988, de un puesto de trabajo clasificado por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR), como reservado a funcionario y adscrito al Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. También podrá tomar parte en estas pruebas el personal laboral fijo que se encontrase, en la fecha citada, en los supuestos de excedencia o suspensión, en ambos casos, con reserva de puesto o plaza previstos en el párrafo anterior. No podrán participar en las presentes pruebas selectivas las personas que hayan accedido a un Cuerpo o Escala de funcionarios mediante la superación de un proceso de funcionarización. 4.4 Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.060.es

5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana, 109, 28071 Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, y se dirigirán a la Subsecretaria del Ministerio de Defensa. 5.3 A la solicitud se acompañará la documentación siguiente:

a) Copia compulsada del contrato laboral suscrito con la Administración o certificación acreditativa de la relación laboral, expedida por la Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa.

b) Certificación expedida por la misma Subdirección General, en la que se acredite que el puesto del que el aspirante era titular a 30 de julio de 1988, o aquel en que haya ingresado con posterioridad a esa fecha en virtud de pruebas selectivas convocadas con anterioridad a la misma, ha sido clasificado por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones como reservado a funcionario y adscrito al Cuerpo objeto de esta convocatoria, así como la acreditación de que el aspirante no ha adquirido la condición de funcionario en un proceso de funcionarización. c) Certificación expedida por la misma Subdirección General (según modelo del Anexo V) en la que se acrediten los extremos recogidos en el punto 2 del Anexo I de la presente convocatoria, a efectos de puntuación en la fase de concurso.

5.4 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

5.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Defensa, Subdirección General de Personal Civil, calle Juan Ignacio Luca de Tena, 30, Madrid. Teléfonos: 91 205 42 27 y 91 205 41 90 6.4 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta, en representación o por cuenta de nadie.

7. Desarrollo del proceso selectivo

7.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente, por el primero de la letra X, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 21 de enero de 2008 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de febrero).

7.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web http://www.mde.es/procesosselectivos/personalfuncionario/funcionarización

8. Listado de aspirantes que han superado la fase de oposición. Fase de concurso

8.1 Concluida la fase de oposición, el Tribunal hará publicas en el lugar o lugares de celebración de los ejercicios y en aquellos otros que considere oportunos, el listado de aspirantes que la han superado, con indicación de la puntuación obtenida.

8.2 Simultáneamente, y en los mismos lugares, el Tribunal publicará la relación que contenga la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes respecto a la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

9. Superación del proceso selectivo

9.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, en el lugar donde se haya celebrado la última prueba, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.3 y en aquellos otros que estime oportuno.

9.2 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes aprobados de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación oficial, para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, a saber:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 4.2 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del mismo.

b) Declaración jurada o promesa de que se posee la habilitación exigida en el apartado noveno punto 4 de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, en la que se establecen las bases comunes de la presente convocatoria.

9.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen dicha documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 4 de la presente convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin prejuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido.

10. Nombramiento de funcionarios de carrera

Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos mediante resolución de la Secretaría General para la Administración Pública que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» con indicación del destino adjudicado.

11. Norma final

11.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

11.2 Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de Cultura en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 13 de febrero de 2008.-El Ministro de Cultura, P. D. (Orden CUL/3693/2007, de 30 de noviembre), la Subsecretaria de Cultura, M.ª Dolores Carrión Martín.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición.-La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito en idioma castellano de dos temas, uno del grupo de materias comunes del programa, y otro del grupo de materias específicas del programa del Anexo II, que deberá ser escogido por el opositor de entre cuatro, dos del grupo de materias comunes y dos del grupo de materias específicas del programa, extraídos al azar por el Tribunal en presencia de los aspirantes.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de dos horas. El ejercicio deberá ser leído posteriormente por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición. Calificación: Se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

Segundo ejercicio:

Consistirá en la resolución de un supuesto práctico elegido por el opositor entre tres propuestos por el Tribunal, durante un período máximo de dos horas, relacionados con el grupo de materias específicas del programa del Anexo II a esta convocatoria. Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios, bien aportados por los candidatos o bien los existentes en el Centro donde se celebre el ejercicio.

En caso de que existan pruebas de catalogación de piezas, el Tribunal podrá decidir que dicha catalogación se realice sin consultar el material antes mencionado. El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto, quién podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de diez minutos. Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de dicha fase.

2. Fase de concurso.-En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se valorarán los servicios efectivos prestados en la condición de personal laboral fijo hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y el haber superado las pruebas selectivas para acceder a tal condición. La puntuación máxima de la fase de concurso será de 30 puntos.

La valoración de méritos será la siguiente:

2.1 Antigüedad: Se otorgará a cada aspirante 1 punto por cada año completo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo, hasta un máximo de 15 puntos.

2.2 Pruebas selectivas superadas: Por haber superado las correspondientes pruebas selectivas para adquirir la condición de personal laboral fijo: 15 puntos.

3. Calificación final.-La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio, o en el segundo, por este orden.

La puntuación obtenida en la fase de concurso no podrá aplicarse para superar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio. No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

ANEXO II

Programa

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. 2. La Corona: Atribuciones y competencias. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. 3. El Gobierno: Formación, composición, funciones y responsabilidad. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. 4. El Tribunal Constitucional: Organización, composición y atribuciones. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo. 5. El Poder Judicial. Regulación constitucional de la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial. 6. La Administración General del Estado: Órganos centrales. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales. Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales. Subdirectores Generales. Los servicios comunes de los Ministerios. 7. La Administración General del Estado: Órganos territoriales. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del Gobierno. Los Directores Insulares. Los Organismos Públicos. Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales. Las Agencias Estatales. 8. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Naturaleza y tipología. Organización política y administrativa. Los conflictos de competencias. 9. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del y Procedimiento Administrativo Común. Los derechos de los ciudadanos en la Ley 30/1992. El Procedimiento administrativo común: Concepto, naturaleza, caracteres y fases. 10. Principios, políticas y medidas de igualdad de género. Normativa vigente en el ordenamiento comunitario y en el nacional. Especial referencia al Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado. 11. Los Contratos Administrativos. Principios fundamentales. Tipos de contratos. Normativa reguladora. 12. Las propiedades administrativas. Dominio público: Concepto y régimen jurídico. Bienes Patrimoniales. Patrimonio Nacional. 13. Los Presupuestos del Estado. Características, estructura. El Presupuesto como instrumento de planificación. Procedimiento de elaboración de los presupuestos. Principales capítulos presupuestarios. Procedimiento de ejecución del presupuesto: Fases. 14. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Provisión de puestos de trabajo en la Administración General del Estado. El personal de los museos. 15. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta de los empleados públicos. 16. La legislación española sobre patrimonio histórico español: antecedentes. La Constitución y el reparto competencial en materia de patrimonio histórico. La legislación estatal y autonómica actual. 17. Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico. Su régimen jurídico. Regímenes especiales de protección. 18. Métodos operativos de protección del patrimonio histórico. La labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Infracciones y sanciones administrativas. Protección penal del patrimonio. 19. El tráfico de bienes culturales: Movilidad y traslado geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional; importación y exportación. Tráfico jurídico: Transacciones y cambio de propiedades de los bienes culturales. 20. Normativa estatal y autonómica en materia de museos. El Reglamento de Museos.

Materias específicas

1. Museología

1.1 El concepto de museo.

1.2 Museología. Definición y evolución. 1.3 Historia de los museos en España. 1.4 Plan museológico. Criterios para su elaboración 1.5 El museo y sus modelos de gestión. 1.6 La organización interna del museo. 1.7 El sistema de documentación en el museo. 1.8 La investigación en el museo. Planteamientos actuales. 1.9 Conservación preventiva y criterios para la restauración de bienes culturales. 1.10 Concepción y desarrollo de la exposición permanente. 1.11 Acción cultural y educativa en el museo. El público en el museo Sistemas de evaluación. 1.12 Los profesionales de museos: Evolución, situación actual y perfil de futuro. Código deontológico. 1.13 Recursos económicos en el museo. Financiación pública y privada.

2. Patrimonio Artístico y Científico-técnico

2.1 Corrientes teóricas en la historia del arte.

2.2 Iconografía en el arte medieval. 2.3 El Greco. 2.4 La escultura del siglo XVI en España. 2.5 El primer naturalismo en la pintura española del siglo XVII. Francisco Zurbarán. José de Ribera. 2.6 Velázquez. 2.7 Goya. 2.8 Romanticismo y realismo en la pintura española del siglo XIX. 2.9 El dibujo en España en el Siglo de Oro. 2.10 Dalí, Miró y el Surrealismo internacional. 2.11 Arte español del último tercio del siglo XX. 2.12 La fotografía en España. 2.13 La pintura en el Virreinato de la Nueva España.

3. Arqueología y Patrimonio Histórico Militar

3.1 Corrientes teóricas actuales en la arqueología.

3.2 Trabajo de campo en arqueología. 3.3 El Paleolítico Superior en el norte peninsular. Estado actual de la cuestión. 3.4 Arte rupestre en España. 3.5 La presencia fenicia y púnica en España. 3.6 La escultura ibérica. 3.7 La presencia griega en la Península Ibérica. 3.8 Arqueología de las ciudades hispano-romanas. 3.9 Aspectos esenciales de la iconografía clásica. 3.10 Orfebrería y bronces visigodos. 3.11 Motivos decorativos en el arte hispano musulmán. 3.12 Arqueología hispano judía. 3.13 Vexilología militar: Antecedentes y evolución de las banderas en España (1700-1978) 3.14 Evolución técnica de la artillería española hasta 1936: Iconografía de las bocas de fuego. 3.15 Evolución del uniforme de infantería: Desde Felipe V hasta nuestros días.

4. Patrimonio Etnográfico y Artes Decorativas

4.1 Corrientes teóricas actuales en Antropología Cultural. 4.2 Historia de los estudios de Etnología y folklore en España. 4.3 Antropología de la agricultura y de la ganadería. 4.4 El trabajo del hierro en España. 4.5 Indumentaria tradicional en España. 4.6 El cartel publicitario en el siglo XX en España. 4.7 El diseño de moda en España en el siglo XX. 4.8 El concepto de religiosidad popular y sus manifestaciones materiales. 4.9 Cerámica de Talavera, Puente del Arzobispo y Triana. 4.10 La Platería civil en España: Tipología y sistemas de marcaje. 4.11 Mobiliario español de los siglos XVI al XVIII. 4.12 El diseño en las primeras vanguardias. 4.13 Los esmaltes. Técnicas y usos en la época medieval.

ANEXO III Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Belén Castillo Iglesias, funcionaria del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Secretaria: Doña Mónica Ruiz Bremon, funcionaria del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. Vocales:

Don Óscar Fabra Rodríguez, Capitán del Cuerpo de Intendencia de la Armada.

Don Mauricio Rodrigo Madrigal, Alférez de Navío del Cuerpo de Ingenieros de la Armada. Don Fernando Mediano Mendo, funcionario de la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña Ana María Pernía Ramírez, funcionaria del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Secretaria: Doña M.ª Isabel Azcarate Luxan, funcionaria del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. Vocales:

Doña M.ª José Marcos González, Alférez de Navío del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.

Doña Diana Muro Fernández, Alférez del Cuerpo de Intendencia de la Armada. Don Ignacio José Fernández López, Capitán de Corbeta del Cuerpo de Especialista de la Armada.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «15», en referencia a «Plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas». En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Cultura». En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posea, de acuerdo con lo señalado en la base específica 4.2 de esta convocatoria. El importe de la tasa por derechos de examen será de 13,81 euros. Pago de la tasa de derechos de examen: El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-48-0201503641 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

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